Principios y Normativa de Prevención de Riesgos Laborales en la Empresa
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Principios Generales de la Acción Preventiva
El empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención previsto en la normativa, con arreglo a los siguientes principios generales:
- Evitar los riesgos.
- Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
- Combatir los riesgos en su origen.
- Adaptar el trabajo a la persona: en particular en la concepción de los puestos, elección de equipos y métodos de trabajo, para atenuar el trabajo monótono y repetitivo.
- Tener en cuenta la evolución de la técnica.
- Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
- Planificar la prevención: buscando un conjunto coherente que integre la técnica, la organización, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y los factores ambientales.
- Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
- Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.
Áreas de Actuación Preventiva
Seguridad en el Trabajo
Su finalidad es detectar, evitar o disminuir la presencia de riesgo de accidentes y sus efectos. Se centra en elementos mecánicos y físicos mediante:
- Técnicas analíticas: encaminadas a detectar, analizar y valorar riesgos (evaluaciones, inspecciones).
- Técnicas operativas: establecimiento de medidas preventivas y correctoras.
Medicina en el Trabajo
Según la OIT, se encarga de promover y mantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores. Su ámbito incluye la vigilancia de la salud, la investigación y el control de enfermedades, con una doble vertiente: individual y colectiva.
Higiene Industrial
Tiene como objetivo la mejora de las condiciones mediante el control de riesgos que causan enfermedades profesionales. Se centra en agentes físicos, químicos o biológicos, evaluando el nivel de exposición y las características del trabajador.
Protección de Trabajadores Menores
Antes de la incorporación de menores de dieciocho años, el empresario debe efectuar una evaluación específica de los puestos de trabajo, considerando su falta de experiencia, inmadurez y desarrollo incompleto para determinar los riesgos específicos.
Marco Normativo y Organización
Jerarquía Normativa (Pirámide de Kelsen)
- Normas de la Unión Europea y Normas Internacionales.
- Constitución Española.
- Leyes (LPRL).
- Reglamentos, Servicios de Prevención, Convenios Colectivos, Costumbres y Principios Generales del Derecho.
Servicios de Prevención
- Servicio de prevención propio: conjunto de medios humanos y materiales de la propia empresa.
- Servicio de prevención ajeno (SPA): prestado por una entidad especializada.
Los SPA deben cumplir requisitos de organización, instalaciones, personal, equipos, garantía de responsabilidad y capacidad para desarrollar las materias del art. 31.3 de la LPRL.
Presencia de Recursos Preventivos
La presencia de recursos preventivos es necesaria cuando:
- Los riesgos puedan verse agravados por la concurrencia de operaciones diversas.
- Se realicen actividades peligrosas: trabajos con riesgo de caída desde altura, riesgo de sepultamiento o hundimiento, o uso de maquinaria sin declaración CE de conformidad cuando la protección no esté suficientemente garantizada.