Ratificación de la demanda laboral

Enviado por Chuletator online y clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 11,02 KB

EXTINCIÓN DEL CONTRATO LABORAL

Dar por acabada la relación laboral, los despidos improcedentes tienen una indemnización de 33 días por año trabajado con máx. 24 pagas.

Clasificación

  1. Extinción No conflictiva: no hay conflicto entre el trabajador y el empresario

  2. Extinción conflictiva

    1. Despido disciplinario

      1. Impuntualidad, no ir a trabajar

      2. Desobediencia o indisciplina

      3. Ofensas verbales o físicas

      4. Deslealtad, abuso de confianza

      5. Disminución del rendimiento del trabajador, forma continuada y voluntaria, deja de ser productivo

      6. Toxicómano o Alcohólico habitual, repercute negativamente en la empresa

      7. Cualquier otras causas

    2. Extinción objetiva

      1. Ineptitud del trabajador, pasado el periodo de prueba

      2. Falta de adaptación al nuevo lugar de trabajo

  • Si el trabajador realiza un curso máx. 3 meses para adaptarse si se niega puede ser despedido.

  • Que los cambios sean razonables, se tendrá que respetar la categoría profesional

Amortizar un lugar de trabajo, por causas económicas, técnicas, productivas.

Faltas de asistencia al lugar de trabajo (justificadas) de forma continua que llegue al:

  • 20% de la jornada hábil en 2 meses consecutivos

  • 25% en 4 meses consecutivos discontinuos a contar en un periodo de 12 meses.


Procedimiento a seguir

Comienza por parte del empresario con una carta de despido notificada al trabajador (buro fax, correo certificado, telegrama,…) y que contenga:

  1. Los hechos que han motivado al despido

  2. Fecha en que tendrá efecto el despido.


Impugnación del despido

Si el trabajador no está de acuerdo tiene 20 días hábiles para impugnar delante del juzgado, pude intentar llegar a un acuerdo con el empresario mediante una conciliación (servicio de mediación, Arbitraje y conciliación, SMAC)

  1. Acto de conciliación: llegar a un acuerdo

  2. Demanda ante el juzgado social: si no se llega a un acuerdo antes.

  3. Sentencia: el juzgado dicta sentencia:

    1. Procedente: el empresario demuestra que el trabajador ha cometido el hecho

    2. Improcedente: el empresario no puede acreditar el incumplimiento por parte del trabajador (readmitirlo, indemnizarlo con 33 días por año trabajado con máx. 24 pagas)

    3. Nula: si existe casos de discriminación (el trabajador tiene que ser readmitido inmediatamente)

Entradas relacionadas: