Normativa y Requisitos para la Construcción y Legalización de Polvorines
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Polvorines: Lugares de Almacenamiento de Explosivos
Los polvorines son instalaciones destinadas al almacenamiento de explosivos. Para su construcción, es indispensable cumplir con una rigurosa tramitación legal.
Tramitación para Construcción y Legalización de Polvorines
La normativa se rige bajo los siguientes marcos:
- Requisitos Legales: Reglamento de la Ley 17798.
- Requisitos Técnicos: Control de armas y explosivos.
Nota: Se establecen normas adicionales para plantas mezcladoras y canchas de alimentación de nitratos, entre otros.
Generalidades de Documentos
1.1 Documentos solicitados para personas naturales o jurídicas
A) Hoja de cálculo
- Cantidad de explosivo e iniciadores por mes a almacenar y su equivalente en dinamita al 60%.
- Distancia de los polvorines a: caminos públicos, edificios, ferrocarriles, otros polvorines y poblados.
B) Especificaciones técnicas
- Detalles de puertas, ventanas, techos, pisos, muros, ventilación, instalaciones eléctricas, conexiones a tierra, control de incendios, cierre exterior y sistemas de vigilancia.
C) Reglamento de seguridad del polvorín
- Conforme a la Ley 17798 sobre operaciones de polvorines.
D) Planos de ubicación del polvorín
- Distribución de polvorines y distancias de seguridad entre ellos.
E) Planos y cortes de polvorines
- Distancias X e Y, medidas de los polvorines, dimensiones de cámaras de expansión y separación entre estructuras.
F) Informe del Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN)
- Evaluación de capacidad, condiciones de seguridad y cumplimiento de la ley.
G) Informe de la autoridad fiscalizadora local
- Certificado de revisión de las instalaciones.
1.2 Trámites posteriores a la solicitud de legalización
La autoridad fiscalizadora entrega la documentación al Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN) y a la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN).
1.3 Resolución de la Dirección General de Movilización Nacional
La autorización para construir o localizar se otorga mediante resolución de la Dirección de Movilización Regional.
1.4 Caso de rechazo de solicitud
La autoridad fiscalizadora exigirá la corrección de las observaciones detectadas en terrenos, planos u hojas de cálculo.
1.5 Almacenamiento provisorio
Se puede autorizar de manera justificada el uso de un polvorín propio o el almacenamiento en el polvorín de otra empresa (debidamente autorizada), siempre que se encuentre a una distancia mayor o igual a 10 km de la faena minera (en tránsito para transporte).
Documentación adicional requerida
Se debe incluir la nómina de manipuladores de explosivos y calculistas autorizados.