Participación Laboral en España: Representantes, Sindicatos y Derechos

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Formas de Participación del Trabajador

  • Delegados de personal o comité de empresa.
  • Representación colectiva a través de un sindicato.

Elección de Representantes Laborales

¿Quién puede ser elector y elegible?

  • Elegibles: Trabajadores mayores de 18 años con al menos 6 meses de antigüedad.
  • Electores: Trabajadores mayores de 16 años con un mes de antigüedad.
  • Extranjeros, fijos discontinuos y temporales pueden votar y ser elegidos si cumplen las condiciones.
  • Elección por sufragio universal, directo, personal y secreto.
  • Mandato de 4 años, prorrogable si no hay nuevas elecciones.

Duración del Mandato

  • Máximo 4 años.
  • Prorrogable si no se convocan nuevas elecciones.

Delegados de Personal

¿Quiénes son?

  • Trabajadores en empresas de 50 o más empleados.
  • Representación unitaria elegida por acuerdo común.
  • Representan a los trabajadores a través del Comité de Empresa.
  • Mayores de 18 años con 6 meses de antigüedad.
  • Pueden ser sindicalizados o no.

Comité de Empresa

Órgano de representación en empresas de 50 o más trabajadores.

Competencias y Garantías

Competencias

  • Información sobre la situación económica de la empresa.
  • Conocimiento de sanciones por faltas muy graves.
  • Acceso al índice de absentismo laboral.

Garantías

  • No discriminación profesional o económica.
  • Libertad de expresión en asuntos laborales.
  • Horas retribuidas para actividades de representación.
  • Posibilidad de liberación sindical.

Sindicatos

Definición: Asociaciones de trabajadores sin ánimo de lucro para mejorar sus condiciones laborales.

Afiliación

Pueden afiliarse: Trabajadores por cuenta ajena, parados, empleados públicos, discapacitados, autónomos y jubilados.

No pueden afiliarse: Fuerzas Armadas, Guardia Civil, jueces, magistrados, fiscales en activo, y cuerpos de policía con normativa específica.

Convenio Colectivo

Acuerdo entre trabajadores y empresarios para regular condiciones laborales, productividad y paz laboral.

Huelga y Cierre Patronal

Huelga

Medida de presión de los trabajadores con cese temporal de la actividad.

  • Abandono del puesto de trabajo de forma colectiva.

Cierre Patronal

Suspensión del trabajo por el empresario en caso de huelga o anomalías.

  • Se justifica por violencia, inasistencia masiva o riesgo para el proceso productivo.

Efectos de la Huelga

  • Suspensión del contrato laboral y del salario.
  • Suspensión de la obligación de cotizar a la Seguridad Social.
  • Situación de alta especial del trabajador.
  • Prohibición de sustituir a los huelguistas.
  • Los días de huelga no afectan a las vacaciones.

Huelga Ilícita

  • Motivos políticos o ajenos al interés profesional.
  • Huelgas de solidaridad no relacionadas con el interés profesional.
  • Alteración de lo pactado en convenio.
  • Huelgas rotatorias en sectores estratégicos.
  • Huelgas de celo o reglamento.

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