Recurso de Casación: Requisitos de la Acción Reivindicatoria y Valoración Probatoria
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Fundamentos del Recurso de Casación
En la presente sentencia, se interpone un recurso de casación basado en diversos motivos. Entre ellos, destacan principalmente la infracción de las normas del ordenamiento jurídico o de la jurisprudencia aplicable para resolver el caso, por infracción del artículo 348.2 del Código Civil (CC) en relación con el artículo 632 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), así como la infracción de la doctrina de este Tribunal relativa a los requisitos necesarios para el ejercicio de la acción reivindicatoria.
Análisis de la Infracción Normativa
El motivo que alega la supuesta infracción del artículo 348.2 CC, que establece las acciones protectoras del dominio, y el artículo 632 LEC en relación con este, es rechazado. El Tribunal interpreta que ambos preceptos no guardan relación entre sí y no debieron ser alegados de forma conjunta.
Error en la Medición de la Finca
La parte recurrente alegó un error cometido por el Tribunal respecto a las medidas de la finca objeto de litigio. Si bien el Tribunal reconoce que se produjo dicho error en la sentencia recurrida, determina que este no constituye un motivo suficiente para casar la sentencia, por lo que debe ser desestimado.
Segunda Cuestión: Acciones de Deslinde y Valoración Probatoria
En segundo lugar, el segundo motivo alega la infracción de los artículos 348.2 CC y 596.4 LEC, en relación con el artículo 1218 CC, así como de la doctrina jurisprudencial sobre las acciones de deslinde y reivindicatoria. Se argumenta un error en los requisitos necesarios para su éxito, al estimar la Sala que la recurrente posee más terreno del que le corresponde según título, cuando, según los documentos obrantes, le faltan 296 áreas.
Valoración de la Prueba Documental
- Informe Pericial: El Tribunal establece que las medidas señaladas no pueden calificarse como documento, pues forman parte del informe pericial de primera instancia. Por tanto, no se aplica la regla de valoración de la prueba documental del artículo 1218 CC, descartando la infracción alegada.
- Certificación Catastral: Respecto al documento obrante al folio 39, el Tribunal señala que la certificación catastral carece de fuerza probatoria plena. Lo inscrito en el Catastro constituye un indicio de titularidad, pero por sí solo no justifica el dominio. De lo contrario, los órganos administrativos encargados del Catastro definirían el derecho de propiedad, vaciando de contenido la función de los Tribunales.
En consecuencia, se desestima el recurso y se imponen las costas a la parte recurrente.