Relación de la economía con el derecho laboral
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Definición
La rama del derecho que se
Encarga de regular las relaciones que se establecen a raíz del trabajo humano
Se conoce como derecho laboral
. Se trata del conjunto de reglas
Jurídicas que garantizan el cumplimiento de las obligaciones de las partes que
Intervienen en una relación de trabajo.
Principios Generales del Derecho Laboral
Los principios generales del derecho laboral tienen, por lo
General, dos funciones fundamentales:
·
Fuente supletoria
: cuando la ley deja vacíos o lagunas, y no
Existe jurisprudencia, uso o costumbre aplicable, los principios de derecho del
Trabajo entran como suplemento.
·
Fuente interpretadora
: sirven también para interpretar la
Normativa vigente, cuando esta sea confusa o haya diversas interpretaciones
Posibles.
A continuación se señalán algunos principios básicos del derecho
Laboral:
Principio protector.
Principio
De irrenunciabilidad de derechos.
Principio
De continuidad laboral
Principio
De primacía de la realidad.
Principio
De razonabilidad
Principio
De buena fe
Constitución
Tratados
Internacionales
Leyes
Laborales.
Leyes orgánicas.
Leyes especiales
Leyes
Reglamentos
Normas.
Convenios
Colectivos.
El principio protector es el principio más
Importante del derecho laboral. Es el que lo diferencia del derecho civil. Parte
De una desigualdad, por lo que el derecho laboral trata de proteger a una de
Las partes del contrato de trabajo para equipararla con la otra, a diferencia
Del principio de igualdad jurídica del derecho privado.
El principio protector contiene
Tres reglas:
·
Regla más favorable
:
Cuando existe concurrencia de normas, debe aplicarse aquella que es más
Favorable para el trabajador.
·
Regla de la condición más Beneficiosa
: una nueva norma no puede desmejorar las condiciones que ya
Tiene un trabajador.
·
Regla in dubio pro operario
:
Entre interpretaciones que puede tener una norma, se debe seleccionar la que
Más favorezca al trabajador.
El trabajador está
Imposibilitado de privarse, voluntariamente, de los derechos y garantías que le
Otorga la legislación laboral, aunque sea por beneficio propio. Lo que sea
Renunciado está viciado de nulidad absoluta. La autonomía de la
Voluntad no tiene ámbito de acción para los
Derechos irrenunciables. Esto evidencia que el principio
De la autonomía de la voluntad de derecho privado se ve
Severamente limitado en el derecho laboral.
Así, un trabajador no puede
Renunciar a su salario, o aceptar uno que sea menor al mínimo establecido por
El ordenamiento; si la jornada de trabajo diaria máxima es de 12 horas, un
Trabajador no puede pedirle a su empleador que le deje trabajar durante 18
Horas.
Le da la más larga duración
Posible al contrato de trabajo, por el hecho de ser esta la principal (o única)
Fuente de ingresos del trabajador.\
No importa la autonomía de la
Voluntad, sino la demostración de la realidad que
Reina sobre la relación entre trabajador y empleador. Así, ambos pueden
Contratar una cosa, pero si la realidad es otra, es esta última la que tiene
Efecto jurídico.
Tanto el trabajador como el
Empleador deben ejercer sus derechos y obligaciones de acuerdo a razonamientos
Lógicos de sentido común, sin incurrir en conductas abusivas del derecho de
Cada uno.
El principio de la buena fe es
Una presunción: se presume que las relaciones y conductas entre trabajadores y
Empleadores se efectúan de buena fe. Por el contrario, aquel que invoque la
Mala fe, debe demostrarla.
Fuentes del Derecho Laboral
Las
Fuentes del Derecho Laboral venezolano, son la Constitución,
Los tratados internacionales,
Las leyes laborales, la convencíón colectiva de trabajo o
El laudo
Arbitral, los usos y costumbres,
La jurisprudencia en
Materia laboral, la aplicación de la norma y la interpretación más
Favorable, entre otros
·Art. 87: Recoge el derecho al trabajo.
·Art. 88: Recoge la igualdad de género en el ejercicio
Del derecho de trabajo.
·Art. 89: Recoge la protección que brinda el Estado al trabajo,
Así como las condiciones materiales, morales e intelectuales de los
Trabajadores. Además promueve el modelo social de Derecho como modelo de las
Relaciones laborales.
Los Tratados Internacionales firmados por Estado Venezolano son
Fuente de derecho en Venezuela. En el ámbito laboral cabe destacar los acuerdos
De la Organización
Internacional del Trabajo, así como, en aplicación subsidiaria los
Derechos fundamentales recogidos en varias cartas de derechos como la Declaración
Universal de los Derechos Humanos.
·Síntesis de los Convenios Internacionales de Trabajo
Ratificados por Venezuela.
·Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las
Trabajadoras.
·Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
·Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social.
·Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de
Trabajo.
·Ley Especial para la Dignificación de Trabajadoras y
Trabajadores Residenciales.
·Ley Especial de Asociaciones Cooperativas.
·Ley del INCES.
·Ley del Seguro Social.
·Ley de Servicios Sociales.
·Ley de Alimentación para los Trabajadores y las
Trabajadoras.
·Ley del Régimen Prestacional de Empleo.
·Ley de Reforma de la Ley Sobre Condecoración “Orden al
Mérito en el Trabajo”.
·Reglamento Parcial de la Ley Orgánica del Trabajo, los
Trabajadores y las Trabajadoras.
·Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención,
Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.
·Reforma Parcial del Reglamento de las Condiciones de
Higiene y Seguridad en el Trabajo Decreto N° 1.564 (31/12/1.973), Decreto N°
1.290 (18/12/1.968).
·Reglamento de funcionamiento de las Juntas regionales y la
Junta nacional para la asignación del grado de discapacidad por accidentes de
Trabajo y enfermedades ocupacionales.
·Norma Técnica del Programa de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
·Norma Técnica para Declaración de Enfermedad Ocupacional.
·Norma Covenin 2249 - 93 / Iluminancias en tareas y áreas de
Trabajo.
·Norma Covenin 2254 - 95 / Calor y Frío. Límites máximos
Permisibles de exposición en lugares de trabajo. (1era revisión).
·Norma Covenin 2237 - 89 / Ropa, Equipos y Dispositivos de
Protección Personal.
Los convenios colectivos proceden de la negociación entre los
Empresarios o la patronal y los trabajadores o los sindicatos. Más exactamente
Derivan de la negociación colectiva entre los representantes de los trabajadores
Y los representantes de los empresarios. Puede haber convenios sectoriales,
Para un determinado ámbito laboral o convenios de empresa. En ellos se debe
Concretar ciertas disposiciones contenidas en las leyes de forma genérica, como
La duración de la jornada o el nivel retributivo. Los convenios deben ser
Respetados como si de leyes se tratase.