Recepción del Derecho Romano en Europa: Evolución, Escuelas y Legado
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El Derecho Romano en Occidente
Destaca el Breviario de Alarico. En Italia permanece el Derecho Romano, el ius civile se da en la parte de Occidente. En los siglos V-VI, se sabe que los que entraron en Roma habían dejado el Derecho Romano. La población bárbara que había en Italia era menor que la romana. No hubo oposición militar, no hubo guerras para dejar entrar a los visigodos en Roma.
1. El Derecho Vulgar de Occidente
Comienza a tener importancia en el siglo X una escuela de Pavía. En esta escuela se comienza a formar el Derecho vulgar, formada por la práctica llevada a cabo en un principio en las provincias. Era, por lo tanto, un estudio que no miraba a las teorías de los clásicos sino a las prácticas del momento; era una simplificación del Derecho Romano. En la escuela de Pavía empieza en el siglo XII un renacimiento jurídico. Comienza en Bolonia, según la tradición, porque a finales del siglo IX se encuentra una nueva copia del Digesto. Aparte de que se encuentre o no en Bolonia, hay reconocimiento jurídico. En Rávena se había conservado una escuela jurídica. Toda Italia estuvo predispuesta para que se diera el Derecho. En Bolonia estaba mejor situada, porque la escuela de Rávena tenía mucha influencia oriental y la de Bolonia se crea para que hubiera un estudio sobre ella. El emperador visigodo se considera el sucesor de Roma, le interesa el estudio del Derecho Romano. El Derecho Romano aparece como un saber dogmático y los libros que han llegado comienzan a considerarse un material que no se puede perder. Se produce el descubrimiento de otra copia, la LITTERA FIORENTINA.
2. Renacimiento Jurídico Medieval: Glosadores y Comentaristas
Comienzan con su trabajo los glosadores en el siglo XI. Estos son estudiosos del Derecho que cogen los textos jurídicos y lo completan con comentarios al margen. Los glosadores no se limitan a explicar los pasajes oscuros sino a otros pasajes aparte que tienen. Hay un glosador que vive en el siglo X-XI que se llama Irnerio. Sus glosas son recogidas por las familias posteriores. Hay otros glosadores como Jacob, Hugo, etc. En el Imperio de Occidente está la idea de que el Imperio Romano sigue vigente. Llega gente de todas las ciudades, y el saber de Bolonia se reconoce en todos los lugares. Bolonia era importante porque llegan textos desde Toledo. En el siglo XIII comienzan a crearse otras universidades. Continúan los glosadores, pero comienza a hacerse una recopilación de las glosas anteriores. Hay un jurista, Accursio, que hace una glosa. Es un momento en que los glosadores tienen una gran importancia, porque además los glosadores hacen un dictamen aparte del comentario. Estos glosadores funcionan a lo largo del siglo XIII, pero en el siglo XIV, le dan paso a los post-glosadores que son los comentaristas del Derecho. En la práctica se producen muchas dificultades, está por una parte el Derecho Romano, por otro el Derecho estatal y por último el canónico. Estos van a comenzar a hacer unos comentarios con mucha más libertad. El Derecho Romano se continúa pensando que es inalterable. Cuando hacen la interpretación del Derecho Romano, hacen una estructura jurídica, una estructura legal. De estos trabajos, que hacen los glosadores y los comentaristas se va haciendo un Derecho que se reconoce en toda Europa. Este Derecho es el ius commune o Derecho Común. Este Derecho se enfrenta o contrapone al Derecho propio, que es el Derecho de cada estado y siempre como Derecho subsidiario el Derecho Romano. De los comentaristas del siglo XIV destaca Bartolo de Sasoferrato, cuya opinión llegó a tener valor de ley. Otro fue Baldo de Ubaldis. Estos dos fueron los comentaristas más importantes. En este estado de gran influencia italiana, llegamos al siglo XV donde va a cambiar esta idea de estudio romano con el que es un Derecho inamovible. Se va a llegar a una postura diferente que son las de los humanistas.
3. El Humanismo Jurídico
En el siglo XIV están los humanistas, cuyo ideal es la unidad pagana. El Derecho es la máxima que hacía Roma. Ya han surgido nuevos derechos. Por primera vez se ve si el Digesto es el auténtico Derecho Romano. Para los humanistas lo fundamental va a ser el estudio del Derecho. Destaca Alciato, siglo XV, primer humanista. A través de sus discípulos pasa el Derecho Romano hacia Francia, Alemania y Holanda. En el siglo XVI a través de la Escuela Culta Francesa, intenta una nueva sistemática. Cuiacius en Francia y en Alemania Zasius. En esta época se oponen dos métodos del Derecho. Los principios y métodos de la Escuela Culta Francesa “Mos Gallicum” se enfrentan a la forma de actuar de los glosadores “Mos Itallicum”. Quieren coger el Digesto, eliminar las glosas, eliminar la labor de los comentaristas y a través de métodos científicos conocer el verdadero Derecho, estudiarlo con una sistemática distinta. Esta idea de buscar el Derecho Romano clásico, la encontramos con los pandectistas.
4. Los Pandectistas
El más importante es Hugo Grocio y Vinnius. Intentan hacer una reforma, a través de unos manuales para que se puedan leer y la gente lo conozca. A través de estos manuales se van imponiendo el Derecho Romano a los Códigos que van apareciendo. En el siglo XIX la llamada Escuela Histórica Alemana y la llamada Escuela Filosófica Alemana. En la Escuela Histórica Alemana, Hugo y Savigny consideran que el Derecho general es algo que se encuentra arraigado en el pueblo y es fruto de la cultura popular. Se vuelven al estudio del Derecho Romano, consideran que es el más perfecto. Thibaut y Glück consideran que hay que hacer un Código alemán y rechazan el Derecho Romano. A finales del siglo XIX quieren hacer unos comentarios al Digesto considerando que las ideas de este, son las teorías del Derecho. En el siglo XIX empieza el estudio por saber qué en el Digesto es lo clásico y qué lo justinianeo. Es la gran época interpolacionista. Y en el siglo XX se critica mucho la escuela interpolacionista o que estas no tuvieron gran importancia. A finales del siglo XX se quiere ver la evolución, se tiende a ver desde que comienza el derecho hasta la época justinianea, se intenta ver el porqué de ese cambio del Derecho.
5. La Recepción del Derecho Romano en Europa
Es una mezcla de culturas. Sería la Historia desde la Polis Griega → Roma → Bárbaros → Nuestros días. El concepto de Derecho viene de Roma. Se considera válido como creación espiritual de una cultura y la técnica jurídica considerada la mejor. El Derecho Romano pasa a Roma, que la hace Carlos Magno. La siguiente recepción la hace Napoleón, que dice que el Derecho romano es el mejor Derecho que ha existido. A partir del siglo XII el Derecho Romano había sido la base de estudios de las universidades y en el siglo XVIII ya está consolidado. En Inglaterra se comenzó sin derecho propio, con la elaboración de los jueces. La técnica es la más parecida del Derecho Romano. En Italia se prohibió el estudio de Derecho Romano, pero en el siglo XVI la influencia alemana hace que se vuelva a estudiar. En Escocia en el siglo XVI es un derecho subsidiario. En Francia: al Norte no hay influencia (costumbre), al Sur sí hay influencias. En Alemania llega a través del Sacro Imperio Romano Germánico y lo convierte en el Derecho. A partir del siglo XIX se da una supremacía como estudio no como aplicación. En España es época de San Isidoro, influye la aportación de los Códigos Visigodos. Y a nosotros en la práctica nos llega del Código Civil francés de 1889.