Normas de Auditoría: Estructura y Requisitos del Dictamen Profesional

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Normas de Auditoría

  • Normas personales
  • Normas de ejecución de trabajo
  • Normas de información

El resultado final del trabajo del auditor es su dictamen o informe. En él, pone en conocimiento a los interesados el resultado de su examen y la opinión que se ha formado. Sobre este documento reposa la confianza de los interesados para dar fe acerca de las declaraciones, afirmaciones y aseveraciones sobre la situación financiera de la empresa y el resultado de sus operaciones. Además, es la única parte del trabajo del auditor que queda al alcance del público.

¿Qué es un dictamen?

Es un documento suscrito por un contador público, conforme a las normas de su profesión, relativo a la naturaleza, alcance y resultado del examen realizado sobre los estados financieros del cliente.

Se deben establecer normas de calidad y requisitos mínimos que debe cumplir el dictamen o informe:

Normas de información

  • Aclaración de la relación con estados financieros y expresión de opinión: En todos los casos en que el nombre de un contador público aparezca asociado a los estados o información financiera, debe establecerse de manera clara e inequívoca la naturaleza de su relación, las limitaciones que haya tenido el examen, las salvedades que se deriven de ella o todas las razones de importancia por las cuales expresa una opinión adversa o no puede expresar una opinión profesional, a pesar de haber cumplido con todas las normas de auditoría.
Opinión del dictamen
  • Limpia (sin salvedades)
  • Con salvedades ("Excepto por")
  • Negativa (adversa)

Segunda norma de informe: Base de opinión sobre los estados financieros

El auditor, al opinar sobre los estados financieros, observa que:

  • a) Fueron preparados de acuerdo con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA).
  • b) Dichos principios fueron aplicados sobre una base consistente.
  • c) La información presentada en los mismos y en las notas relativas es suficiente para su razonable interpretación.

Por lo tanto, en caso de excepciones a lo anterior, el auditor debe mencionar claramente en qué consisten las discrepancias y su efecto cuantificado sobre los estados financieros.

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