Requisitos de la presunción

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DEMOCRACIA


Concepto


La democracia es una forma de organización social que atribuye la titularidad del poder al conjunto de la ciudadanía. En sentido estricto, la democracia es una forma de organización del Estado en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que confieren legitimidada sus representantes. En sentido amplio, democracia es una forma de convivencia social en la que los miembros son libres e iguales y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismos contractuales.


Tipos:


Democracia directa: Es el sistema más sencillo de la democracia en donde el poder es ejercido por los ciudadanos directamente, ya que suele establecerse en lugares donde la población no es mucha y se pueden realizar la toma de decisiones directamente por los ciudadanos o en su caso por delegados para que estas decisiones se agilicen.

Democracia representativa:La democracia representativa o indirecta, es el sistema democrático más difundido actualmente, en él, el pueblo que es el soberano ejerce su soberanía por medio de funcionarios a quienes elige mediante elecciones, designando a los candidatos que, bien pueden ser apoyados por un partido político (lo más usual), o ser independientes.

Democracia mixta:La democracia mixta o semi-directa es básicamente una combinación de los dos tipos anteriores (democracia directa y democracia representativa), si bien la mayor parte de las funciones gubernativas son delegadas a los funcionarios electos (congresistas, presidente, etc.), existen varios mecanismos con los que la población soberana tiene capacidad de participar en la administración del gobierno.

Características:


1. Una constitución que limita los diversos poderes y controla el funcionamiento formal del gobierno, y constituye de esta manera un Estado de derecho. 
2. División de poderes. 
3. El derecho a votar y ser votado en las elecciones para una amplia mayoría de la población (sufragio universal). 
4. Protección del derecho de propiedad y existencia de importantes grupos privados de poder en la actividad económica. 
5. Existencia de varios partidos políticos (no es de partido único). 
6. Libertad de expresión. 
7. Libertad de prensa, así como acceso a fuentes de información alternativa a las propias del gobierno que garanticen el derecho a la información de los ciudadanos. 
8. Libertad de asociación. 
9. Vigencia de los derechos humanos, que incluya un marco institucional de protección a las minorías.

Uruguay:


 El sistema de gobierno del Urugauy consiste en una democracia mixta o semi-representativa, en la cual, predominando el carácter representativo del gobierno, se mantienen ciertas formas de gobierno directo por parte del pueblo (referéndumsplebiscitos).


Referéndum: El referéndum o referendo es un procedimiento jurídico por el que se someten al voto popular leyes o actos administrativos para su ratificación. Se trata de un procedimiento para tomar decisiones por el cual los ciudadanos ejercen el derecho de sufragio para decidir acerca de una decisión de resolución mediante la expresión de su acuerdo o desacuerdo. Para llegar al acuerdo tiene que haber la mayoría absoluta entre los votos.

Plebiscito:


es cuando se hace una consulta al pueblo referente a un articulo de la constitución.


PODER EJECUTIVO


El Poder Ejecutivo es el encargado de la función administrativa del Estado. Está integrado por el Presidente de la República y los Ministros de Estado.

Formas de actuación del poder:


En Acuerdo


Participan el Presidente de la República con uno o varios Ministros (el Presidente y el o los Ministros acuerdan y firman lo resuelto).

En Consejo de Ministros


Integrado y presidido por el Presidente de la República y todos los Ministros de Estado.

Integración:


Presidente de la República


Es electo directamente por el Cuerpo Electoral, conjuntamente con el Vicepresidente de la República (que integra el Poder Legislativo y en caso de ausencia temporal o definitiva, suple al Presidente de la República), en las Elecciones Nacionales. Dura 5 años en el cargo y no puede ser reelecto en forma consecutiva, debe mediar un período de gobierno.
Requisitos: ciudadanía natural en ejercicio y 35 años de edad cumplidos.


Ministros


Son designados por el Presidente de la República (quien puede solicitar el apoyo parlamentario).

Requisitos: ciudadanía natural en ejercicio o legal con siete años de ejercicio y en ambos casos 30 años de edad cumplidos.

Principales funciones


•Conservación del orden y seguridad interior.
•Tomar Medidas Prontas de Seguridad.
•Seguridad exterior.
•Publicar, mandar a cumplir y reglamentar las leyes.
•Vetar las leyes que le propone el Poder Legislativo.
•Proponer leyes de urgente consideración.
•Destituir los empleados públicos por omisión, ineptitud o delito.
•Recaudar las rentas.
•Preparar y presentar a la Asamblea General los presupuestos y la rendición de cuentas de cada año.

PODER LEGISLATIVO


Integración: Cámara de Senadores, Cámara de Diputados, Asamblea General y Comisión permanente.

Cámara de Senadores:


30 miembros elegidos por el pueblo en una sola circunscripción territorial, por el sistema de representacional proporcional integral. La preside el Vicepresidente de la República (con voz y voto), quien además ejerce la presidencia de la Asamblea General.
Requisitos para ser Senador: Ciudadanía natural en ejercicio o legal con 7 años de ejercicio y en ambos casos 30 años de edad cumplidos. Durán 5 años en sus funciones.

Cámara de Diputados


99 miembros elegidos por el pueblo, en circunscripciones departamentales por el sistema de representacional proporcional. La preside un representante elegido anualmente por la propia cámara. Corresponderán a cada departamento por lo menos dos representantes (La Corte Electoral determinará cuantos representantes habrá de elegir cada departamento).Requisitos para ser Representante:

Ciudadanía natural en ejercicio o legal con 5 años de ejercicio y en ambos casos 25 años de edad cumplidos




Durán 5 años en sus funciones, pudiendo ser reelectos indefinidamente

Asamblea General


Se integra por los miembros de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Representantes, es decir con 130 miembros, siendo presidida por el Vicepresidente de la República. El art. 84 de la Constitución prescribe que la Asamblea General “se compondrá de dos Cámaras: una de Representantes y otra de Senadores, las que actuarán separadas o conjuntamente, según las distintas disposiciones de la presente Constitución”


Comisión permanente


: Es el órgano del Poder Legislativo que actúa durante el receso de la Asamblea General, es decir ordinariamente entre el 15 de Diciembre y el 1º de Marzo siguiente, con excepción del año de las elecciones nacionales en que el receso parlamentario se extiende desde el 15 de setiembre hasta el 15 de Febrero siguiente. Se integra por 11 miembros: 4 Senadores y 7 Representantes Nacionales, que son elegidos por el sistema de proporcional por sus respectivas Cámaras. La designación debe realizarse anualmente por cada una de las Cámaras, dentro de los quince días de constitución de la asamblea General o de la iniciación de cada período ordinario de sesiones de la legislatura. Simultáneamente debe ser elegido un suplente por cada miembro titular de la Comisión Permanente.

Será Presidente de la Comisión Permanente un Senador de la mayoría

Funciones del poder legislativo:


  1. Legislativas:


    El procedimiento de formación de las leyes.

    La Constitución de la República establece un procedimiento aplicable a todas las leyes que sanciona el Parlamento

  2. De Control:


  3. Administración y de designación:


  4. Electorales:


  5. Jurisdiccionales:


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