Pasos esenciales para la constitución y puesta en marcha de una sociedad

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Trámites de funcionamiento empresarial

Trámites fiscales

Declaración censal de alta y solicitud del CIF

Es necesario que la sociedad esté inscrita en el Registro Mercantil. Este trámite sirve para identificar y operar con la sociedad a efectos fiscales y se solicita en Hacienda. Se concede un CIF provisional y existe un plazo de 6 meses para solicitar el definitivo.

Documentación a aportar:

  • Original y copia de las escrituras de constitución registradas.
  • Copia del DNI de los administradores de la sociedad.
  • Documento justificativo de presentación del ITPAJD.
  • Modelo 036 de Hacienda debidamente cumplimentado.

Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

Este trámite grava la realización de cualquier tipo de actividad empresarial. Aunque la mayoría de las empresas están exentas de pago, el trámite es obligatorio.

Documentación a presentar: Toda la documentación anterior junto con el modelo 840 de Hacienda Foral.

Gobierno Vasco

Obtención de la tarjeta Izenpe (socios y empresa)

Requiere cita previa y se solicita en las sedes territoriales del Gobierno Vasco. Habilita para operar de forma telemática con las diferentes administraciones públicas. Se recomienda optar por la tarjeta digital y crear el CIF de empresa para que la firma esté asociada a la entidad y no al DNI personal.

Documentación: Expediente completo de la sociedad.

Trámites laborales

Afiliación y alta de los socios administradores

Se debe realizar dentro del mes natural del comienzo de la actividad de la empresa.

Inscripción de la sociedad en la Seguridad Social

Mediante este trámite se obtiene el CCC (Código de Cuenta de Cotización), bajo el cual se permite dar de alta a trabajadores en la sociedad. Puede solicitarse de forma telemática a través de la tarjeta Izenpe.

Trámites municipales

Licencia de actividad y apertura

Es la autorización necesaria para abrir establecimientos destinados a actividades económicas. Se solicita en el Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento.

Existen dos tipos de licencias:

  • Actividades inocuas: Aquellas que no provocan daños.
  • Actividades calificadas: Sujetas al reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas.

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