Prevención de riesgos laborales y seguridad en el trabajo

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PELIGRO: Toda situación con potencial de producir un daño, lesión o enfermedad, daño a la propiedad, daño al ambiente del lugar de trabajo o combinación de estos

RIESGOS: Combinación entre la posibilidad y consecuencias de la ocurrencia de un determinado evento peligroso. A diferencia del peligro, es cuantificable

INCIDENTE: Hecho imprevisto e inesperado que interrumpe el proceso de la actividad y que puede generar daños a la propiedad-persona o medio ambiente

ACCIDENTE: Provoca daño, también interrumpe o interfiere el proceso de la actividad ocasionado pérdida o daños a la persona y/o propiedad. Estos ocurren por actos imprudentes de personas, equipos, herramientas, maquinarias o lugares en condiciones inadecuadas.

Actos inseguros: Exceso de confianza

Condiciones Inseguras: Falta de mantenimiento, orden y limpieza.

CAUSAS DE ACCIDENTES:

Fallas de control, Fallas, omisiones y debilidades en los sistemas y procesos de gestión de seguridad/proceso productivo, Factores personales, Falta de control administrativo, Falta de capacitación, Falta de motivación, Incapacidad física o psicológica, Factores técnicos o laborales (normas incorrectas o inexistentes, desgaste normal por uso de herramientas o equipamientos, diseño o mantención incorrecta, procedimientos incorrectos de trabajo).

DEBER MORAL:

El trabajo no debe perjudicar la salud de los trabajadores, aun cuando estos daños pueden ser evitados. Por eso, todo daño que pueda tener un trabajador por motivo de su trabajo es considerado moralmente inaceptable.

RESPONSABILIDAD SOCIAL:

La empresa debe asumirla, esta forma parte de un deber social, esta no puede desentenderse del impacto que sus acciones provocan en sus trabajadores.

OBLIGACIÓN LEGAL:

En el cumplimiento de la Ley 1958/72 De HyS, sus decretos y resoluciones reglamentarias) y Ley 24557

CONVIVENCIA ECONÓMICA:

Ya que los accidentes no deseados son acontecimientos que destruyen el patrimonio de la empresa, aumentando los costos operativos.

COSTOS:

Gastar o distribuir recursos para la fabricación de un bien o para la posibilidad de prestar un servicio.

  • Asegurados: Engloba los servicios a cargo de la ART, ej. traslado del paciente, prestación médicas
  • No Asegurados: Engloban otras prestaciones o servicios relacionados con el accidente laboral o enfermedad profesional no cubiertos por la ART

SRT: Depende de Ministerio de Trabajo, se encarga del cumplimiento de las normas de salud y seguridad, controlan las ART, promueven la prevención para conseguir ambientes laborales sanos y seguros

La Ley 19587/25 organiza y establece condiciones de HyS

La Ley 24557/96 organiza y establece prestaciones asistenciales por accidente de trabajo y enfermedades relacionadas a este.

PELIGROS

MECÁNICOS: Fuerza y movimientos, ejemplos máquinas, trabajar con herramientas, falta de limpieza, golpe contra objetos inmóviles

FÍSICOS: Formas de energía presentes en el ambiente de trabajo, ruido, iluminación insuficiente, ambiente térmico, vibraciones

QUÍMICOS: Se transmiten por vías, rótulos inadecuados o inexistentes de sus peligrosas, envases dañados de sustancias que pueden ser inhaladas, exposición prolongada a sustancias químicas

BIOLOGICO: Seres vivos, presencia de virus, hongos, bacterias, ambientes sanitarios

ELECTRICOS: Cables sin aislamiento, energización de equipos, falta de señalización

ERGONÓMICOS: Posturas, esfuerzos, diseño inadecuado del puesto de trabajo, posturas incorrectas, movimientos repetitivos o monótonos.

RIESGOS

MECÁNICOS: Caída a mismo nivel de objetos, atrapamiento por objetos, atropellos por vehículos, golpes o choques de objetos

FÍSICOS: Lesión en el órgano visual por iluminación, deslumbramiento por iluminación mal direccionada, exposiciones a ambientes malos

QUÍMICOS: Ingestión de sustancias dañinas, contacto de la piel con sustancia que pueden provocar lesión dérmica

BIOLOGICOS: Exposición a virus, hongos, bacterias

ELECTRICOS: Contacto eléctrico directo o indirecto, cortocircuitos, fogonazos

ERGONÓMICOS: Manipulación de objetos pesados, movimientos repetitivos, postura inadecuada, carga postural estática o inactividad muscular

Ejemplos de Costos

Asegurados: Médicos, prestaciones médicas, traslado del paciente

No Aseg. daño a la propiedad: Daño a los edificios, al equipo y herramientas, daño al producto y material, interrupción de producción, gastos legales, gastos de equipo y provisiones de emergencia, arriendo de equipos de reemplazo.

No aseg. misceláneos: Gastos administrativos, uso de teléfono por el accidente, tiempo de personal calificado para la investigación del accidente, salarios pagados por pérdidas de tiempo, tiempo extra de supervisión, tiempo de trámites administrativos, menor producción por trabajador lesionado, costo de contratar personal de reemplazo)

OIT: Agencia especializada de Naciones Unidas que procura fomentar la justicia social y DDHH y laborales internacionalmente reconocidos. Fue creada con el propósito de adoptar normas internacionales que abordaran el problema de las condiciones de trabajo (injusticia, miseria y privaciones). Misión: promover y cumplir las normas, principios y derechos fundamentales en el trabajo, crear mayores oportunidades para que mujeres y hombres puedan tener trabajo e ingresos dignos, mejorar la cobertura y eficacia de la seguridad social, fortalecer el tripartismo y el diálogo social

LEY 19587:

Organiza y establece condiciones de Seg y Hig en el trabajo. Esta ley se ajusta a todo el territorio de la república, a todos los establecimientos y explotaciones con o sin fines de lucro. Cuando la prestación de esta es por terceros, esta es solidaria. Comprende normas técnicas, sanitarias, precautorias de cualquier índole que tengan por objeto proteger la vida, preservar y mantener la integridad, prevenir, reducir, eliminar, estimular y desarrollar una actividad. Reglamenta las condiciones de higiene y seguridad de los ambientes de trabajo.

Todo empleador debe adoptar condiciones ambientales y sanitarias adecuadas, mantenimiento y resguardos de maquinarias, suministro de EPP, disponer de examen preocupación y revisión médica periódica del personal, equipos necesarios para renovación del aire y eliminación de gases, evitar la acumulación de desechos, eliminar y aislar ruidos y vibraciones.

El trabajador está obligado a cumplir con las normas de HyS, cuidado del EPP, someterse a exámenes médicos preventivos o periódicos y cumplir con las prescripciones e indicaciones a tal efecto.

LEY 24557/96:

Organiza y establece prestaciones asistenciales por accidentes de trabajo y enfermedades relacionadas a este. Reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo, brindar asesoramiento, localizar riesgos y efectos sobre la salud de los trabajadores.

DECRETO 1338/96:

Establece que la SRT es la entidad que mantiene actualizado el registro de accidentes de trabajo.

ENFERMEDAD PROFESIONAL: Causada directamente por el ejercicio de la profesión o el trabajo que efectúa un individuo y que le produce incapacidad o muerte. Por ejemplo, sordera por exposición a ruidos, radiaciones, contaminantes químicos.

ACCIDENTE DE TRABAJO: Un hecho súbito y violento ocurrido por causa o en ocasión del trabajo en el lugar donde el trabajador realiza su tarea, en horario de trabajo.

IN ITINERE: Trayecto del hogar al trabajo y viceversa, recorrido lógico, se hace declaración del recorrido habitual durante el contrato y si se hace un cambio de domicilio se debe actualizar dicho documento.

Obligaciones ART en LRT

Determinación de la existencia de riesgos y posibles efectos sobre la salud, Normativa vigente en materia de HyS en el trabajo, Selección de EPP, Suministro de información relacionada con la seguridad en el empleo de productos químicos y biológicos, Cumplir con todas las obligaciones que establezca la SRT, Vigilar la marcha del Plan de Mejoramiento, Mantener un registro de siniestralidad.

Obligaciones empleador LRT

Notificar empleados acerca de la identidad de la ART a la que se encuentran afiliados, Notificar a la aseguradora altas y bajas de personal, Cumplir normas de HyS, Mantener un registro de siniestralidad, Brindar capacitación respecto a los riesgos en los puestos de trabajo, empleador obligado a denunciar en la aseguradora todo accidente o enfermedad profesional, Cumplir el programa de capacitación acordado con la aseguradora.

Obligaciones empleado LRT

Recibirán de su empleador información y capacitación en materia de prevención de riesgos, Cumplir las normas de HyS, Someterse a exámenes médicos y tratamientos indicados por la aseguradora, Denunciar ante el empleador accidentes y enfermedades que sufran, Utilizar EPP, asistir a los cursos de capacitación, uso correcto de sustancias, herramientas, etc., con los que desarrollen su actividad laboral.

Sistema de gestión:

Es un método lógico y por pasos que nos permitirá decidir aquello que debe hacerse y el mejor modo de hacerlo. Debe ser capaz de adaptarse a cambios operados en la actividad de la organización y a los requisitos legislativos.

