República Romana: Magistraturas Menores y Extraordinarias

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REPÚBLICA PARTE 2

Ediles:

Magistrados sin imperium (cum potestas), ordinaria, permanente y menor.

Tipos: Curul: elegidos en comicios o edil plebis, elegidos en la asamblea de la Plebe (Concilia). Éste custodiaba templos de la Plebe.

Funciones:

  • Cura urbis: vigilancia, cuidado y policía de la ciudad.
  • Cura annonae: Abastecimiento de mercados y control de precios.
  • Cura ludorum: Organización de festejo y juegos públicos.
  • Coercitio: imponer multas y decretar embargos.
  • Ius Edicendi: derecho a emanar edictos.

Cuestor

En un principio eran ayudantes a cónsules; 4, dos para cada cónsul.

Era una magistratura menor, ordinaria, permanente, cum potestas, no curul.

Funciones:

  • Jurisdicción criminal (q. parricidii)
  • Administración del erario (q. aerarii). Con llaves del erario, custodia de los documentos públicos…
  • Organizadores de la fuerza naval romana (q. passis)

Merecen especial mención los tribunos de la Plebe y el dictador.

El dictador:

Magistratura extraordinaria (en situación de crisis), imperium infinitum, nombrado no elegido, con duración, en principio, de seis meses. En la época final de la república se suceden varios (Sila, Pompeyo, César).

Ostentaban todos los poderes en todos los ámbitos.

Tribuno a la Plebe.

No es una magistratura pero desempeñó un papel indispensable dentro de la evolución social y constitucional del mundo romano.

Tenían campo libre de actividad, estaba protegido por una cualidad sacrosanta.

Funciones:

  • Derecho a convocar y presidir asambleas de la Plebe.
  • Derecho de veto (excepto sobre el dictador y el censor)
  • Derecho a acudir de oyente al senado.

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