Pliego de condiciones técnicas y régimen de pagos en obras de construcción

Enviado por Chuletator online y clasificado en Diseño e Ingeniería

Escrito el en español con un tamaño de 4,26 KB

a.Pliego de condiciones técnicas particulares:

-Prescripciones sobre los materiales: características mínimas que deben reunir los productos, equipos y sistemas, así como sus condiciones de suministro, recepción, manipulación, garantías… Documentos Reconocidos (DR)

-Prescripciones de la ejecución por unidades de obra: características técnicas de cada unidad de obra, indicando su proceso d ejecución, normas de aplicación, condiciones previas a su realización, tolerancias admisibles, control de ejecución, ensayos… Se precisarán además las medidas para asegurar la compatibilidad entre los diferentes productos, elementos y sistemas constructivos.  

-Prescripciones sobre verificaciones y control en edificio terminado: verificaciones y pruebas de servicio para comprobar las prestaciones finales del edificio. 

3. Régimen de los pagos CAE MUCHO EN EXAMEN:

En las obras de una duración normal, la practica común consiste en la valoración económica de los trabajos realizados mediante certificaciones periódicas, generalmente mensuales. Para ello deberá tenerse en cuenta que los precios que rigen en la obra, no son los incluidos en el presupuesto del proyecto, sino los que libremente hayan acordado el propietario y el contratista al suscribir el contrato de obras y que sustituyen, por tanto, a los primeros.

La LOE establece entre las obligaciones del director de la ejecución de la obra la de elaborar y suscribir las certificaciones parciales es labor del director de ejecución de la obra y entre las del director de obra la de conformar las certificaciones parciales.

Medición “a origen” y “a buena cuenta”:cada mes y dentro del plazo señalado en el contrato de obras, el director de ejecución de la obra efectuará, acompañado por el contratista, una medición de la obra realmente ejecutada desde el inicio de los trabajos de construcción del edificio, lo que recibe el nombre de “medición a origen”, a lo que se deducirá lo liquidado en las certificaciones anteriores.

Las certificaciones se consideran a buena cuenta, es decir, sujetas a las rectificaciones y modificaciones que se produzcan en las mediciones de las certificaciones siguientes o en la liquidación final.

Precios contradictorios: “Reformados”:unidades de obra que no fueron previstas en el proyecto, se deberá fijar un precio nuevo que en el sector de la construcción recibe el nombra de precio contradictorio y que normalmente propondrá el contratista al arquitecto director de obra, debiendo este aprobarlo antes de la ejecución de la unidad de obra.

El precio contradictorio deberá presentarse descompuesto, es decir, disgregando los costes de mano de obra, materiales, medios auxiliares y coses indirectos que intervienen en su formación,debiendo ser coherente con los costes de unidades similares existentes en el proyecto.

Este tipo de obras no previstas en el proyecto se denominan reformados, Al no formar parte del contrato de obras el constructor no está obligado a su realización, puede negarse a ejecutarlas en caso de disconformidad con la dirección facultativa sobre el precio propuesto.

Para evitar esto, que los constructores oferten precios descompuestos de zonas estratégicas, sobretodo de acabados esto ayudara a negociar el precio contradictorio. NEGOCIAR CON MAS SEGURIDAD. Obras nuevas = modificados = reformados.

Por tanto, el importes de la certificación mensual de obra será el resultado de aplicar a las unidades de obra ejecutada existentes en el proyecto los precios contratados, añadiendo el que resulta de aplicar a las unidades no prevista los precios contradictorios.

Retención:en el contrato de obras se estipula una retención, para garantizar el pago de las penalizaciones por retraso de la ejecución de obra o la ejecución de las obras necesarias en el periodo de garantía. 5% de retención, es un porcentaje convencional

Liquidación de obra:se producirá una vez esté terminada la obra. La liquidación supone junto a la recepción de la obra la última fase del trabajo de edificación del arquitecto y consiste en la determinación del estado económico final de la obra 

Entradas relacionadas: