Organización de la prevención en la empresa

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- Asunción por el propio empresario:

Empresas de menos de 25 trabajadores con un único centro pueden encargarse de la prevención de riesgos. Para funciones de vigilancia de salud deben acudir a otras modalidades de organización. Si desarrollan una actividad de riesgo especial no pueden asumir la prevención.

- Servicio de prevención propio:

En caso de que:

  • Más de 500 trabajadores.
  • Entre 250 y 500 trabajadores y haya actividad de riesgo especial.
  • Cuando debido a la peligrosidad o estadísticas deban crear un servicio de prevención propio o acudir a uno ajeno.

Los servicios de prevención realizan las siguientes funciones:

  1. Elaborar el Plan de prevención de riesgos.
  2. Evaluar los riesgos.
  3. Determinar las prioridades de actuación.
  4. La formación e información de trabajadores.
  5. La vigilancia de la salud de trabajadores.
  6. Actuación en caso de primeros auxilios y planes de emergencia.

- Designación de trabajadores:

La empresa decide que uno o varios trabajadores gestionen la prevención de riesgos. Deben tener la capacidad, formación, tiempo y medios necesarios. Existen 3 niveles de formación: básico (30/50h), intermedio (Grado Superior), superior (máster 600h). Además, deben gozar de garantías para no ser despedidos.

- Servicio de prevención ajeno:

Se trata de entidades especializadas que son contratadas por la empresa. Deben acudir a ellas cuando sea obligatorio o no utilicen ninguna de las otras modalidades.

- Servicio de prevención mancomunado:

Empresas que comparten espacio de trabajo o edificio.

Participación de los trabajadores en prevención de riesgos

Participan a través de:

- Delegados de prevención:

Son los representantes de los trabajadores que tienen la función en prevención de riesgos laborales. Son designados por los propios representantes entre ellos por votación de los trabajadores. Su número varía según el número de trabajadores.

- Comité de seguridad y salud:

En los centros de al menos 50 trabajadores debe existir un comité de seguridad y salud formado por los delegados de prevención y representantes igualitariamente. Además, deben tener una formación mínima en prevención de nivel básico.

Competencias y facultades: funciones del comité de seguridad y delegados de prevención:

  • Ser consultado en las decisiones sobre todas las medidas.
  • Participar en la planificación.
  • Efectuar propuestas en materia de prevención y protección.
  • Ser informado sobre accidentes de trabajo.
  • Conocer la documentación sobre prevención de riesgos de la empresa.
  • Acompañar a la inspección en las visitas que realice.
  • Proponer la paralización de actividades en caso de riesgo.

Gestión de la prevención en la empresa

Evaluación de riesgos laborales

- Acciones preventivas:

  • Trivial: no requiere acción específica.
  • Tolerable: no se necesita mejorar la acción preventiva pero sí algunas baratas.
  • Moderado: se debe hacer el esfuerzo para reducir el riesgo invirtiendo en medidas.
  • Importante: no debe comenzarse el trabajo hasta que se haya reducido el riesgo.
  • Intolerable: no se debe continuar ni comenzar el trabajo.

Gestión de los accidentes de trabajo

- Investigación de accidentes:

La INSST sugiere que hay que investigar:

  • Sucesos mortales y graves.
  • Accidentes leves y blancos de forma repetitiva.

Los accidentes se investigan elaborando un árbol de causas, buscando la causa principal, secundaria y la relación entre ellas.

- Registro y notificación de accidentes:

La empresa debe notificar los accidentes por Internet a través del sistema Delta. Es obligatorio notificar los accidentes mortales y que conlleven baja laboral, y de los accidentes sin baja hay que elaborar una relación mensual. Es voluntario que registre los que no conlleven baja médica o de notificación del botiquín.

Costes de accidentes

- Costes para la empresa:

  • Salario e indemnizaciones al trabajador.
  • Pérdida de productividad por parte del trabajador.
  • Tiempos perdidos por compañeros y mandos en auxiliar al accidentado.
  • Tiempo en investigar y notificar el accidente.
  • Conflictividad laboral.
  • Daño material.
  • Sanciones económicas y penales.
  • Pérdida de imagen.

- Costes para el trabajador y la sociedad:

  • Para el trabajador y su familia supone dolor y sufrimiento.
  • Para la sociedad significa la pérdida de recursos humanos y capacidad productiva.

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