Regulación de Servicios de Comunicación Audiovisual: Licencias, Señales y Contenidos

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32) ¿Cuáles son los 3 principales activos de las industrias de la radio y televisión? Describa cada uno de ellos (señal, licencias y contenidos)

Los tres activos fundamentales que estructuran la industria son:

  • La señal: La emisión o señal es la difusión inalámbrica de imágenes y sonidos para su recepción por el público. Se trata de información técnica y esta señal posee una protección independiente del contenido incluido en ella.
  • El contenido: Es la información (visual, sonora o audiovisual) transmitida por la señal. Se refiere específicamente a la programación, la cual puede ser propia o adquirida mediante contratos de producción o coproducción. La importancia de los contenidos radica en que las licencias se otorgan en virtud de la programación que efectúan, y es sobre esa programación que la ley intenta ejercer su regulación.
  • Las licencias: Referidas a la radiodifusión o a los servicios de comunicación audiovisual, son los permisos legales necesarios para transmitir un contenido a través de una señal de manera legal.

33) ¿Cuál es el fundamento del sistema de licencias?

El fundamento del sistema de licencias está diseñado para cumplir con los siguientes objetivos:

  • Administrar el espacio público o espacio radioeléctrico a través del cual se emiten los contenidos mediante las señales.
  • Controlar la cantidad de operadores en el mercado.
  • Ejercer cierto control sobre los contenidos que se desean difundir.
  • Brindar seguridad jurídica respecto de la titularidad y vigencia de las licencias, otorgando la correspondiente protección legal y estableciendo sanciones para las emisiones clandestinas.

34) ¿Quiénes pueden ser titulares de licencias y autorizaciones de servicios de comunicación audiovisual?

Según el Art. 2 de la LSCA (Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual), los sujetos habilitados son:

  • Prestadores de gestión estatal.
  • Prestadores de gestión privada, tanto con fines de lucro como sin fines de lucro.

35) Plazo de licencias y autorizaciones de servicios de comunicación audiovisual. Considerar reforma Decreto 267 para prórrogas

Duración de la licencia (Artículo 39)

Las licencias se otorgarán por un período de diez años, contados a partir de la resolución de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual que autoriza el inicio de las emisiones regulares.

Autorizaciones (Artículo 40)

En el caso de las autorizaciones para operar servicios de comunicación audiovisual a favor de personas del derecho público (estatal o no estatal), estas son otorgadas por tiempo indeterminado.

Prórrogas

Bajo el régimen anterior a 2015, se establecían condiciones específicas que fueron posteriormente modificadas por el Decreto 267 para flexibilizar y extender los plazos de vigencia de las licencias vigentes.

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