Relación de la economía con el derecho laboral

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Definición


La rama del derecho que se Encarga de regular las relaciones que se establecen a raíz del trabajo humano Se conoce como derecho laboral
. Se trata del conjunto de reglas Jurídicas que garantizan el cumplimiento de las obligaciones de las partes que Intervienen en una relación de trabajo.

Principios Generales del Derecho Laboral



Los principios generales del derecho laboral tienen, por lo General, dos funciones fundamentales:
·

Fuente supletoria

: cuando la ley deja vacíos o lagunas, y no Existe jurisprudencia, uso o costumbre aplicable, los principios de derecho del Trabajo entran como suplemento.

·

Fuente interpretadora

: sirven también para interpretar la Normativa vigente, cuando esta sea confusa o haya diversas interpretaciones Posibles.
A continuación se señalán algunos principios básicos del derecho Laboral:
Principio protector.
Principio De irrenunciabilidad de derechos.



Principio De continuidad laboral
Principio De primacía de la realidad.
Principio De razonabilidad
Principio De buena fe
   Constitución


Tratados Internacionales
Leyes Laborales.
Leyes orgánicas.
Leyes especiales
Leyes
Reglamentos
Normas.
Convenios Colectivos.
   El principio protector es el principio más Importante del derecho laboral. Es el que lo diferencia del derecho civil. Parte De una desigualdad, por lo que el derecho laboral trata de proteger a una de Las partes del contrato de trabajo para equipararla con la otra, a diferencia Del principio de igualdad jurídica del derecho privado.
El principio protector contiene Tres reglas:
·

Regla más favorable

: Cuando existe concurrencia de normas, debe aplicarse aquella que es más Favorable para el trabajador.

·

Regla de la condición más Beneficiosa

: una nueva norma no puede desmejorar las condiciones que ya Tiene un trabajador.
·

Regla in dubio pro operario

: Entre interpretaciones que puede tener una norma, se debe seleccionar la que Más favorezca al trabajador.
El trabajador está Imposibilitado de privarse, voluntariamente, de los derechos y garantías que le Otorga la legislación laboral, aunque sea por beneficio propio. Lo que sea Renunciado está viciado de nulidad absoluta. La autonomía de la Voluntad no tiene ámbito de acción para los Derechos irrenunciables. Esto evidencia que el principio De la autonomía de la voluntad de derecho privado se ve Severamente limitado en el derecho laboral.
Así, un trabajador no puede Renunciar a su salario, o aceptar uno que sea menor al mínimo establecido por El ordenamiento; si la jornada de trabajo diaria máxima es de 12 horas, un Trabajador no puede pedirle a su empleador que le deje trabajar durante 18 Horas.


Le da la más larga duración Posible al contrato de trabajo, por el hecho de ser esta la principal (o única) Fuente de ingresos del trabajador.\
No importa la autonomía de la Voluntad, sino la demostración de la realidad que Reina sobre la relación entre trabajador y empleador. Así, ambos pueden Contratar una cosa, pero si la realidad es otra, es esta última la que tiene Efecto jurídico.
Tanto el trabajador como el Empleador deben ejercer sus derechos y obligaciones de acuerdo a razonamientos Lógicos de sentido común, sin incurrir en conductas abusivas del derecho de Cada uno.
El principio de la buena fe es Una presunción: se presume que las relaciones y conductas entre trabajadores y Empleadores se efectúan de buena fe. Por el contrario, aquel que invoque la Mala fe, debe demostrarla.

Fuentes del Derecho Laboral



Las Fuentes del Derecho Laboral venezolano, son la Constitución, Los tratados internacionales, Las leyes laborales, la convencíón colectiva de trabajo o El laudo Arbitral, los usos y costumbres, La jurisprudencia en Materia laboral, la aplicación de la norma y la interpretación más Favorable, entre otros


·Art. 87: Recoge el derecho al trabajo.
·Art. 88: Recoge la igualdad de género en el ejercicio Del derecho de trabajo.
·Art. 89: Recoge la protección que brinda el Estado al trabajo, Así como las condiciones materiales, morales e intelectuales de los Trabajadores. Además promueve el modelo social de Derecho como modelo de las Relaciones laborales.
Los Tratados Internacionales firmados por Estado Venezolano son Fuente de derecho en Venezuela. En el ámbito laboral cabe destacar los acuerdos De la Organización Internacional del Trabajo, así como, en aplicación subsidiaria los Derechos fundamentales recogidos en varias cartas de derechos como la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
·Síntesis de los Convenios Internacionales de Trabajo Ratificados por Venezuela.
·Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.
·Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
·Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social.
·Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.
·Ley Especial para la Dignificación de Trabajadoras y Trabajadores Residenciales.
·Ley Especial de Asociaciones Cooperativas.
·Ley del INCES.
·Ley del Seguro Social.
·Ley de Servicios Sociales.
·Ley de Alimentación para los Trabajadores y las Trabajadoras.
·Ley del Régimen Prestacional de Empleo.
·Ley de Reforma de la Ley Sobre Condecoración “Orden al Mérito en el   Trabajo”.
·Reglamento Parcial de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.
·Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.
·Reforma Parcial del Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo Decreto N° 1.564 (31/12/1.973), Decreto N° 1.290 (18/12/1.968).
·Reglamento de funcionamiento de las Juntas regionales y la Junta nacional para la asignación del grado de discapacidad por accidentes de Trabajo y enfermedades ocupacionales.
·Norma Técnica del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.
·Norma Técnica para Declaración de Enfermedad Ocupacional.
·Norma Covenin 2249 - 93 / Iluminancias en tareas y áreas de Trabajo.
·Norma Covenin 2254 - 95 / Calor y Frío. Límites máximos Permisibles de exposición en lugares de trabajo. (1era revisión).
·Norma Covenin 2237 - 89 / Ropa, Equipos y Dispositivos de Protección Personal.
Los convenios colectivos proceden de la negociación entre los Empresarios o la patronal y los trabajadores o los sindicatos. Más exactamente Derivan de la negociación colectiva entre los representantes de los trabajadores Y los representantes de los empresarios. Puede haber convenios sectoriales, Para un determinado ámbito laboral o convenios de empresa. En ellos se debe Concretar ciertas disposiciones contenidas en las leyes de forma genérica, como La duración de la jornada o el nivel retributivo. Los convenios deben ser Respetados como si de leyes se tratase.

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