Principio de personalidad de la pena

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El 31 de Octubre de 1978 se aprueba el texto de la constituciónEl 6 de Diciembre se aprobó en referéndum,El 27 de Diciembre
Promulgado y sancionado por el reyEl 29 de Diciembre publicación en el BOE y entra en vigor
.Carácterísticas: Constitución Cerrada, es solo Un texto.
Extensión Laboriosa. Su rigidez, no se Puede modificar. Forma política monarquía Parlamentaria.
Configuración del estado, unitario regionalizado y no federal.

Influencias en

C española de 9/12 1931, C italiana de 1947, ley Fundamental de Bonn 1949, y textos como la declaración universal de los Derechos humanos, el convenio europeo para la protección de estos, y de las Libertades fundamentales.

Estructura:

Preámbulo, Titulo preliminar y 10 más, 4
D. Adicionales, 9
D. Transitoria, 1 D. Derogatoria, 1 D. Final. 

Preámbulo

: resume ideas Plasmadas, no tiene fuerza jurídica, pero si valor declaratorio-político. Establece la justicia, igualdad y la seguridad y promover el bien de cuantos la Integran, en uso de su soberanía.

Garantiza:

la convivencia democrática, consolidar un estado de derecho, proteger A todos los españoles y pueblos, promover el progreso de la cultura y Economía, establecer una sociedad democrática avanzada y colaborar en el Fortalecimiento de unas relaciones pacificas.

PRELIMINAR: Art1

Define el estado de derecho (social Y democrático), que propugna como valores superiores:
libertad, justicia, Igualdad y el pluralismo político, enuncia el titular de la soberanía y Consagra la llamada forma política (M. Parlamentaria)

Manifestaciones del estado de derecho


1. Imperio de la ley, la C garantiza el P. De legalidad, El Gobierno ejerce sus funciones de acuerdo  Con la C y las leyes. 2. La división de poderes: Las C.G ejercen La potestad legislativa y controlan la acción del gobierno que este dirige la Política interior y exterior, la adm civil y militar y la defensa del estado. 3. El principio de legalidad. 4. Reconocimiento formal de los Derechos y libertades.Manifestaciones Del estado democrático de derecho: 1 Reconocimiento de la soberanía popular Reside en el pueblo y emanan los poderes del estado. 2. Las cortes Representan al pueblo. 3. La justicia emana del pueblo. 4. Aceptación del pluralismo político y social donde los ciudadanos participaran En los asuntos públicos, derecho de petición, participación en Los procedimientos adm y en la adm de justicia.

Art 2: La

C. Se fundamenta en la indisoluble unidad de la nacíón Española patria común e indivisible de Todos los españoles y reconoce y Garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones y la solidaridad entre ellas.
Art3. Castellano lengua oficial, Deber de conocerla y derecho de usara.

Art4

La bandera de España.

Art5


Madrid, capital Art6:

Los partidos Políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y Manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la Participación política.
Art7: Sindicatos y asociaciones, defienden y promueven los intereses Económicos y sociales.
Art8:Las fuerzas armadas Garantizan la soberanía e independenciade España, defiende su integridad territorial y el ordenamiento Constitucional.

Art9: Principios de Nuestro ordenamiento jurídico:

Legalidad, jerarquía normativa, Publicidad de las normas, irretroactividad de las D. Sancionadoras no Favorables o restrictivas de derechos individuales. Y Responsabilidad e Interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. 

TITULO I Derechos y deberes Fundamentales

Capítulo I



Art10: Fundamento del Orden político y de la paz social:

Dignidad de la persona, derechos Inviolables que le son inherentes, libre desarrollo de la personalidad, respeto De la ley y a los derechos de los demás. Las normas se interpretaran con la Declaración de universal de los derechos humanos y tratados y acuerdos Internacionales.
Art11: La Nacionalidad española, se adquiere, se conserva y se pierde, sin que Ningún español pueda ser privado.

