Pasos para constituir una sociedad mercantil: Trámites legales obligatorios
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Trámites de constitución de sociedades
1. Obtener la certificación negativa de denominación
- Es necesario asegurar que el nombre de la sociedad no coincida con la denominación de otra ya existente.
- Una vez emitida la certificación, existen plazos legales:
- 3 meses: para firmar la escritura pública.
- 6 meses: para inscribir el nombre en el Registro Mercantil.
2. Redactar y aprobar los estatutos de la sociedad
- Son el conjunto de normas que rigen la vida de la misma.
- Los estatutos deben contener:
- Denominación de la sociedad.
- Objeto social al que se dedica la empresa.
- Domicilio social.
- Capital social.
3. Certificado bancario del ingreso del capital
- Se utiliza para justificar la aportación de cada socio al capital social.
- En algunos tipos de empresas, es imprescindible para su constitución.
4. Redactar y elevar a público la escritura de constitución
Es el documento en el que los socios declaran su voluntad de constituir la sociedad.
- Contenido de la escritura:
- Identidad de los socios y administradores.
- Aportaciones de capital de cada socio.
- Voluntad de constituir una sociedad.
- Los estatutos de la sociedad.
- Documentación necesaria ante notario:
- DNI y NIF de los socios.
- Certificación negativa de la denominación de la sociedad.
- Resguardo bancario del ingreso del capital social.
- Estatutos de la sociedad.
- Datos de la sociedad.
5. Solicitud del NIF provisional
- El NIF sirve para identificar a los empresarios individuales y a las sociedades a efectos fiscales, laborales y administrativos.
- La solicitud la realizan los socios en el impreso oficial.
- Se presenta en la administración o delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) correspondiente al domicilio fiscal de la sociedad, una vez otorgada la escritura de constitución.
- El trámite debe realizarse en un plazo de 30 días hábiles tras el otorgamiento de la escritura.
6. Liquidación del I.T.P.A.J.D.
Se realiza presentando un impreso oficial junto con la escritura de constitución de la sociedad y la fotocopia del NIF en los 30 días hábiles posteriores a la autorización de la escritura.
7. Inscripción de la escritura en el Registro Mercantil
Documentos necesarios para la presentación:
- 1 copia de la escritura de constitución.
- Certificación de no coincidencia de denominación.
- Justificante de haber realizado la liquidación del I.T.P.A.J.D.
- En el caso de sociedades laborales, el certificado de inscripción que acredite su calificación.
- NIF provisional de la sociedad.