La necesidad del Estado y sus formas

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El Estado SI es necesario

Para casi todos los pensadores a los que ha interesado este tema, existen dos razones que hacen imprescindible el Estado:

  1. Sin una institución que tenga el monopolio de la legitimidad del uso de la fuerza bruta no se podría garantizar la estabilidad social.

  2. El Estado se preocupa del interés general y el bien común.

Las teoría que defienden la necesidad del Estado son LAS TEORÍAS CONTRACTUALISTAS

  • Objetivo: explicar el origen de la sociedad y del estado y justificar su existencia.

  • Surgen en el s.XVIII y consideran que el Estado es fruto de un pacto o contrato, asumido por todos los individuos libres e iguales para constituir un gobierno que organice la convivencia común.

  • Consideran que el Estado es fruto de un pacto social y que, de no haberlo, la situación para el hombre sería insostenible

Estas son:

  • Thomas Hobbes: considera que el estado de naturaleza, previo al contrato, es la guerra de todos contra todos; el Estado garantiza el orden y la paz en cuanto que una sola persona tiene la soberanía absoluta.

  • John Locke reconoce en el hombre unos derechos naturales previos al pacto, sin embargo el Estado es la única forma de garantizar esos derechos; en este caso, los gobernantes pueden ser destituidos de su cargo si no cumplen su cometido.

  • Jean-Jacques Rousseau considera que en el estado de naturaleza los individuos son libres, iguales y buenos, siendo la sociedad resultante del pacto aquello que los corrompe moralmente. Sin embargo, el contrato social es la única forma de garantizar la cobertura de las necesidades humanas. El gobernante debe someterse a la voluntad general.

Las formas del Estado

Históricamente las formas de Estado han ido cambiando. Los primeros estados eran fundamentalmente autoritarios aunque en la actualidad predominan 3 formas de Estado.

ESTADO AUTORITARIO El poder se ejerce con una autoridad sin límites y sin someterse a ningún tipo de control. No existe separación de poderes, no se elige a los gobernantes ni se puede expresar disconformidad con la forma de ejercer el poder.

  • ABSOLUTISMO: Hobbes: Cedemos nuestros derechos a un soberano, que ejerce el poder sin restricción dentro de las fronteras de su dominio.

  • TOTALITARISMO: Controla tanto la esfera pública como la privada.

ESTADO DE DERECHO: El poder político se somete a las leyes igual que los ciudadanos. En un Estado de derecho, la Constitución recoge los principios fundamentales en los que se basa el Estado, de modo que nadie tiene poder para incumplirlos ni se puede legislar contradiciéndola. El poder se divide en legislativo, ejecutivo y judicial, de tal modo que ningún cargo puede ejercer más de un poder al mismo tiempo. Trazos característicos:

  • Constitución: Ley máxima que regula y estructura el funcionamiento.

  • División de poderes: Montesquieu: 3 tipos de poder que debían recaer en 3 manos diferentes.

ESTADO SOCIAL DE DERECHO: El Estado vela por el bienestar material y la seguridad económica de sus ciudadanos, minimizando en lo posible las desigualdades sociales. Por lo demás, es un Estado de derecho como el anteriormente descrito. Estado del bienestar.

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