Planificación Turística en las Comunidades Autónomas: Instrumentos y Normativa Administrativa
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La actividad administrativa de planificación turística
La diversidad de instrumentos de planificación del Derecho Administrativo Turístico autonómico responde a objetivos específicos. Las Comunidades Autónomas prevén en sus leyes instrumentos de planificación turística que han de responder a los diferentes objetivos que en cada momento fije el Gobierno de la Comunidad Autónoma.
Instrumentos de planificación por Comunidad Autónoma
Canarias
El Plan Regional se aprueba en coordinación con los Cabildos Insulares y los municipios más representativos. En el Plan Sectorial se fijan los objetivos, los programas y los medios. Esta Comunidad incluye en su Ley de Ordenación el uso turístico del suelo en zonas urbanas. Los planes insulares de ordenación deben contener:
- Previsiones de desarrollo turístico.
- Identificación de los atractivos y núcleos.
- Capacidad, zona de influencia y límites.
Castilla y León
La competencia de fomento y planificación se articula a través de la Dirección General de Turismo y sus administraciones institucionales. La Junta elabora el Plan de Turismo de Castilla y León.
País Vasco
Se realiza el Plan Territorial Sectorial de Ordenación de los Recursos Turísticos. Por debajo de este, se prevé la existencia del Plan Estratégico Comarcal.
Región de Murcia
Esta Comunidad Autónoma no prevé planes específicos de ordenación turística en su normativa.
Galicia
El principal instrumento es el Plan de Ordenación Turística. También se prevén los programas de protección del entorno y de los espacios.
Comunidad Valenciana
Regula específicamente la figura del Municipio Turístico y los "Espacios Turísticos". Cabe destacar que el Plan en esta región solo tiene carácter orientativo.
Extremadura
Dispone de una estructura de planificación diversa que incluye:
- Plan Turístico Regional.
- Plan Turístico Comarcal.
- Planes Estratégicos de Acción Turística Integrada.
- Planes de Subsectores.
Cantabria
La Ley cántabra establece la creación de zonas de preferente uso turístico.
Comunidad de Madrid
Prevé la existencia de un Plan Regional Integral que define los criterios y objetivos generales relativos al sector turístico y sus instrumentos, además de Planes Parciales que tienen objetivos más concretos.
Islas Baleares
Prevé como instrumentos principales los Planes de Ordenación de la Oferta Turística y los Planes Territoriales Parciales.
Andalucía
Se prevé un Plan General de Turismo, cuya aprobación corresponde directamente al Consejo de Gobierno.
Principado de Asturias
Recoge instrumentos de ordenación territorial de los Recursos Turísticos. Además, prevé la figura jurídica de las zonas turísticas saturadas.
La Rioja
Prevé como instrumentos de la planificación turística el Plan General de Turismo, los Planes Parciales y diversos programas de actuación.