Prestaciones por Nacimiento y Capitalización del Desempleo: Claves Laborales

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Prestación por Nacimiento y Cuidado de Menor

La prestación por nacimiento y cuidado de menor (conocida tradicionalmente como maternidad/paternidad) es el subsidio económico y el periodo de descanso retribuido al tener un hijo, ya sea por nacimiento biológico, adopción o acogimiento, permitiendo el cuidado del menor sin pérdida de ingresos.

Duración y condiciones según el RDL 9/2025

  • Duración estándar: 16 semanas para cada progenitor.
  • Periodo obligatorio: Las primeras 6 semanas deben disfrutarse de forma ininterrumpida y a jornada completa inmediatamente después del parto para garantizar la salud de la madre y el cuidado del bebé.
  • Flexibilidad: Las 10 semanas restantes pueden disfrutarse de manera flexible, ya sea a jornada completa o parcial, durante el primer año de vida del niño.

Cuantía y requisitos

  • ¿Cuánto se cobra?: El 100% de la base reguladora. Esta prestación equivale al salario habitual y está exenta de tributar en el IRPF.
  • Requisitos de cotización:
    • Mayores de 26 años: Haber cotizado al menos 180 días en los últimos 7 años, o 360 días a lo largo de toda la vida laboral.
    • Menores de 21 años: No se exige periodo mínimo de cotización.

Capitalización de la Prestación por Desempleo (Pago Único)

La capitalización o pago único es una medida de fomento del empleo diseñada para facilitar la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo o trabajo autónomo.

¿En qué consiste?

Permite a los beneficiarios de una prestación contributiva por desempleo percibir, en un solo pago, el valor actual del importe de las mensualidades pendientes de recibir.

Destino de los fondos

El capital obtenido debe invertirse obligatoriamente en alguna de las siguientes opciones:

  • Incorporarse como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas existentes o de nueva creación.
  • Constituir o incorporarse a sociedades laborales.
  • Desarrollar una actividad económica como trabajadores autónomos (cuenta propia).
  • Aportar capital social a una entidad mercantil de nueva creación o constituida en el año anterior, siempre que se ejerza el control efectivo de la misma.

Alternativa de subvención

El importe de la prestación pendiente también puede destinarse, de manera total o parcial, a la subvención de las cuotas de la Seguridad Social (por ejemplo, el RETA) durante el tiempo que se desarrolle la actividad.

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