Normas autónomas y heteronomas

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NORMAS JURÍDICAS


NORMAS DE TRATO SOCIAL


 consisten en prescripciones originas al interior de un grupo social determinado que tienen ciertos fines, urbanidad cortesía. 

HETERONOMAS

Porque los sujetos se hallan vinculados a estas normas por el solo hecho de pertenecer sin que se hallen sujetos a su propio consentimiento.

BILATERALES

imponen deberes a un sujeto para con los demás sin bien estas no están facultadas para exigir su cumplimiento.

EXTERIORES

el sujeto puede cumplir con las normas sin fijarse en su fuero interno.

INCOERCIBLES

NORMAS MORALES


Moral Personal


a partir del bien que tengo como individuo expresados en pautas obligatorias para el sujeto. 

AUTÓNOMAS

provienen de la propia conciencia del sujeto.
INTERIORES  fuero interno del sujeto.
UNILATERALES representas deberes de un sujeto frente a si mismo y frente a la idea de bien o perfección moral que asume como propia.

INCOERCIBLES

Moral Social


de la idea que se acerca de lo bueno en una comunidad, exigencias morales en un grupo social determinado.

EXTERIORES

 busca que se cumpla la norma BILATERALES.
imponen deberes a los sujetos frente a los demás y a la idea del bien moral que prevalezca al interior del grupo

. HETERONOMAS

proviene del grupo social y no de la conciencia individual de los obligados.

INCOERCIBLES

NORMAS RELIGIOSAS


mensaje y testimonio de las fundaciones de de las religiones, principios y normas que rigen sus normas de sus adherentes.

INTERIORES

conductas efectivamente emitidas por el sujeto obligado en cuanto al fuero interno de este.

HETERONOMAS

Proviene del grupo social y no de la conciencia individual de los obligados.

UNILATERALES. INCOERCIBLES

NORMAS JURÍDICAS


 

EXTERIORES


porque regulan los comportamientos efectivamente exteriorizados de los sujetos y las conductas emitidas por ellas.
SALVEDAD CIVIL Y PENAL, interés por conocer con que interioridad actuaron los sujetos.

HETERONOMAS


puesto que son estatuidas por autoridades normativas situadas fuera y por encima de los sujetos que deben obedecer esas normas, SALVEDAD POLÍTICA, DEMOCRÁTICA.

BILATERALES


imponen deberes a uno o mas sujetos de derecho conceden o reconocen a otros sujetos la facultad de exigir el cumplimiento. 

COHERCIBLES


NACIMIENTO DE LOS DERECHOS SUBJETIVOS


Un Derecho nace cuando viene a la vida una relación Jurídica, y puesto que toda relación, cualquiera sea su naturaleza, tiene un Sujeto al que debe referirse, que todo nacimiento corresponda una adquisición, No debemos confundir el nacimiento con la adquisición, El nacimiento de un Derecho importa una adquisición.

Adquisición originaria:


Será originaria cuando El derecho que adquiere el sujeto surge en él. El derecho surge en su titular Independientemente de una relación jurídica con una persona determinada por Ejemplo las Res nullius y res derelictae.
 

-Adquisición derivativa:

Derivativa, Cuando el derecho procede de una relación con otro sujeto y de dicha relación Surge un derecho en favor de un nuevo titular, puede darse el caso que un Sujeto traspase a otro su derecho como la transferencia del dominio o Adquisición de una herencia (derivativa traslativa), es decir, se traspasa un Mismo derecho o que sobre el derecho de un sujeto se constituya un derecho Nuevo (derivativa constitutiva), se crea un derecho nuevo sobre un derecho Preexistente.

MODIFICACIÓN DE LOS DERECHOS SUBJETIVOS

Debemos comprender También el caso en que el derecho cambia de sujeto, es decir, una persona Adquiere un derecho que otra persona pierde (se produce una adquisición y una Pérdida). Las modificaciones que pueden sufrir los derechos son infinitas, Algunas de ellas son:
 • Modificaciones subjetivas:
Se produce cuando el derecho Cambia de titular. Si el cambio de sujeto se produce entre vivos hablamos de Transferencia. Si el cambio se produce por causa de muerte, se habla de Transmisión
 • Modificaciones objetiva:
Se refiere a cambios cualitativos o Cuantitativos de objeto. Las modificaciones cualitativas son aquellas en que el Derecho sufre una transformación, experimenta un cambio en su naturaleza. Las Modificaciones cuantitativas, son aquellas en que el objeto del derecho aumenta O se incrementa, o disminuye.



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