El Régimen Jurídico y las Instituciones de las Comunidades Autónomas

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Las Comunidades Autónomas en el Ordenamiento Jurídico

Las Comunidades Autónomas son instituciones políticas dotadas de un elevado nivel de autonomía, sujetas a la indisoluble unidad de España.

Los Estatutos de Autonomía

El Estatuto de Autonomía es la norma institucional básica de la comunidad autónoma. Son normas del Estado con rango de leyes orgánicas. No son expresión de soberanía, sino la cúspide legislativa de la CCAA.

Contenidos de los Estatutos

  • Territorio, nombre y capital.
  • Condiciones de ciudadanía.
  • Competencias en determinadas materias.
  • Instituciones para el ejercicio de esas competencias.
  • Procedimiento de su propia reforma.

Tipos de Competencias

1. Competencias Exclusivas

Son funciones que recaen sobre materias cuyo titular es el Estado o la CCAA.

  • Competencias exclusivas del Estado: Justicia, defensa y relaciones internacionales.
  • Competencias exclusivas de las CCAA: Organización de sus instituciones de autogobierno, ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.

2. Competencias Compartidas

El Estado y las CCAA se reparten diferentes competencias sobre una misma materia.

  • Competencias compartidas exclusivas: El Estado fija la legislación básica y las CCAA desarrollan y ejecutan la legislación del Estado. Ejemplo: protección del medio ambiente.
  • Competencias compartidas concurrentes: El Estado y las CCAA ejercen todo tipo de competencias sobre funciones de carácter complementario. Ejemplo: promoción del turismo, deporte, etc.

Organización Institucional

  • Asamblea Legislativa: Órgano constituido por una sola cámara, integrado por los parlamentarios. Sus funciones principales son ejercer el poder legislativo y aprobar los presupuestos.
  • Consejo de Gobierno: Reproduce normalmente el esquema del Gobierno de la Nación. Está integrado por el Presidente, quien ostenta la representación suprema de la comunidad y la representación ordinaria del Estado en ella. Debe responder ante la Asamblea.
  • Tribunal Superior de Justicia: Máxima instancia judicial del derecho autonómico.
  • Defensor del Pueblo: Comisionado del Parlamento para la defensa de los derechos de los ciudadanos.
  • Tribunal de Cuentas: Órgano que fiscaliza y controla la economía de la CCAA y de su sector público.
  • Consejo Consultivo: Encargado de asesorar a los órganos ejecutivos.

Financiación

La autonomía financiera está limitada por el principio de coordinación con la Hacienda del Estado y el principio de solidaridad entre todos los españoles, entre otros preceptos constitucionales.

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