Normas jurídicas individualizadas

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 -La f.De prevención y resolución de los conflictos-La prevención y resolución de los conflictos

 en el seno de las organizaciones-La resolución de los conflictos.

MEDIACIÓN-

mediación es un

Procedimiento, proceso o mecanismo de carácter extraprocesal, voluntario, autocompositivo,

Desarrollado con la ayuda de un tercero, que tiene por objeto el auxilio a las partes para que

Restablezcan la comunicación-beneficios: confidencialidad,voluntariedad,economía-principios:


Libertad,confidencialidad, imparcialidad e independencia, economía procesal-fases preparación,

 informativa firma de acta,mediación (sesiones)

CONCILIACIÓ-

En todos los ámbitos:En su

actividad, el conciliador puede sugerir y hasta proponer formalmente soluciones concretas.

En ningún caso puede, sin embargo, imponer un criterio o solución.
ARBITRAJE modalidad

 extrajudicial de resolver las controversias a través de la cual las partes delegan el poder decisional

en un tercero, quien decide acerca del conflicto mediante la emisión de un laudo que resultará

 vinculante y ejecutivo-Principios  de dualidad  de partes., de  audiencia,de contradicción.-fases

de alegaciones,probatoria, finalizaciónN.Jurídicas  son fundamentalmente reglas de organización

 social, caracterizadas tanto por:, contener un mandato obligatorio como por su formulación,

tipos de n.Jurídicas-
Generales y particulares-comunes y especiales-normales y excepcionales-

prescriptivas y imperativas.

ORDENAMIENTO J


Al conjunto organizado y sistemático de normas existentes en un

determinado territorio (normalmente un estado nacional) y en un momento determinado

es lo que se conoce como ordenamiento jurídico-Principio democrático, legalidad,seguridad

 jurídicaSistemática del C.Civil-
el llamado Plan romano-francés. Se trata de una propuesta

 el llamado Plan romano-francés se trata de una propuesta que tiene su origen en la tripartición

 del Derecho-Plan de Savigny. Se trata de la seguida tradicionalmente por nuestra doctrina y

por los planes de estudios de las facultades de Derecho españolasCodificación civil en españa

 forma parte de un movimiento que se desarrolla en Europa desde la segunda mitad del siglo

XVII cuyo objetivo principal consistirá en la creación de cuerpos ordenados, sistemáticos y

completos de normas.
El ordenamiento jurídico es un sistema articulado en función de

unos principios que lo ordenan y sistematizan-El principio de jerarquía, de competencia, de

efecto diarioF, del derecho laboral-
Disposiciones legales y reglamentarias del Estado-Usos y

costumbres locales y profesionales-los principios generales del DerechoLEYES-
orgánica

se caracteriza por su contenido, es decir, las materias,-ordinaria De acuerdo con este criterio

negativo, el contenidoo materias que deben regularse mediante ley ordinaria serían las que

 no son propias de la ley orgánica.


-Decreto Ley Supone una derogación del principio de separación de poderes, ya que en éste el

 Gobierno no actúa por delegación expresa de las Cortes Generales, sino en función de una

delegación general-El reglamento es una norma jurídica que reúne las carácterísticas de todas

las anteriores (contener un mandato obligatorio, ser coercible, además de su carácter general y

abstracto)
La costumbre, carácter secundario y subsidiario,norma jurídica consuetudinaria,

Legislación comunitaria primaria fuente principal del derecho comunitario, que viene 

constituido por los tratados constitutivos de las Comunidades Europeas-secundarias el

 conjunto de normativa adoptada por las instituciones comunitarias con vistas a cumplir los

objetivos de los tratadosReglamento
Actos normativos subordinados a la ley por parte del

poder ejecutivo.

La Constitución

Preceptos constitucionales,desde el punto de vista de su

 contenido o de la  descripción material, los preceptos constitucionales  se pueden dividir en

cinco grupos:Las normas principales,las normes materiales o procedimentales reguladores de

la actividad de los poderes públicos, organizadoras. garantizadoras.  completes o self-executing.  

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