Requisitos de la presunción

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Con relación a terceros

-Para ser oponible a terceros inscribirse en RRPP. Inscrito el pacto se podrá hacer valer contra cualquier tercero subadquirente o acreedor con garantía real.

Retroventa de la totalidad del bien indiviso:


cuando propietarios de un b. Indiviso hubieran enajenado la totalidad del bien o existan herederos de estos, debe ejercer conjuntamente el derecho de retroventa.

retroventa de cuotas en la propiedad: cuando uno copropietario reservado el pacto, este puede ejercerlo únicamente respecto a su cuota ideal.


PACTOS PROHIBIDOS EN LA CV

-Pacto de mejor comprador:
C se resuelve si es que hubiera mejor comprador q pague + x el bien.

-Pacto de preferencia: comprador tiene obligación de ofrecerlo previamente al vendedor cuando decida transferirlo.


RETRACTO

Es el derecho que la ley otorga a determinadas personas a subrogarse o sustituir al comprador, debiendo reembolsar el precio y los gastos e intereses asociados al mismo.

1.Carácterísticas

- Es otorgado x ley no se crea x convenio.

-Solo gozan determinadas personas, no se aplica extensivamente.

-Retrayente de subrogarse al comprador en todas las estipulaciones de cv.

-Retrayente debe reembolsar al comprador precio, tributos, gastos e intereses pactados.

-Improcedente en ventas hechas por remate público.

-Es un derecho personal.

-Es un derecho irrenunciable e intransmisible inter vivos.

2. Titulares de retracto

- Copropietarios

- Litigante en caso el contrario proceda a vender el bien a un tercero.

- Propietario de la venta de usufructo o viceversa

-Propietario y superficiario en la venta de sus derechos, para consolidar la propiedad.

-Los propietarios de predios urbanos divididos materialmente en partes.

-Propietario de predio rústico colindante cuando NO exceda la unidad agrícola o ganadera mínima. Para evitar la parcelación.

*Plazo 30 días a partir de comunicación de fecha cierta o publicación en el diario oficial.

*Si fue inscrita en RRPP, la presunción de conocimiento del art. 2012 aplica transcurrido un año. Derecho ejercido judicialmente.

*Concurrencia de retrayentes: aplica orden de preferencia señalado anteriormente.

*Bien enajenado sucesivamente, el retracto opera respecto de la primera venta, quedando sin efecto las posteriores.


C DE ARRENDAMIENTO

Aquel por el cual el arrendador se obliga a ceder temporalmente al arrendatario el uso de un bien x cierta renta convenida. Carácter obligacional, que es ceder el bien al arrendatario y la obligación de éste de pagar renta convenida. Arrendatario adquiere uso sobre el bien por un tiempo determinado y con obligación de pagar renta q puede ser en dinero u otro bien.

1.Carácterísticas

- Es consensual: se perfecciona con consentimiento de las partes, NO requiere entrega.

-C. Con libertad de forma: partes pueden usar formaa que juzguen conveniente.

-C. De prestaciones recíprocas.

-C. Oneroso: implica ventajas y sacrificios para ambas partes.

-C. Conmutativo: desde el principio las partes saben cuales son las prestaciones a su cargo.

-C. De duración o tracto sucesivo.- se ejecuta en el tiempo. Sujeto a plazo determinado o indeterminado.

- C. Con efectos obligacionales: se perfecciona con el consentimiento o acuerdo del cual surgen las obligaciones a cargo de las partes.

2. Diferencias con otras figuras




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