Normativa y Clasificación de Alojamientos Turísticos en Canarias
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Viviendas Vacacionales
Reglamento de las viviendas vacacionales
La cesión temporal del uso de una vivienda para su utilización turística está excluida de la Ley de Arrendamientos Urbanos y se rige por la normativa turística.
- Se necesita comunicación previa y declaración responsable: con aportación de la licencia de edificación y justificante de que la comunidad de propietarios no prohíbe esta modalidad.
- No se aplica a los apartamentos de las zonas turísticas que quedan excluidos.
- Deben cumplir con la LOTC: deben contar con placa distintiva, cartel informador (precio, nombre, teléfono) y deben remitir la ficha de entrada a la policía.
- No se permite la cesión de habitaciones.
- Los usuarios deben firmar un documento (contrato).
- Deben contar con precios publicados, hoja de reclamaciones y libro de inspecciones turísticas.
Clasificación de los Hoteles y Alojamientos
- Hotel: alojamiento que ofrece los servicios de alojamiento y alimentación.
- Hotel urbano: ubicado en suelo calificado de uso turístico en un casco urbano consolidado de carácter no turístico.
- Hotel emblemático: ubicado en suelo urbano consolidado no turístico y cuya edificación constituye un bien inmueble integrante del patrimonio histórico de la Comunidad Autónoma de Canarias, de Patrimonio Histórico de Canarias o norma que la sustituya.
- Hotel rural: se encuentra ubicado en un inmueble enclavado en suelo rústico y cuya edificación constituye un bien inmueble integrante del patrimonio histórico de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Apartamento: compuesto por unidades de alojamiento dotadas del equipamiento e instalaciones necesarias para la conservación, manipulación y consumo de alimentos.
- Villa: compuesta por una o varias unidades de alojamiento de tipología aislada, dotada de zonas verdes de uso privativo y.
- Casa emblemática: ubicada en un inmueble situado en suelo urbano consolidado no turístico, cuya edificación constituye un bien integrante del patrimonio histórico artístico de la Comunidad Autónoma de Canarias, de Patrimonio Histórico de Canarias o norma que la sustituya, y que está dotada de equipamiento e.
- Casa rural: ubicada en un inmueble enclavado en suelo rústico y cuya edificación constituye un bien inmueble integrante del patrimonio histórico de la Comunidad Autónoma de Canarias.