Régimen de Prestaciones de Salud en Chile: Afiliados, Beneficiarios y Financiamiento

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Régimen de Prestaciones de Salud en Chile

Afiliados (Según el Artículo 5 de la Ley 18.496)

  • Trabajadores dependientes públicos o privados, por turno, obra o jornada.
  • Independientes que coticen en cualquier régimen previsional.
  • Imponentes voluntarios.
  • Personas que gozan de subsidios por incapacidad o cesantía.

Beneficiarios

  • Afiliados del Artículo 5.
  • Causantes de asignación familiar de trabajadores dependientes, pensionados o beneficiarios de subsidios por incapacidad o cesantía.
  • Personas que cumplan con los requisitos y calidades para ser causantes de asignación familiar de trabajadores independientes o imponentes voluntarios.
  • Mujer embarazada: respecto al derecho a control de embarazo y puerperio hasta el sexto mes del nacimiento del hijo.
  • Niño: hasta los 6 años de edad respecto del derecho a la protección y control de la salud.
  • Indigentes o carentes de recursos que gocen de pensiones asistenciales.
  • Causantes de subsidio único familiar.

Obligaciones

  • Efectuar cotizaciones.
  • Proporcionar información fiel y oportuna para identificación y atención.
  • Copago: contribuir al financiamiento del sistema de salud y moderar eventual abuso del sistema.

Modalidades

  • Institucional.
  • Sistema de libre elección.

Institucional

Hospitales, consultorios, postas, actúan directamente y cobran tarifas en base a los tramos A, B, C y D.

  • Tramo A: Indigentes o carentes de recursos. Beneficiarios de pensiones asistenciales y causantes de subsidio único familiar (100% de cobertura).
  • Tramo B: Mayores de 18 y menores de 65 años, trabajadores cuyo ingreso sea inferior al mínimo mensual (100% de cobertura).
  • Tramo C: Ingreso inferior al mínimo multiplicado por 1,46 veces. Si tienen 3 o más causantes, se consideran del tramo "B" (75% de cobertura).
  • Tramo D: Ingreso superior al mínimo multiplicado por 1,46 veces. Si tienen 3 o más causantes, se consideran del tramo "C" (50% de cobertura).

Sistema de Libre Elección

En este sistema, el porcentaje de la prestación que cubrirá el estado no depende del ingreso del afiliado.

  • El afiliado elige libremente profesionales o instituciones.
  • Inscritos en el registro de FONASA según roles.
  • Según el rol se determina el valor de la prestación.
  • El Ministerio de Salud y Hacienda son los encargados de valorizar los roles.

Subsidios:

  • Consulta médica: hasta un 60% del arancel fijado en el grupo de más bajo valor.
  • Parto: 75%.
  • Todos los demás: hasta un 60%.

Prestaciones

  • Médicas (gratuitas o sustentadas con un copago).
  • Pecuniarias (subsidio por incapacidad temporal total o parcial, subsidio maternal, préstamos para solventar el sistema de copago).

Prestaciones Médicas Gratuitas:

Dirigidas a la generalidad de la población, el nivel de ingresos es irrelevante porque no se cobra por ellas.

  • Referidas a la protección del ambiente.
  • Referidas a la protección y prevención.
  • Control del embarazo y puerperio.
  • Control de salud de niños hasta 6 años.
  • Examen de medicina preventiva.

Prestaciones Médicas Sustentadas por Copago:

Son de carácter curativo, médico y odontológico. Son gratuitas para los tramos A y B.

Financiamiento

  • Contribución del Estado a través de FONASA.
  • Cotizaciones de salud de los afiliados (7% con tope de 60 UF).
  • Tarifas arancelarias que pagan los no beneficiarios por prestaciones que reciban.
  • Con las contribuciones de los tramos C y D.

Administración

  • Ministerio de Salud.
  • FONASA.
  • Instituto de Salud Pública de Chile.
  • Central de Abastecimiento.
  • Servicios de Salud.
  • Municipalidades.

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