Redacciones hechas

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Me identificaría con el cliente indeciso.

Las carácterísticas de este tipo de cliente son:

-Tiene muchas dudas y le cuesta tomar decisiones.

-Es propenso a arrepentirse y retroceder.

-Suele necesitar información en abundancia y pide su opinión o la de un tercero.

Se debe de atender de la siguiente forma:

-Haga argumentaciones completas.

-Dirija la conversación.

-No se imponga en ningún momento ni trate de terminar la venta ante su lentitud.

Además hay que evitar:

-Parecer falto de interés o atención.

-Hacerle creer que su indecisión no es normal.

-Que la conversación decaiga.

Las habilidades que yo creo que son necesarias para subsanar la situación son:-
Saber escuchar.
La escucha activa es precisamente ese esfuerzo por comprender y asimilar el mensaje de nuestro interlocutor en su sentido más amplio, y con todas y cada una de las connotaciones, significados, informaciones y deseos que, de una forma más o menos visible, lleve aparejado.-

Saber comunicar

El ser humano siempre ha tenido la necesidad de comunicarse, de transmitir sus pensamientos,ideas y emociones. Siempre buscó la forma de hacerlo ya fuese oralmente, mediante el lenguaje,por escrito, creando los primeros alfabetos o a través del arte rupestre, o bien utilizando otras vías de comunicación como son los gestos y las expresiones o posturas corporales. -Respeto, empatía y simpatía El respeto consiste en el reconocimiento de los intereses y sentimientos del otro en una relación. La empatía, también llamada inteligencia interpersonal, es una habilidad cognitiva, de tomar la perspectiva de otra y de entender sus sentimientos, sin tener que adoptar esa perspectiva.


La garantía es un instrumento por el cual se intenta aportar una mayor seguridad al comprador. El usuario, es conocedor que si el vendedor le ha entregado un producto defectuoso, éste tendrá la obligación de repararlo y devolverlo en condiciones óptimas. Por esto las garantías son tan Importante para el consumidor.
Los requisitos son los siguientes: • Que se ajuste a la descripción realizada por el vendedor. • Que el producto tenga las cualidades manifestadas mediante una muestra o modelo. • Que sirva para los usos a que ordinariamente se destinan los bienes de consumo del mismo tipo. • Que sea apto para el uso especial que hubiese sido requerido por el consumidor y que el vendedor haya aceptado. • Que presente la calidad y el comportamiento esperados, especialmente atendidas las declaraciones públicas sobre sus carácterísticas concretas hechas por el vendedor o el fabricante.

El arbitraje de consumo es un servicio público que permite resolver los conflictos de consumo por una vía extrajudicial, de una manera eficaz, sencilla, gratuita, rápida, voluntaria y de calidad, con efectos vinculantes y ejecutivos. El arbitraje de consumo solo puede ser solicitado por personas consumidoras o usuarias, no pudiendo ser solicitado por las empresas o profesionales.Cuenta con una serie de ventajas o carácterísticas: • Es un procedimiento voluntario. Las empresas o profesionales se pueden adherir al arbitraje de consumo de manera voluntaria. Asimismo, las personas consumidoras podrán solicitar arbitraje de consumo, igualmente, de manera voluntaria. • Es un procedimiento de resultados vinculantes. Una vez que las partes aceptan acudir a esta vía para la resolución del conflicto se comprometen a cumplir la decisión o solución (laudo arbitral) que se adopte por el órgano arbitral. • Es rápido. Los plazos para resolver los conflictos son menores que los de los Tribunales de Justicia. • Es eficaz. La resolución del procedimiento se consigue con un laudo sin necesidad de tener que acudir a la justicia. • Es gratuito. Acudir al arbitraje de consumo es gratuito para las partes en conflicto, siendo la Administración la que asume los gastos. • Es ejecutivo. Los laudos dictados son de ejecución obligatoria para ambas partes. 


La base donde se sustenta la protección y defensa de los consumidores y usuarios es el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de Noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. • Protección contra los riesgos para la salud o la seguridad. • Protección de los intereses económicos y sociales, particularmente respecto a clausulas abusivas en los contratos. • Indemnización y reparación de daños o perjuicios. • A la correcta información sobre los bienes y/o servicios. • La información correcta sobre los diferentes bienes o servicios y la educación y divulgación para facilitar el conocimiento sobre su adecuado uso, consumo o disfrute. • La audiencia en consulta, la participación en el procedimiento de elaboración de las disposiciones generales que les afectan directamente y la representación de sus intereses, a través de las asociaciones, agrupaciones, federaciones o confederaciones de consumidores y usuarios legalmente constituidas. • A la protección de los derechos por medio de procedimientos eficaces.

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