Empleo público y contratación administrativa

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Empleo público formado: personal laboral, eventual y funcionario Relación trabajador y empleador: todos los funcionarios tienen una relación con su empleador que es el estado Una relación contractual se basa en: el estatuto de trabajadores Funcionarios interinos y de carrera diferencia: B y C (*carrera tiene plaza fija *interinos realizan tareas temporales) COMPLETA: el personal estatuario temporal son aquellos trabajadores que a través de un contrato...Todos los trabajadores del empleo público se parecen: todos reciben retribuciones del estado a través... Los técnicos en documentación son del grupo: C Afiliación del trabajador SS: solo se realiza una vez en la vida del trabajador Los empleadores están obligados: A y C (dar de alta al trabajador con posterioridad *comunicar alta baja y variaciones) FUNCION RCP: registrar los datos administrativos del trabajador público Portal empleado público: B y C (permite consultar convocatorias públicas *tiene área personal) 13 señala la cierta: todas(*selección personal en privada a través de RRHH *fase personal privada: preselección, realización de prueba, entrevista, fase final *selección empleo público: oposición, concurso o bolsa de trabajo) 14 señala verdadera: todas ciertas (*cartera de servicio SNS hace efectiva las prestaciones *cartera de servicio recoge técnica tecnología de las CCAA *las CCAA elaboran su propia cartera de servicio) Comisión de compra: tiene por objeto formar al personal sobre el uso correcto Completa: el albarán es el documento que confecciona el vendedor y lo envía Finaliza: cuando una persona actúa como contratista.... Todas son ciertas Centro sanitario SNS: B y C: (dentro de cada CA pueden desarrollar normativa, *regulación esencial normativa) Compra de cualquier bien de centro sanitario: B y C (*licitación *ajustar a principios: libertad de acceso...) Contrato gestión servicio público: administración pública encomienda a persona, natural o jurídica

Tipos de empleados públicos: *Funcionario de carrera: es aquella persona que desempeña un trabajo al servicio de la Administración Pública del estado por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo, percibiendo por sus servicios retribuciones con cargo a los presupuestos público *Funcionario interino: son aquellos que prestan servicios de carácter transitorio al estado y se rigen por el Derecho Administrativo *Personal laboral: son aquellos trabajadores que a través de un contrato de trabajo, en cualquiera de las modalidades de contratación de personal, prestan servicios retribuidos por las Administraciones Públicas *Personal eventual: se corresponde a aquellos que, en virtud de libre nombramiento (de carácter no permanente) ocupan un puesto considerado de confianza o de asesoramiento no reservado a funcionarios. La prestación de sus servicios no puede considerarse como mérito para acceder a la condición de funcionario ni para la promoción interna Contratos administrativos típicos: contratos de obras: Es el contrato que tiene por objeto la realización de una obra entendida como el conjunto de trabajos de construcción o de ingeniería civil sobre un bien inmueble *contratos de concesión de servicios públicos: Es aquel en que una Administración Pública encomienda a una persona la gestión de un servicio cuya prestación ha sido asumida como propia de su competencia *contratos de suministro: Su objeto consiste en la adquisición, el arrendamiento financiero o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles *contratos de servicios: Son aquellos que tienen por objeto prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o de un suministro Contratación pública: Tramitación ordinaria: se rige por las características preparatorias mencionadas, siendo la forma de tramitación más común *Tramitación urgente: el órgano de contratación podrá explicitar en el expediente la necesidad inaplazable de tramitar el contrato reduciendo los plazos *Tramitación de emergencia: es una forma extraordinaria de celebrar contratos que se realizan frente a situaciones catastróficas o por grave riesgo de la seguridad ciudadana. El órgano contratante no tiene que realizar ninguna formalidad EJERCICIO: 1 mes: 400+(400*0.3)=520 unid *2 meses: 800+(800*0.3)=1040 unid *Calcular importe bruto *restar descuento *sumar gasto *calcular iva *sumar iva +base imponible

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