La Norma Fundamental de Kelsen: Estructura y Validez del Sistema Jurídico

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La Norma Fundamental en la Teoría de Kelsen

Para que un sistema jurídico exista, debe fundamentarse en una norma fundamental. Se puede afirmar que esta norma existe puesto que Kelsen sostiene que es válida, y la validez constituye el modo de existencia de las normas. Esto no implica que todas las normas fundamentales sean idénticas en contenido; de hecho, ninguna norma fundamental puede compartir el mismo contenido que otra.

Todas ellas son denominadas normas fundamentales no por su contenido, sino porque comparten la misma estructura, ocupan una posición única en su sistema y cumplen funciones idénticas. Kelsen postula su existencia por considerarlas necesarias para explicar la unidad y normatividad de los sistemas jurídicos.

Los Axiomas del Sistema Jurídico

El sistema jurídico no es una colección casual de normas, sino un conjunto interrelacionado. Kelsen establece dos axiomas fundamentales:

  • Primer axioma: Dos disposiciones jurídicas, donde una autoriza directa o indirectamente la creación de la otra, pertenecen necesariamente al mismo sistema jurídico. Por ejemplo, una norma penal y la disposición constitucional que autoriza al parlamento a legislarla.
  • Segundo axioma: Todas las disposiciones de un sistema jurídico están autorizadas, directa o indirectamente, por una disposición jurídica.

De estos axiomas se deriva que, si ninguna disposición autoriza la creación de la otra, no pertenecen al mismo sistema a menos que exista una norma superior que autorice a ambas. Estos criterios permiten determinar la identidad y pertenencia de cualquier norma dentro de un sistema jurídico.

El Principio de Efectividad

El principio de que un orden jurídico debe ser eficaz para ser válido constituye, por sí mismo, una norma positiva: el principio de efectividad del derecho internacional.

Efectividad y Derecho Internacional

De acuerdo con este principio, una autoridad establecida constituye un gobierno legítimo y su orden coercitivo es un orden jurídico solo si dicho orden es, en su totalidad, eficaz. Desde la perspectiva internacional, la Constitución de un Estado es válida únicamente si el orden jurídico que sustenta es eficaz en general.

Este principio determina la existencia de la norma fundamental de cada orden jurídico nacional. Por tanto, las normas básicas de los diferentes Estados se encuentran fundadas en una norma general del orden internacional. Si concebimos el derecho internacional como un orden al cual se subordinan todos los Estados, la norma básica nacional deja de ser un supuesto del pensamiento jurídico para convertirse en una norma jurídica positiva.

Bajo la primacía del derecho internacional, el problema de la norma básica se desplaza del ámbito nacional al internacional. En consecuencia, la única norma básica verdadera, aquella que no es creada por un procedimiento legal sino supuesta por el pensamiento jurídico, es la norma básica del derecho internacional.

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