Responsabilidad Civil: Concepto, Tipos y Requisitos Legales
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La Responsabilidad Civil
Concepto de Responsabilidad Civil
Deuda u obligación de reparar y satisfacer la sujeción de una persona que vulnera un deber y produce un daño, a la obligación de resarcir el daño producido.
Responsabilidad Contractual y Extracontractual
Diferencias entre ambas
La responsabilidad contractual tiene su fundamento en vulnerar un deber, que tiene su origen en un contrato. Se establece el deber de una persona de indemnizar los daños y perjuicios que cause a otra en el cumplimiento de sus obligaciones, siempre que concurra dolo, negligencia o morosidad.
La responsabilidad extracontractual supone la vulneración de un deber que tiene su origen y fundamento en la obligación que toda persona tiene de no lesionar los derechos e intereses de los demás.
Supuestos de concurso entre responsabilidad contractual y extracontractual
Se da cuando entre dos personas media una relación jurídica de carácter contractual, y el daño se produce por una de las partes a la otra por culpa o negligencia. Un ejemplo es el del médico que olvida su instrumental en el cuerpo del paciente. En principio, esta regla general quebraría cuando el sujeto infractor cometiera una conducta que pudiera tipificarse como delictiva.
Requisitos de la Responsabilidad
Para que exista responsabilidad son necesarios 4 requisitos:
- Comportamiento dañoso: acto humano que se puede producir tanto por acción como por omisión.
- Daño: El daño es la lesión o menoscabo de un bien o un derecho. Se deben incluir tanto los daños patrimoniales como los daños morales.
- Relación de causalidad: Se exige que entre el daño que se causa y la conducta del agente productor del daño exista una relación de causalidad.
- Culpa.
Responsabilidad Objetiva y Subjetiva
Diferencia
La diferencia entre ambos tipos es que la responsabilidad subjetiva está basada en la idea de culpabilidad y nace de la actuación negligente, mientras que la responsabilidad objetiva se impone a un sujeto la obligación de responder por haberse ocasionado un daño, prescindiendo totalmente de si el sujeto ha actuado o no de forma negligente.
Supuestos de aplicación de responsabilidad objetiva
- En materia de tráfico se establece la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro de Circulación de Vehículos a Motor.
- La Ley de Navegación Aérea.
- Los riesgos nucleares.
- La Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y la Ley de Caza.
Fundamentos de la responsabilidad objetiva
Podríamos destacar:
- La dificultad de investigar la culpabilidad.
- La necesidad de la economía moderna de dar respuestas seguras e inmediatas.
- Que quien pone en funcionamiento un riesgo potencial debe soportar las consecuencias dañosas de su funcionamiento.
Responsabilidad Directa e Indirecta
Responsabilidad Directa
Es aquella que puede exigirse de forma principal a una persona, ya sea esa persona la causante del daño, o ya por existir una norma legal que habilite a una persona a exigir responsabilidad de otra con independencia de que la misma no haya causado el daño. Dentro de la responsabilidad directa, se distingue entre la responsabilidad por actos propios y la responsabilidad por hechos ajenos.
Responsabilidad Subsidiaria
Existe responsabilidad subsidiaria cuando una persona distinta del obligado a responder principalmente deba asumir la responsabilidad en defecto del obligado principal. Será necesario que entre el infractor y el responsable civil subsidiario exista un vínculo, relación jurídica o de hecho.
Responsabilidad Solidaria y Mancomunada
Los conceptos de solidaridad y mancomunidad se aplican en el ámbito del derecho de obligaciones a aquellos supuestos en que concurren una pluralidad de sujetos en la relación obligatoria, ya sean sujetos activos o pasivos, y se refieren a la forma de organización de esa pluralidad de sujetos con respecto al crédito o la deuda existente. En el ámbito de la responsabilidad civil, se refieren a aquellos casos en que resultan responsables de un hecho dañoso varias personas.