Régimen de Prestaciones de Salud en Chile: Afiliados, Beneficiarios y Financiamiento
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Régimen de Prestaciones de Salud en Chile
Afiliados (Según el Artículo 5 de la Ley 18.496)
- Trabajadores dependientes públicos o privados, por turno, obra o jornada.
- Independientes que coticen en cualquier régimen previsional.
- Imponentes voluntarios.
- Personas que gozan de subsidios por incapacidad o cesantía.
Beneficiarios
- Afiliados del Artículo 5.
- Causantes de asignación familiar de trabajadores dependientes, pensionados o beneficiarios de subsidios por incapacidad o cesantía.
- Personas que cumplan con los requisitos y calidades para ser causantes de asignación familiar de trabajadores independientes o imponentes voluntarios.
- Mujer embarazada: respecto al derecho a control de embarazo y puerperio hasta el sexto mes del nacimiento del hijo.
- Niño: hasta los 6 años de edad respecto del derecho a la protección y control de la salud.
- Indigentes o carentes de recursos que gocen de pensiones asistenciales.
- Causantes de subsidio único familiar.
Obligaciones
- Efectuar cotizaciones.
- Proporcionar información fiel y oportuna para identificación y atención.
- Copago: contribuir al financiamiento del sistema de salud y moderar eventual abuso del sistema.
Modalidades
- Institucional.
- Sistema de libre elección.
Institucional
Hospitales, consultorios, postas, actúan directamente y cobran tarifas en base a los tramos A, B, C y D.
- Tramo A: Indigentes o carentes de recursos. Beneficiarios de pensiones asistenciales y causantes de subsidio único familiar (100% de cobertura).
- Tramo B: Mayores de 18 y menores de 65 años, trabajadores cuyo ingreso sea inferior al mínimo mensual (100% de cobertura).
- Tramo C: Ingreso inferior al mínimo multiplicado por 1,46 veces. Si tienen 3 o más causantes, se consideran del tramo "B" (75% de cobertura).
- Tramo D: Ingreso superior al mínimo multiplicado por 1,46 veces. Si tienen 3 o más causantes, se consideran del tramo "C" (50% de cobertura).
Sistema de Libre Elección
En este sistema, el porcentaje de la prestación que cubrirá el estado no depende del ingreso del afiliado.
- El afiliado elige libremente profesionales o instituciones.
- Inscritos en el registro de FONASA según roles.
- Según el rol se determina el valor de la prestación.
- El Ministerio de Salud y Hacienda son los encargados de valorizar los roles.
Subsidios:
- Consulta médica: hasta un 60% del arancel fijado en el grupo de más bajo valor.
- Parto: 75%.
- Todos los demás: hasta un 60%.
Prestaciones
- Médicas (gratuitas o sustentadas con un copago).
- Pecuniarias (subsidio por incapacidad temporal total o parcial, subsidio maternal, préstamos para solventar el sistema de copago).
Prestaciones Médicas Gratuitas:
Dirigidas a la generalidad de la población, el nivel de ingresos es irrelevante porque no se cobra por ellas.
- Referidas a la protección del ambiente.
- Referidas a la protección y prevención.
- Control del embarazo y puerperio.
- Control de salud de niños hasta 6 años.
- Examen de medicina preventiva.
Prestaciones Médicas Sustentadas por Copago:
Son de carácter curativo, médico y odontológico. Son gratuitas para los tramos A y B.
Financiamiento
- Contribución del Estado a través de FONASA.
- Cotizaciones de salud de los afiliados (7% con tope de 60 UF).
- Tarifas arancelarias que pagan los no beneficiarios por prestaciones que reciban.
- Con las contribuciones de los tramos C y D.
Administración
- Ministerio de Salud.
- FONASA.
- Instituto de Salud Pública de Chile.
- Central de Abastecimiento.
- Servicios de Salud.
- Municipalidades.