Régimenes especiales de la Seguridad Social en España: RETA, prestaciones y obligaciones

Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 6,06 KB

Régimenes especiales: RETA y regímenes externos

Régimenes especiales. El RETA – regímenes especiales internos: trabajadores del mar, estudiantes (seguro escolar), minería del carbón y trabajadores autónomos (RETA). – Regímenes especiales externos = funcionarios civiles del Estado, fuerzas armadas y funcionarios de la Administración de Justicia.

Algunos colectivos incluidos en el RETA

Trabajadores mayores de 18 años que, de forma habitual, personal y directa, desarrollan una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo; cónyuge y familiares hasta el segundo grado inclusive por consanguinidad, afinidad y adopción que colaboren con el trabajador autónomo de forma personal, habitual y directa y no tengan la condición de asalariados.

Entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social

  • Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)

    Tiene encomendada la gestión y administración de las prestaciones económicas del sistema público de la Seguridad Social y el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria.

  • Instituto Social de la Marina (ISM)

    Gestiona, administra y reconoce el derecho a las prestaciones del Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores del mar.

  • Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO)

    Gestiona las pensiones de invalidez y jubilación en sus modalidades no contributivas, así como los servicios complementarios de las prestaciones del sistema de la Seguridad Social.

  • Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)

    Se trata de un servicio común que gestiona todos los recursos económicos de la Seguridad Social, así como su administración financiera.

  • Gerencia informática de la Seguridad Social

    Se trata de un servicio común que coordina y controla la actuación de los servicios de informática y proceso de datos de las distintas entidades gestoras.

Obligaciones con la Seguridad Social

Documentación relacionada con los empresarios = Inscripción en el sistema de la Seguridad Social: alta, baja y variación de datos de la cuenta de cotización.

Documentación relacionada con los trabajadores = Afiliación / número de la Seguridad Social: alta, baja o variación de datos del trabajador por cuenta ajena o asimilado.

Cotización a la Seguridad Social = TC-2 Relación nominal de trabajadores – TC-1 Boletín de cotización al RGSS.

Inscripción

Inscripción = Es el acto administrativo por el que la Tesorería General de la Seguridad Social asigna al empresario un número para su identificación y el control del cumplimiento de sus obligaciones en el respectivo régimen del sistema de la Seguridad Social.

¿Qué es la incapacidad temporal?

Situación en la que se encuentran los trabajadores que temporalmente no pueden trabajar porque han sufrido una ENP, ANL, EP o AT.

Requisitos de la incapacidad temporal

  • Trabajador dado de alta.
  • Si es por ENP: tener cotizados 180 días en los últimos 5 años.
  • Si es por ANL, EP o AT: no es necesario periodo mínimo de cotización.

Duración

365 días, prorrogables 180 días más; como máximo no más de 730 días.

Prestaciones relacionadas con el nacimiento de un hijo

¿Qué protege?

Maternidad y paternidad. La pérdida de ingresos derivados de la suspensión del contrato de trabajo por maternidad, adopción o acogimiento.

¿A quién protege?

  • Maternidad:
    • Si tiene menos de 21 años de edad no se exigirá período mínimo de cotización.
    • Si tiene entre 21 y 26 años de edad cumplidos, se exigirá un periodo mínimo de cotización.
    • Si es mayor de 26 años, el período mínimo de cotización exigido será de 180 días dentro de los 7 años anteriores.
  • Paternidad:
    • Estar afiliados, en alta o en situación asimilada al alta y haber cotizado 180 días en los últimos 7 años, o bien 365 días a lo largo de la vida laboral.
  • Riesgo durante el embarazo:
    • Estar afiliadas y en alta.
    • No se exige período previo de cotización al derivarse de causas profesionales.

¿Cómo es la prestación?

Maternidad: consiste en un subsidio económico del 100 % de la base reguladora.

Paternidad y riesgo por embarazo: subsidio económico del 100 % de la base reguladora.

¿Cuánto dura?

  • Parto: 16 semanas, ampliables; si el parto es múltiple, 2 semanas más por cada hijo.
  • Adopción y acogimiento: 16 semanas interrumpidas.
  • Paternidad: 13 días ininterrumpidos (20 en el caso de familia numerosa).
  • Riesgo por embarazo: el derecho al subsidio nace desde el mismo día en que se inicia la suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo.

Jubilación

¿Qué protege? La situación en que, por causa de la edad cronológica, el trabajador cesa de forma voluntaria total o parcialmente. Existen diversas y variadas situaciones: cese parcial de la actividad (jubilación parcial), cese a diferentes edades antes de los 65 años. A partir de 2013 la edad de jubilación irá aumentando hasta llegar a los 67 años.

Situación de desempleo

Definición: Trabajador que, pudiendo y queriendo trabajar y reuniendo determinadas exigencias legales, pierde su puesto de trabajo o ve reducida su jornada ordinaria de trabajo por causas ajenas a su voluntad.

¿A quién protege?

  • Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta.
  • Acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo así como suscribir un compromiso de actividad.
  • Haber cotizado al menos 365 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo.

Entradas relacionadas: