Principio de personalidad de la pena
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El 31 de Octubre de 1978 se aprueba el texto de la constituciónEl 6 de Diciembre se aprobó en referéndum,El 27 de Diciembre
Promulgado y sancionado por el reyEl 29 de Diciembre publicación en el BOE y entra en vigor
.Carácterísticas: Constitución
Cerrada, es solo
Un texto.
Extensión
Laboriosa. Su rigidez, no se
Puede modificar. Forma política monarquía
Parlamentaria.
Configuración del estado, unitario regionalizado y no federal.
Influencias en
C española de 9/12 1931, C italiana de 1947, ley
Fundamental de Bonn 1949, y textos como la declaración universal de los
Derechos humanos, el convenio europeo para la protección de estos, y de las
Libertades fundamentales.
Estructura:
Preámbulo, Titulo preliminar y 10 más, 4
D. Adicionales, 9
D.
Transitoria, 1 D. Derogatoria, 1 D. Final.
Preámbulo
: resume ideas
Plasmadas, no tiene fuerza jurídica, pero si valor declaratorio-político.
Establece la justicia, igualdad y la seguridad y promover el bien de cuantos la
Integran, en uso de su soberanía.
Garantiza:
la convivencia democrática, consolidar un estado de derecho, proteger
A todos los españoles y pueblos, promover el progreso de la cultura y
Economía, establecer una sociedad democrática avanzada y colaborar en el
Fortalecimiento de unas relaciones pacificas.
PRELIMINAR: Art1
Define el estado de derecho (social
Y democrático), que propugna como valores superiores:
libertad, justicia,
Igualdad y el pluralismo político, enuncia el titular de la soberanía y
Consagra la llamada forma política (M. Parlamentaria)
Manifestaciones del estado de derecho
1. Imperio de la ley, la C garantiza el P. De legalidad,
El Gobierno ejerce sus funciones de acuerdo
Con la C y las leyes. 2. La división de poderes: Las C.G ejercen
La potestad legislativa y controlan la acción del gobierno que este dirige la
Política interior y exterior, la adm civil y militar y la defensa del estado.
3. El principio de legalidad. 4. Reconocimiento formal de los
Derechos y libertades.Manifestaciones
Del estado democrático de derecho: 1 Reconocimiento de la soberanía popular
Reside en el pueblo y emanan los poderes del estado. 2. Las cortes
Representan al pueblo. 3. La justicia emana del pueblo. 4.
Aceptación del pluralismo político y social donde los ciudadanos participaran
En los asuntos públicos, derecho de petición, participación en
Los procedimientos adm y en la adm de justicia.
Art 2: La
C. Se fundamenta en la indisoluble unidad de la nacíón
Española patria común e indivisible de
Todos los españoles y reconoce y
Garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones y la solidaridad entre ellas.
Art3. Castellano lengua oficial,
Deber de conocerla y derecho de usara.
Art4
La bandera de España.
Art5
Madrid, capital Art6:
Los partidos
Políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y
Manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la
Participación política.
Art7: Sindicatos y asociaciones, defienden y promueven los intereses
Económicos y sociales.
Art8:Las fuerzas armadas
Garantizan la soberanía e independenciade España, defiende su integridad territorial y el ordenamiento
Constitucional.
Art9: Principios de Nuestro ordenamiento jurídico:
Legalidad, jerarquía normativa,
Publicidad de las normas, irretroactividad de las D. Sancionadoras no
Favorables o restrictivas de derechos individuales. Y Responsabilidad e
Interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
TITULO I Derechos y deberes Fundamentales
Capítulo I
Art10: Fundamento del Orden político y de la paz social:
Dignidad de la persona, derechos
Inviolables que le son inherentes, libre desarrollo de la personalidad, respeto
De la ley y a los derechos de los demás. Las normas se interpretaran con la
Declaración de universal de los derechos humanos y tratados y acuerdos
Internacionales.
Art11: La
Nacionalidad española, se adquiere, se conserva y se pierde, sin que
Ningún español pueda ser privado.
Art12: Mayoría de edad; Art13
Los extranjeros similitud con los
Españoles.
Capítulo II:
Derechos y libertades.
Capítulo III:
Política
Social y económica consagrando los derechos sociales.
Capítulo IV
Garantías de
Las libertades y derechos fundamentales, regulando el defensor del pueblo.
Capitulo V
Suspensión de los
Derechos y libertades en los estados de excepción y sitio, también contra
Bandas armadas o elementos terroristas.
Art14:
Principio de igualdad: somos = antela ley sin discriminación.
Art15:Derecho a la vida y a la integridad física y moral, no pena de
Muerta. Maltratosni torturas.
Art 16: Libertad ideológica, Religiosa y de culto
Mantenimiento del orden público, sin que pueda nadie
Ser obligado a declarar sobre su ideología, religión y creencias, consagrándose
A la aconfensionalidad del estado.
Art17
Derecho a la libertad y a la seguridad Personal
Nadie podrá ser privado de su libertad. Máxima detención 72h,
Puesto en libertad o a disposición judicial.Y deberá de ser informada de los motivos de su detención no está
Obligado a declarar ni a declararse culpable.
Art18
Derecho al Honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen
Domicilio
Es inviolable, Secreto de las comunicaciones, La ley limita el uso de la
Informática.
Art19: Derecho a la libre elección de residencia y a la libre Circulación por el territorio nacional. Art20:
Derecho de expresión: expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y
Opiniones, a la producción y creación literaria, artística científica y
Técnica, a la libertad de cátedra y a comunicar y recibir libremente
Información. No puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa. La
Ley regula la organización y control de los medios de comunicación dependientes
Del estado. Limite en los derechos reconocidos en el título I y al derecho de
Honor, intimidad a la propia imagen etc. Solo podrá acordar el secuestro de
Publicaciones por resolución judicial.
Art21: Derecho de reuníón pacífica y
Sin armas, sin autorización previa pero comunicación a la autoridad,
Solo se prohibirán con razones fundadas de alteración del orden público.
Art22
Derecho de asociación
Inscrito en un registro a los solos efectos
De publicidad y sin que se disuelvan o suspendan sus actividades si no es por
Orden del juez. Prohibidas las asociaciones secretas y de carácter
Paramilitar.Y legales aquellas con
Fines de delito.
Art23: Derecho a La participación en los asuntos públicos
Directamente o por
Representantes. Se tiene el derecho a acceder en condiciones de igualdad a las
Funciones y cargos públicos. Ley
Orgánica 3/2007 de 22/03, igualdad efectiva de mujeres y hombres
. Art24: Derecho de todas las personas a obtener tutela efectiva de los jueces y Tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos
Se tiene derecho a un Juez ordinario, defensa y asistencia de letrado.
Art25:
Principio de Legalidad penal:
Nadie puede ser condenado o sancionado por omisiones o
Acciones que no constituyan delito falta o infracción. Las penas privativas de
Libertad y medidas de seguridad orientadas a la reinserción social que no serán
Con trabajos forzosos, gozaran de los derechos fundamentales con excepción de
Contenido de fallo condenatorio, sentido de la pena y ley pertinencia ría. Se
Tendrá un trabajo reenumerado y SS, acceso a la cultura, desarrollo integral de
Su personalidad. La administración pública no pondrá sanciones que impliquen la
Privación de libertad.
Art26: Prohibición de los tribunales de honor en el ámbito de la Adm civil y de las Organizaciones profesiones. Art27: Derecho a la educación.
Su fin es El desarrollo de la personalidad humana en el respeto de convivencia y a los Derechos y deberes fundamentales. Los Poderes públicos garantizan el derecho Que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y Moral, también garantizan este derecho con una programación general de Enseñanza y inspeccionaran y homologaran el sistema educativo y ayudaran a los Centros a reunir los requisitos que la ley establezca. Es obligatoria y Gratuita. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de Creación de centros docentes. Los profesores, padres y alumnos intervendrán en La gestión y control de los centros. Se reconoce autonomía en las