Relación de los hechos probados relevantes para la resolución, translate

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Acumulación



1. Cuando la sentencia que vaya a dictarse en uno de los procesos cuya acumulación se pide, pueda producir en otro excepción de cosa juzgada

. 2

Cuando haya proceso pendiente sobre lo mismo que sea objeto del que se haya promovido después.

3

Cuando haya en los procesos, propuestos separadamente, identidad de personas, cosas y acciones.

4

Cuando los pleitos se siguen por separado, se puede dividir la continencia de la causa.

División de la continencia de la causa: 1

Cuando haya identidad de personas y cosas, aun cuando las acciones sean diversas

. 2

Cuando haya identidad de personas y acciones, aun cuando las cosas sean diversas.
3. Cuando haya identidad de acciones y cosas, aun cuando las personas sean diversas.
4. Cuando las acciones provengan de una misma causa, aunque sean diversas las personas y las cosas.
5. Cuando la especie sobre la que se litiga esté comprendida en el género que ha sido materia de otro proceso.

Partes en el proceso:

persona natural, jurídica, colectividades, naturaleza Efectosd de la citación:
1.
Requerir al citado a comparecer ante el juzgador para deducir excepciones.

2

Constituir al demandado como poseedor de mala fe e impedir que haga suyos los frutos de la cosa que se le demanda, según lo dispuesto en la ley.
3. Constituir al deudor en mora, según lo previsto en la ley.

4

Interrumpir la prescripción sentencia es la decisión del juzgador acerca del asunto sustancial del proceso.
auto interlocutorio es la providencia que resuelve cuestiones procesales auto de sustanciación es la providencia de trámite para la prosecución de la causa.

Contenido de la sentencia y autos 1

La mención de la o del juzgador que la pronuncie

. 2

La fecha y lugar de su emisión

. 3

La identifi cación de las partes

. 4

La enunciación resumida de los antecedentes de hecho.
5. La motivación de su decisión

. 6

La decisión adoptada con precisión de lo que se ordena.
7. La fi rma de la o del juzgador que la ha pronunciado

. Sentencia escrita: 1

La mención de la o del juzgador que la pronuncie

. 2

La fecha y lugar de su emisión

. 3

La identifi cación de las partes

. 4

La enunciación breve de los hechos y circunstancias objeto de la demanda y defensa de la o del demandado

. 5

La decisión sobre las excepciones presentadas


5. La decisión sobre las excepciones presentadas.
6. La relación de los hechos probados, relevantes para la resolución.

7

La motivación.
8. La decisión que se pronuncie sobre el fondo del asunto, determinando la cosa, cantidad o hecho al que se condena, si corresponde.

9

La procedencia o no del pago de indemnizaciones, intereses y costas. 

Títulos ejecutivos


1. Declaración de parte hecha con juramento ante una o un juzgador competente.
2. Copia y la compulsa auténticas de las escrituras públicas.
3. Documentos privados legalmente reconocidos o reconocidos por decisión judicial.
4. Letras de cambio.
5. Pagarés a la orden.
6. Testamentos.
7. Transacción extrajudicial.

8. Aciones del demandado ejec


1. Pagar o cumplir con la obligación.

2

Formular oposición acompañando la prueba conforme con lo previsto en este Código.

3

Rendir caución con el objeto de suspender la providencia preventiva dictada, lo cual podrá hacer en cualquier momento del proceso, hasta antes de la sentencia.

4

Reconvenir al actor con otro título ejecutivo Expciones ejecutivo:
1.
Título no ejecutivo.

2

Nulidad formal o falsedad del título.

3

Extinción total o parcial de la obligación exigida.

4

Existencia de auto de llamamiento a juicio por delito de usura o enriquecimiento privado no justifi cado, en el que la parte demandada del procedimiento ejecutivo fi gure como acusadora particular o denunciante del proceso penal y el actor del procedimiento ejecutivo sea el procesado. En caso de que el auto de llamamiento a juicio sea posterior a la contestación a la demanda, la o el demandado podrá adjuntarlo al proceso y solicitar su suspensión.

Proceso Monitorio:

50 salarios básicos

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