Partes Procesales y Reglas de Representación en el Juicio de Amparo
Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho
Escrito el en
español con un tamaño de 3,01 KB
Partes en el Juicio de Amparo
- Quejoso: Es el titular de un derecho; es quien alega que la norma, acto u omisión reclamados violan sus derechos.
- Autoridad responsable: Es la que dicta, ordena, modifica o trata de ejecutar el acto que crea, modifica o extingue relaciones jurídicas.
- Tercero interesado: Es quien tiene interés en que el acto reclamado subsista.
- Ministerio Público: Puede interponer recursos en contra de actos de autoridad que violen garantías individuales y derechos humanos.
Obligaciones del Juez de Distrito
El Juez de Distrito está obligado a llamar a las siguientes figuras:
- a) Tercero interesado en materia administrativa.
- b) La contraparte del quejoso, cuando el acto reclamado emane de un juicio del orden penal.
- c) La persona indiciada (tercero interesado) o procesada, cuando el acto reclamado sea el no ejercicio o el desistimiento de la acción penal por parte del Ministerio Público (autoridad responsable).
Procedencia del Amparo Indirecto
Solo son amparos indirectos los de materia civil y mercantil, con excepción de la materia familiar.
Legitimación y Promoción del Juicio
El juicio de amparo puede promoverse por la persona física o moral a quien afecte la norma general o el acto reclamado. La persona quejosa podrá hacerlo por sí misma, por representante legal o por conducto de cualquier persona.
Cuando el acto reclamado derive de un procedimiento penal, podrá promoverlo por conducto de su defensor, de su defensora o de cualquier persona.
La Federación, los Estados, los Municipios o cualquier persona moral pública podrán solicitar amparo por conducto de las personas servidoras públicas o representantes que señalen las disposiciones aplicables, cuando la norma general o el acto los afecten en su patrimonio, respecto de las relaciones jurídicas en las que se encuentren en un plano de igualdad con los particulares.
Tipos de Relaciones Jurídicas
- Relaciones de coordinación: Se dan en un plano de igualdad.
- Relaciones de supra a subordinación: Se dan entre desigualdades.
Artículos Relevantes de la Ley de Amparo
Artículo 8
La persona menor de edad, persona con discapacidad o mayor sujeta a intervención, puede promover el juicio por conducto de cualquier persona en su nombre, sin la intervención de su legítimo representante.
Artículo 9
Las autoridades responsables podrán ser representadas o sustituidas para todos los trámites en el juicio de amparo; asimismo, por medio de oficio, pueden acreditar a personas delegadas.
Artículo 12
La persona quejosa y el tercero interesado podrán autorizar a personas para oír notificaciones únicamente.