Procedimiento de Elecciones Sindicales: Delegados y Comité de Empresa
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T2 pt2 - Procedimiento Electoral
b) Funciones de la mesa electoral en elecciones a delegados de personal
La mesa electoral tiene la responsabilidad de vigilar, presidir, escrutar y resolver cualquier incidencia por mayoría. El plazo máximo es de 10 días desde su constitución hasta la celebración de la votación.
Funciones principales:
- Expone el censo electoral.
- Fijar el número de representantes a elegir.
- Recibir y proclamar las candidaturas.
- Fijar la fecha de la votación.
- Redactar el acta (en un plazo máximo de 3 días).
En centros de trabajo de hasta 30 trabajadores (donde se elige 1 delegado), todo el proceso dura únicamente 24 horas, anunciándose con una hora de antelación.
c) Funciones de la mesa electoral en elecciones a comité de empresa
La mesa electoral solicita el censo y expone la lista de electores (mínimo 72 horas). Resuelve quejas en 24 horas y publica la lista definitiva en otras 24 horas, organizada por colegios electorales (técnicos y especialistas). Además, fija los miembros a elegir.
Calendario de candidaturas:
- Recepción de candidaturas: 9 días desde la lista definitiva.
- Proclamación: 2 días hábiles.
- Quejas: 1 día.
- Resolución: 1 día.
- Garantía: Mínimo 5 días desde la proclamación hasta la votación.
5) La propaganda electoral
Los promotores podrán efectuar la propaganda electoral que consideren oportuna, siempre y cuando no se altere la prestación normal del trabajo. Esta limitación no se aplicará a las empresas que tengan hasta 30 trabajadores.
6) La votación
La votación será en el centro y jornada laboral, bajo los principios de ser libre, secreta y directa, utilizando papeletas idénticas. El empresario debe facilitar los medios necesarios; de lo contrario, incurrirá en una sanción muy grave.
- En Delegados: Se vota de una lista única alfabética a un máximo de candidatos igual a los puestos a cubrir.
- En Comité: Se vota a una sola lista por colegio (con un mínimo de tantos nombres como puestos). Las renuncias no anulan la lista si se mantiene al menos el 60% de los candidatos.
7) Escrutinio y atribución de resultados
El escrutinio será público e inmediato, realizándose en voz alta.
- Delegados: Ganan los más votados. En caso de empate, se elige al de mayor antigüedad en la empresa.
- Comité: Se excluyen las listas con menos del 5% de los votos. Los puestos se asignan por cociente (votos/puestos) y los restos al mayor. En caso de empate, prevalece la antigüedad. Los candidatos son elegidos por orden de lista.
8) El acta, copias y publicación de resultados
Se redactará un acta normalizada con las incidencias, firmada por la mesa, los interventores y el empresario. Si hay varias mesas, se realiza un acta global conjunta. El presidente envía copias al empresario, interventores y electos. Los resultados se publicarán en los tablones en un plazo de 24 horas tras redactar el acta.
9) Registro del acta
El presidente entrega el original (actas, votos nulos/impugnados y acta de constitución) en 3 días a la autoridad laboral. Al día hábil siguiente, la oficina publica el acta, entrega copias a los sindicatos, avisa a la empresa con el plazo de impugnación y custodia las papeletas.
La oficina registra, expide copias y certifica la representatividad. El registro se efectúa tras 10 días hábiles. Solo se deniega por:
- Uso de un modelo no oficial.
- Falta de firma.
- Datos ilegibles (requiere subsanar en 10 días tras aviso en 1 día; si no, deniega en 10 días).
- Falta de promoción previa (denegación directa).
La denegación se puede impugnar ante el juzgado de lo social.
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