Requisitos y tipos de contratos en Derecho

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Requisitos contrato

Consentimiento: es la que manifiestan las partes en querer concursar en la oferta y en la aceptación sobre la cosa y la causa. Existe desde que el oferente conoce la aceptación de la otra parte. No hay voluntad cuando existe error, violencia, intimidación o dolo. No se puede cuando son menores de edad o tienen su capacidad modificada;

Objeto

es el contenido del contrato, debe ser una cosa concreta e identificable, no podrán ser objeto de contrato las cosas o servicios imposibles;

Causa

es la finalidad última del contrato, para cada parte es la prestación de una cosa o servicio por la otra parte y el beneficio o servicio que se remunera.

Diferencia compraventa y suministros

Compraventa: el precio está determinado y es de ejecución instantánea. Suministros: El precio puede variar en función de la cantidad suministrada y el contrato es duradero. Los dos: La finalización del contrato se puede resolver anticipadamente mediante el preaviso correspondiente cuando este sea indefinido.

Leasing y renting

El leasing es un contrato por el cual una empresa cede a otra el uso de un bien comprado por el arrendador siguiendo sus normas durante un tiempo determinado y a cambio del pago de unas cuotas, teniendo la posibilidad de una opción de compra al terminar el contrato. El renting: es el contrato de arrendamiento operativo de bienes muebles no fungibles, por el cual el arrendador, aparte de cederle el uso, le ofrece la opción de sustituirlo y ampliarlo.

Contratos de seguro

Asegurador: Es la entidad que se obliga a indemnizar económicamente a la persona física o jurídica. Tomador del seguro: es la persona física o jurídica que contará con el asegurador el correspondiente seguro. Asegurado: Es la persona que es titular del interés cubierto por el seguro y que está expuesta al riesgo que motiva el contrato. Riesgo: Es la posibilidad de que ocurra el evento causante de los perjuicios que quiere cubrir el tomador del seguro. Prima: Es la cantidad que satisface el tomador del seguro y su importe viene determinado con arreglo a tarifas oficialmente aprobadas. Duración: no puede ser superior a 10 años, pero puede prorrogarse una o más veces por un periodo no superior a un año.

El Factoring

Es un contrato por el cual una empresa cede sus créditos comerciales a una empresa de factoring para que esta realice una serie de servicios como la gestión de cobros. Hay dos tipos:Sin recurso: la entidad de factoring asume el riesgo de insolvencia del deudor. Con recurso: implica que el cedente responde de la solvencia del deudor.

El Confirming

Es un servicio por la que una entidad financiera gestiona los pagos que una empresa tiene con sus proveedores dando la opción de adelantar los cobros. Tipos: Con o sin recurso: Con es que la empresa del confirming no asume la insolvencia del deudor y sin implica que el gestor asume la falta de tesorería del deudor. Con o sin anticipo: el proveedor puede o no anticipar la fecha del cobro, con un coste financiero. Internacional: para las operaciones con facturación de otros países. Financiación: permite retrasar el pago de las facturas al deudor.

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