Pirámide del manual de gestión: Registros (base), instructivos, procedimientos, Política (punta)

Política: Son normas amplias, generales, elásticas y realistas, permiten a los jefes aplicar su propio criterio.

Procedimientos: Documentos que detallan la forma exacta en que debe desarrollarse una actividad.

Instructivos: Documentos que permiten desarrollar con mayor detalle alguna de las particularidades de un procedimiento para hacer la actividad más comprensiva y controlable.

Registros: Reflejan las distintas acciones desarrolladas.

Cuales son los Objetivos de la LRT? Su principal objetivo es reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo, su segundo objetivo es la reparación de los daños derivados de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales, rehabilitación, promoción de la recalificación y recolocación de los trabajadores damnificados.

Decreto 1338/96: Establece que la SRT es la entidad que mantiene actualizado el registro nacional de accidentes de trabajo, tiene como misión promover y mantener el nivel más alto de salud de los trabajadores. Establece los alcances del Servicio de medicina del trabajo, el cual tiene como misión promover y mantener el más alto nivel de salud de los trabajadores, ejecutando acciones de educación sanitaria, socorro, vacunación y estudios de ausentismos por morbilidad. Determina quién podrá dirigir Servicios de HyS en el trabajo (ingenieros laborales, licenciados en HyS, Técnicos en HyS, Ingenieros y químicos con el postgrado en HyS).

Exentos a tener profesional de HyS: Establecimientos dedicados a agricultura, caza y pesca que tengan hasta 15 trabajadores, establecimientos exclusivos a tareas administrativas hasta 200 empleados, servicios médicos sin internación, establecimientos educativos que no tengan talleres.

Método de causa efecto confección:

Especificar el problema, se traza el gráfico, reunirse y conversar con las personas relacionadas al accidente/problema, Identificar causas principales y secundarias, se deben ordenar las ideas (agrupar las causas en 4 grupos principales: materiales, métodos, Mano O, Maquinaria). El uso de este diagrama es para atacar los problemas de calidad, investigación de las causas de una accidente laboral.

Higiene Industrial

Se encarga de reconocer, evaluar y controlar los factores ambientales de un lugar de trabajo. Su fin es que la persona en su trabajo se vean libres de daños, garantizándole al trabajador un ambiente de trabajo sano, agradable y libre de incomodidades. Reconocer (agente nocivo), evaluar si existe riesgo para los trabajadores por concentración, controlar (medidas de prevención y control de riesgo de dicho agente).

Cuando la concentración en la que se encuentra el agente nocivo supera el límite permisible, posibilidad de adquirir una enfermedad profesional. Para que se produzca el daño necesario se debe recibir una dosis que exceda los límites permisibles, resultado de una exposición diaria y sostenida en el tiempo. También depende de la susceptibilidad de las personas.

CMP: Concentración máxima permisible ponderada en el tiempo. Concentración media ponderada en el tiempo, para una jornada normal a la cual los trabajadores pueden estar expuestos, día tras día sin sufrir efectos adversos.

CMP-CPT: Concentración máxima permisible para cortos periodos de tiempo. Concentración máxima a la que pueden estar expuestos los trabajadores durante un periodo continuo y hasta 15 min sin sufrir efectos adversos, no más de 4 de estas situaciones por día y separadas como mínimo en 60 min. No superándose CMP.

C: Concentración máxima permisible. Valor Techo. Concentración no sobrepasable en ningún momento.

Tipos de Contaminantes:

Contaminantes Físicos: Son distintas formas de energía que pueden afectar a los trabajadores sometidos a ellas. Energía Mecánica por Ruidos y/o vibraciones, Energía térmica por Calor y el frío. Energía como radiación.

Contaminantes Químicos: Son toda sustancia orgánica e inorgánica, natural o sintética, que durante su manipulación puede incorporarse al aire en forma de polvos, humos, gases o vapores con efectos irritantes, corrosivos, tóxicos y en cantidades elevadas ponen en riesgo la salud del trabajador.

Contaminantes Biológicos: Las bacterias, virus, polen.

Árbol de causas: Es un procedimiento ascendente o inductivo; parte del accidente pero remonta hacia los disfuncionamientos que lo provocaron y que contribuyeron a provocarlo. Es un procedimiento tipo "diagnóstico", busca identificar el estado del sistema conociendo el síntoma. Primero, se recopila información (se debe recoger información sobre hechos concretos y objetivos. ¿Cuándo? Lo antes posible, después del accidente/incidente. ¿Quién? La persona/s que van a realizar la investigación y tengan conocimiento de la actividad y forma habitual de ejecución. ¿Cómo? Recogida de muestras y mediciones, información de testigos, análisis del técnico o técnicos.



Ejemplos de árboles de causas

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