Protocolo de Actuación ante el Maltrato Infantil en Centros Educativos

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Protocolo de Actuación ante Situaciones de Maltrato: Detección en Centros Educativos

La detección temprana es fundamental para garantizar la seguridad del alumnado. Para ello, se establecen las siguientes pautas:

  • Herramienta principal: La observación directa.
  • Identificación: Reconocimiento de los indicadores recogidos en el protocolo vigente.
  • Entrevista: Comunicación con los padres o tutores legales.

Procedimiento ante indicadores de maltrato

  • A) Evidencia u omisión: Si junto al indicador de maltrato o abandono se presenta alguna evidencia de que la responsabilidad recae en el padre, madre o tutores, se debe proceder directamente a la fase de notificación.
  • B) Falta de explicación coherente: Cuando no existe una explicación o la aportada es incompatible con las características observadas, se debe citar a los progenitores para solicitar una aclaración. De no obtenerse, se pasará a la fase de notificación.
  • C) Indicadores insuficientes: Cuando la presencia de indicadores no es suficiente para confirmar un caso de maltrato, se requerirá una intervención sobre el menor y su familia dentro del ámbito escolar. Solo si, tras un tiempo, los indicadores no descienden o desaparecen, se procederá a la fase de notificación.

Fase de Notificación

Para la notificación, no es necesario tener certeza absoluta; es suficiente con poseer indicios razonables.

¿Quién notifica?

El personal educativo debe comunicarlo al equipo directivo y al servicio de orientación del centro para coordinar la notificación de la situación detectada.

¿A quién se notifica?

  • Servicios Sociales Municipales: De forma general.
  • IAASIFA: En casos de agresividad, se notificará directamente a la Institución Asturiana de Atención Social a la Infancia y Adolescencia.

Investigación, Evaluación y Planificación

Estas fases corresponden a los servicios sociales. Durante la investigación, se busca identificar las dificultades familiares, las necesidades del menor y sus aspectos positivos.

Resultados de la evaluación

  1. Sin maltrato ni riesgo: Se archiva el caso y se notifica el cierre a la persona que realizó la comunicación inicial.
  2. Sin maltrato, pero con riesgo: No se constata maltrato, pero existe riesgo para el menor; se adoptan las medidas oportunas de protección.
  3. Maltrato constatado (leve o grave): El centro escolar colaborará con los servicios sociales en función del plan de intervención planteado.

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