Normas jurídicas individualizadas
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B)La costumbre:
Hace una norma jurídica.
Constante y uniforme de actuar de los seres humanos
Colectiva se considera obligatoria. Iniciaron sh primitivas al crear sus
Propias normas.
Costumbre compuesta Por dos elementos:
repetición actúan frente situaciones en periodos más o
Menos prolongados y conducción lo que se realiza mejor.
C)La jurisprudencia:
Conjuntos de principios contenidas en las decisiones de los tribunales (interpretación),
Resultado de los órganos jurisdiccionales, apoya el derecho positivo.
Jurisprudencia establecida:
SNJN (suprema corte de justicia de la nacíón, TRIBUNALES COLEGIADOS DE
CIRCUITO, TRIBUNAL FISCAL DE LA Federación.
Como se forma la jurisprudencia:
5 reducciones en un mismo sentido y ninguno contrario – 4 tesis
Jurisprudencial, deben cumplirla todos los del país.
D)La doctrina:
Estudios e interpretaciones que efectúan los juristas sobre el derecho
Positivo, carece de fuerza obligatoria mas no de importancia.
E)Principios Generales del derecho: Son las bases de un sistema jurídico
SCJN:
verdad jurídica
El juez pueda dar solución que el mismo legislador hubiera dado estando
Presente.
Orden jurídico mexicano:
CPEUM, Leyes federales y tratados internacionales, Leyes ordinarias, Decretos,
Reglamentos, Normas jurídicas individualizadas.
Gradación:
hans
Kelsen “pirámide kelseniana”.
CPEUM:
Norma jurídica
Fundamental, suprema, no debe existir norma jurídica por encima de ella, ni
Actos de autoridades que la contradigan. Se refiere a: forma de gobierno,
Poderes del estado, órganos y competencias, derechos humanos.
Tratados Internacionales:
acuerdos que celebran dos o más estados (países) con
Finalidad de resolver problemas, encargados de ello el senado para decir si se
Aprueba o no.
Ley:
normas de
Conducta emitidas por el poder legislativo. Leyes federales: Reglamentarias de
La CPUM, Obligan su comportamiento nacionalmente, Creadas por el congreso de la
Uníón, mismo nivel de tratados internacionales y debajo de CPEUM. Leyes locales
O ordinarias: no surgen directamente de la cpeum, obligatoria solo en identidad
Federativa, creadas por diputados locales.
Decretos:
disposición
Del poder ejecutivo, firmados por el secretario del estado asuntos para ser
Obligatoria.
Reglamentos:
disposición
Poder ejecutivo, aclarar y desarrollar principios contenidos en la ley.
Normas jurídicas individualizadas:
Comprometen la voluntad y los intereses grupo limitado de personas, no
Generales: se rigen para los interesados, no abstractas: creadas solo para un
Caso concreto, si obligatorias: impuestas por medio de la fuerza. Ej contrato,
Testamento, sentencias.
Derecho constitucional:
Conjunto de normas jurídicas fundamental
Del estado, CPEUM, dividida en dos partes Dogmática: expresados los derechos
Fundamentales del gobernador, Orgánica: Contiene normas relativas a la organización
De poder público.
Clasificación de las Constituciones
Según su forma jurídica:
Codificadas: solo documentos y Dispersas: expresadas en varios lugares.
Según su reforma:
Rígidas: reformadas solo por procedimiento especial, Flexibles: modificadas o
Creadas a través del mismo procedimiento.
Según su nacimiento:
Otorgadas: donde el pueblo deposito su soberanía, Impuestas: mediante decisión política
Unilateral, Nacidas de soberanía popular: consultan directo al pueblo
Nuestra constitución es Otorgada:
codificada, rígida y otorgada.
Parte dogmática:
Doctrina de los derechos humanos, CPEUM primer capítulo, limites o prohibiciones
Que el poder público se ha impuesto.
Garantías Individuales:
igualdad, libertad, propiedad, seguridad y jurídicas.
Garantías de Igualdad:
evitan los privilegios injustificados y colocan a todos
Gobernados en una misma situación frente a la ley.
Igualdad jurídica:
Evita distinciones que se hagan a las personas.
Garantías de Libertad:
respeto que debe existir por parte del estado. Del trabajo, expresión,
Petición, reuníón, transito, credo religioso, concurrencia.
Garantías de Propiedad:
arti. 27 cpeum reconoce que la propiedad que la nacíón puede
Establecer sobre aguas y tierras a favor de particulares.
Garantías de Seguridad jurídica:
cumplimiento de formalidades, requisitos, medios,
Condiciones por parte del poder público para su actuación sea válida.
Contiene 4 garantías Cepum:
de interoactividad, audiencia, legalidad en materia civil, materia
Penal.