Art12: Mayoría de edad;  Art13


Los extranjeros similitud con los Españoles.

Capítulo II:

Derechos y libertades.

Capítulo III:

Política Social y económica consagrando los derechos sociales.

Capítulo IV

Garantías de Las libertades y derechos fundamentales, regulando el defensor del pueblo.

Capitulo V

Suspensión de los Derechos y libertades en los estados de excepción y sitio, también contra Bandas armadas o elementos terroristas.

Art14:

Principio de igualdad: somos = antela ley sin discriminación.
Art15:Derecho a la vida y a la integridad física y moral, no pena de Muerta. Maltratosni torturas.

Art 16: Libertad ideológica, Religiosa y de culto

Mantenimiento del orden público, sin que pueda nadie Ser obligado a declarar sobre su ideología, religión y creencias, consagrándose A la aconfensionalidad del estado.

Art17


Derecho a la libertad y a la seguridad Personal

Nadie podrá ser privado de su libertad. Máxima detención 72h, Puesto en libertad o a disposición judicial.Y deberá de ser informada de los motivos de su detención no está Obligado a declarar ni a declararse culpable.

Art18


Derecho al Honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen

Domicilio Es inviolable, Secreto de las comunicaciones, La ley limita el uso de la Informática.

Art19: Derecho a la libre elección de residencia y a la libre Circulación por el territorio nacional. Art20:

Derecho de expresión: expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y Opiniones, a la producción y creación literaria, artística científica y Técnica, a la libertad de cátedra y a comunicar y recibir libremente Información. No puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa. La Ley regula la organización y control de los medios de comunicación dependientes Del estado. Limite en los derechos reconocidos en el título I y al derecho de Honor, intimidad a la propia imagen etc. Solo podrá acordar el secuestro de Publicaciones por resolución judicial.
Art21: Derecho de reuníón pacífica y Sin armas, sin autorización previa pero comunicación a la autoridad, Solo se prohibirán con razones fundadas de alteración del orden público.

Art22


Derecho de asociación

Inscrito en un registro a los solos efectos De publicidad y sin que se disuelvan o suspendan sus actividades si no es por Orden del juez. Prohibidas las asociaciones secretas y de carácter Paramilitar.Y legales aquellas con Fines de delito.

Art23: Derecho a La participación en los asuntos públicos

Directamente o por Representantes. Se tiene el derecho a acceder en condiciones de igualdad a las Funciones y cargos públicos. Ley Orgánica 3/2007 de 22/03, igualdad efectiva de mujeres y hombres

.  Art24: Derecho de todas las personas a obtener tutela efectiva de los jueces y Tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos

Se tiene derecho a un
Juez ordinario, defensa y asistencia de letrado. 

Art25:


Principio de Legalidad penal:

Nadie puede ser condenado o sancionado por omisiones o Acciones que no constituyan delito falta o infracción. Las penas privativas de Libertad y medidas de seguridad orientadas a la reinserción social que no serán Con trabajos forzosos, gozaran de los derechos fundamentales con excepción de Contenido de fallo condenatorio, sentido de la pena y ley pertinencia ría. Se Tendrá un trabajo reenumerado y SS, acceso a la cultura, desarrollo integral de Su personalidad. La administración pública no pondrá sanciones que impliquen la Privación de libertad.

Art26: Prohibición de los tribunales de honor en el ámbito de la Adm civil y de las Organizaciones profesiones. Art27: Derecho a la educación.

Su fin es El desarrollo de la personalidad humana en el respeto de convivencia y a los Derechos y deberes fundamentales. Los Poderes públicos garantizan el derecho Que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y Moral, también garantizan este derecho con una programación general de Enseñanza y inspeccionaran y homologaran el sistema educativo y ayudaran a los Centros a reunir los requisitos que la ley establezca. Es obligatoria y Gratuita. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de Creación de centros docentes. Los profesores, padres y alumnos intervendrán en La gestión y control de los centros. Se reconoce autonomía en las 

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