Principios del Estado de Derecho y Constitución Nacional

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La CN nace en 1853 pero se reforma en 1860 para que Bs As ingrese a la federación.

Supremacía constitucional

Sistema de prelación normativo.

Control de constitucionalidad

Sistema de revisión de actos funcionales ejercido por la CSJN.

Principios del Estado de Derecho

  • Vida
  • Libertad
  • Seguridad
  • Propiedad
  • Imperio de ley

Reserva

Los magistrados no pueden intervenir sin ley fundada.

Retroactividad

Vigencia desde promulgación.

Independencia de justicia

Autonomía de los jueces.

Jerarquía normativa

Norma inferior supeditada a norma superior.

Legalidad en la administración pública

Los jueces ejercen el control de legalidad y constitucionalidad.

Tipos puros de Constitución

  • Racional-normativo
  • Historicista
  • Sociológico

Nuestra Constitución

Escrita, rígida, pérea, parcialmente flexible, codificada, formal.

Prelación normativa

  1. Constitución Nacional + tratados internacionales
  2. Concordatos
  3. Leyes del congreso, etc.

Sistema difuso: CSJN + tribunales inferiores.

Artículo 30 - Convención de reforma

La constitución puede reformarse en el todo o en alguna de sus partes mediante una ley especial del congreso a tales efectos (cuórum de 2/3 de miembros presentes de c/cámara) y formar una convención especial de reforma Ad hoc.

Partes de la Constitución

1° parte dogmática - rígida

Son las Declaraciones, derechos y garantías, requiere convención Ad Hoc para ser reformada.

2° parte orgánica - flexible

Puede ser reformada sin declarar una ley especial a tales efectos.

Constitucionalismo

Proceso social-jurídico-político que impulsa la organización de un estado de derecho, con el objetivo de limitar el aparato represivo del estado.

Constitución

Ley fundamental que ordena jurídicamente a un estado.

El estado de derecho: Principios

  • Vida
  • Libertad
  • Seguridad
  • Propiedad
  • Soberanía del pueblo
  • Democracia
  • Representatividad
  • División de poderes
  • Imperio de la ley

Reserva

Ningún magistrado puede intervenir en la vida y la propiedad sino en virtud de sentencia fundada en ley.

Retroactividad

La ley tiene vigencia desde su promulgación.

Independencia de la justicia

Tienen autonomía funcional.

Jerarquía normativa

Las normas inferiores son válidas según otra norma superior que la sustenta.

Legalidad de la administración pública

Solo actúa según las normas.

Justicia constitucional

Los jueces ejercen el control de legalidad y de constitucionalidad de las leyes.

Tipos de Constitución

  • Racional-normativo: normas escritas en cuerpos codificados
  • Historicista: tradición social del pasado
  • Sociológico: función de la constitución en la sociedad actual

Estado de derecho

Modelo de país regido por un sistema jurídico escrito que reconoce los derechos de los ciudadanos.

Caracteres

  • Libertad
  • Igualdad
  • Propiedad
  • División de poderes
  • Democracia

Poder constituyente

Voluntad política y creadora del pueblo para fundar un estado en etapa inicial mediante una carta magna que organice jurídicamente al país en un estado de derecho.

Originario

Por primera vez en 1853 y se perfeccionó en 1860, el poder del pueblo que sienta las primeras bases del estado.

Derivado

Facultad de gobernantes para realizar posteriores reformas constitucionales.

Etapas de reforma

  1. Iniciativa: establece los ítems de reforma
  2. Revisión: convención AD HOC, lleva a cabo la reforma
  3. Eficacia: se ratifica la reforma

Preambulo

Declaración del espíritu del pueblo basado en valores morales, políticos, sociales, religiosos, jurídicos, culturales, poder del pueblo, sistema democrático, unidad nacional.

Derechos

1°G: Civiles - Individuales

Libertad, igualdad, fraternidad, propiedad, por oposición los políticos.

2°G: Sociales, económicos, culturales

Ejercer la industria, actividad gremial y sindical, seguridad social.

3°G: Difusos: de la comunidad y grupos sociales afectados

Consumidores, ONGs, identidad de género, ambientales.

Garantía

Mecanismo de protección: amparo, hábeas data, hábeas corpus, limitan el poder del estado.

Declaración

Reconocimiento escrito de los derechos que perfilan a la nación (preambulo-forma de gobierno).

Derechos

Prerrogativas de las personas para obrar y armonizar la convivencia.

Derechos enumerados

Enunciados en forma expresa: igualdad, libertad, propiedad.

Derechos no enumerados

No enunciados, surgen implícitamente (art 33, surgen de forma implícita no escrita).

Poder de policía

Facultad del estado para restringir y reglamentar el ejercicio de los derechos en situaciones de crisis sociales.

Restringido

Salubridad, economía, educación, seguridad, propiedad, moralidad.

Amplio

Termina regulando derechos, se desnaturaliza.

Ercolano

Afectación del derecho de propiedad y contratación (art 14 y 17), poder de policía se aplica sobre el derecho a la vivienda y libertades económicas, es un poder de policía en sentido amplio.

Callao

En materia económica por falta de empleo, obliga a los empresarios a contratar para palear situación de desempleo, medida desproporcionada y arbitraria contraria al Art 28 sobre afectación del art 14: derecho a comerciar, contratar, art 17: la propiedad.

Saladeristas

Restringe el ejercicio del comercio, de la industria lícita; art 14 y 17 sobre la propiedad privada, y en materia de prevención de daño ambiental y salubridad.

19+28: Legalidad y razonabilidad

Los derechos no pueden ser alterados por las leyes que reglamentan su ejercicio.

Razonabilidad

28+14. Los habitantes gozan de todos los derechos conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio.

CSJN

Establece que los derechos no son absolutos.

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