Principios Éticos y Legales en la Donación y Trasplante de Órganos

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Principios Fundamentales de la Donación y Trasplante de Órganos

  1. Extracción en personas fallecidas: Podrán extraerse células, tejidos y órganos de personas fallecidas para fines de trasplantes si:
    • Se obtiene el consentimiento exigido por la ley.
    • No hay razones para pensar que la persona fallecida se oponía a esa extracción.
  2. Independencia del equipo médico: Los médicos que hayan determinado la muerte de un donante potencial no deberán participar directamente en la extracción, ni en los procedimientos siguientes de trasplante, ni ocuparse de la asistencia a los receptores previstos de estas células, tejidos o trasplantes.
  3. Potencial terapéutico y donantes vivos: Las donaciones de personas fallecidas deberán desarrollarse hasta alcanzar su máximo potencial terapéutico, pero los adultos vivos podrán donar órganos según la reglamentación nacional. En general, los donantes vivos deberán estar relacionados genética, legal o emocionalmente con los receptores. Estas son aceptadas si se obtiene el consentimiento informado y voluntario del donante, se le garantiza la atención profesional, el seguimiento se organiza debidamente y se aplican y supervisan escrupulosamente los criterios de selección de los donantes. Estos deberán ser informados de los riesgos, beneficios y consecuencias probables de manera completa y comprensible; deberán ser legalmente competentes y capaces de sopesar la información y actuar voluntariamente, debiendo estar libres de toda influencia.
  4. Protección de menores e incapacitados: No deberán extraerse células, tejidos u órganos de ningún menor vivo, excepto si hay autorización del gobierno y con el consentimiento del menor. Esto es aplicable a toda persona incapacitada legalmente.
  5. Gratuidad y prohibición de comercio: Las células, tejidos y órganos deben ser donaciones gratuitas, sin ningún pago monetario. Quedan prohibidas las ofertas o compras de estos elementos para trasplantes, tanto de personas vivas como muertas. Esto no impide reembolsar los gastos que le ocurran al donante (por ejemplo: pérdida de ingresos).
  6. Publicidad y servicios de intermediación: Se permite la promoción de la donación altruista de células, tejidos y órganos mediante publicidad según la reglamentación nacional. Queda prohibida la publicidad sobre la necesidad o disponibilidad de estos elementos cuyo fin sea ofrecer un pago a cambio, y también se prohíbe el servicio de intermediación con pago para conseguirlos.

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