La naturaleza económica de los impuestos

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5.1)Concepto y clases de ingresos públicos:


El SP necesita recursos suficientes para hacer frente a los gastos de sus funciones.Los ingresos del SP se clasifican por diferentes criterios: clasificación en función del grado de voluntariedad o según la procedencia de la fuente económica.

Según el grado de voluntariedad, esxisten:

1)GRATUITOS

Son voluntarios y sin contrapartida como las transferencias. En los presupuestos son importantes los ingresos por loterías o las transferencias que se reciben de la UE.

2)CONTRACTUALES

Se derivan de la participación de los entes públicos en la economía privada que obtiene una contraprestación económica. Ejem: kis ingresos de las ventas de entradas en museos o alquler de patrimonio publico, ventas de patrimonio, etc.

3)COACTIVOS

Se obtienen de los ciudadanos, por el poder penal (multas) del estado o por su poder fiscal (tributos). Los tributo se clasifican en:

A)TASAS

Se aplica cuando se hace uso de un dominio publico o nos prestan un servicio publico o cuando se realiza una actividad que beneficie especialmente al ujeto que la paga

.B)CONTRIBUCIONE ESPEIALES

Se impone a una o varias personas por el beneficio que obtiene o por un aumento de valor de su patrimonio. Ejem:urbanización, saneamiento, recogidade basuras, etc.

C)MULTAS

Son expropiatorias sin indemnización, no tienen consideración fiscal, solo que se imponen para evitar comportamientos y hechos antijuridicos.

D)IMPUESTOS

Según la fuente económica, existen
a)los ingresos procedentes de la propia economía publica, que provienen de otras instituciones publicas, ya sean del propio país o de otros o instituciones internacionales. B)los ingresos de la economía privada, son las que provienen del sector privado que reciben servicios del sector publico:ingresos con contraprestación directa e ingresos coactivos.

5.2)EL IMPUESTO: son los ingresos que tanto el gobierno central como los otros niveles territoriales del gobierno reciben del sector privado, con carácter coactivo y sin contraprestación diresta. Estos se basan en la renta percibida o gastada, la riquesa. Las características que diferenia kis impuestos en comparación con el resto de los tributos es que no exista ninguna contraprestación concreta y directa por parte del estado como contrapartida al pago de los impuestos y que tenga carácter coactivo, donde el SP determina la forma unilateral la cantidad que los agente privados están obligados a pagar.
Los impuestos y cotizaciones socales,representan +/- el 90% de los ingresos totales no financieros de las AAPP, y los otros hacen el 10% faltante.


Los tributos tienen que basarse en la capacidad económica de las personas que los tienen que realizar y también dentro de ciertos principios como igualdad,progresividad,justicia. Tienen que ser los instrumentos para recaudar los recursos necesarios para hacer frente a los gastos públicos, pero tb servir para atender al progreso social y a una mejor distribución de la renta nacional. Los conceptos básicos que establece la ley general tributaria son:

A)SUJETO PASIVO

Es el que esta obligado a cumplir la obligación tributaria principal como las obligaciones formale inherentes a la misma ya sea como contribuyente o sustituto de este.

B)OBLIGADO TRIBUTARIO

Son personas físicas o jurídicas y entidades,a las que se les impone el cumplimiento de obligaciones tributarias

.C)CONTRIBUYENTE

Es el que realiza el hecho imponible.El sujeto pasivo y el contribuyente pueden o no coincidir en función de si la figura obligada a cumplir las prestaciones tributarias es la misma que la fgura obligada a soportar la carga tributaria.

D)SUSTITUTO DEL CONTRIBUYENTE

Persona física o jurídica o entidad que por imposición de la ley y en lugar del contribuyente, esta obligada a cumplir la obligación tributaria principal, las obligaciones formales inherentes a la misma.

E)HECHO IMPONIBLE

Presupuesto de naturaleza jurídica o económica que esta fijado por la ley para así poder configurar cada tributo.

F)Exención TRIBUTARIA

Es cuando , a pesar que se produe un heho imponible, la ley exime del cumplimiento de la obligación tributaria por razones objetivas y subjetivas.

G)BASE IMPONIBLE

Es la magnitud dineraria que resulta de la medición del hecho imponible.Se puede efectuar por estimación directa (declaraciones, datos de libros o de registros) o estimación objetiva (signos, indices o módulos) y estimación indirecta

.H)TIPO DE GRAVAMEN

Es la cifra, coeficiente o porcentaje que se aplica a la base liquidable para determinar la uota tributaria

.I)UOTA TRIBUTARIA

Es el resultado de aplicar el tipo de gravamen(variable o fijo)a la base liquidable

.J)DEUDA TRIBUTARIA

Es la cantidad a ingresar que resulte de la obligación trbutaria, que es determinada después de disminuir las deducciones que pueda tener y aumentada con los reargo, intereses y sanciones.


5.3)Tipología DE LOS IMPUESTOS


Criterios.
a)En función del hecho impón:se pueden diferenciar los impuestos en personales(tiene en cuenta la situación personal del contribuyente y se ajustan a su capacidad de pago)y reales (toman como hecho imponible un hecho o actividad sin tener en cuenta la situación individual del contribuyente).
b)Distinción entre impuestos directos e indirectos, que tiene dos criterios:Criterio administrativo(los impuestos indirectos implican que se da una relación directa entre el contribuyente y la administración, en esta situación figura el sujeto pasivo que tiene que cumplir con las obligaciones fiscales.Criterio para diferenciar impuestos directos e indirectos,se basa en el hecho de tener o no en cuenta la capacidad de pago del contribuyente.Si se toma en consideración las circunstanias personales del contribuyente(impuesto directo, aplicado directamente a los individuos, familias o empresas)y si no se tiene en cuenta (impuesto indirecto, recae sobre bienes o servicios y se paga en el momento de utilizarlos o adquirlos).
C)
Impuestos en función del tipo de cuota:Impuestos de cuota fija (la cuota es la misma para todos los sujetos pasivos), impuestos de cuota proporcional(la cuota aumenta de forma proporcional a los incrementos de la base imponible, es un único porcentaje el tipo impositivo), impuestos de cuota progresiva(la cuota aumenta de forma mas que proporcional a los incrementos de la base imponible, el porcentaje aumenta cuando aumenta la B.Imponible).Otro criterio de clasificación, as exhaustivo, responde al punto de vista de la OCDE,las formas posibles de imposición son:
1)Impuestos sobre la renta, beneficios y ganacias del capital:-impuestos sobre la renta, beneficios y ganancias del capital de las personal físicas.-impuestos sobre la renta, beneficios y ganancias del capital de las sociedades.

2

Contribuciones a la SS:-a cargo de los empleados, -a cargo de los empresarios,-a cargo de los trabajadores independientes o de personas que no ocupen un puesto de trabajo.

3

Impuestos sobre las nominas y la mano de obra. 4)Impuestos sobre el patrimonio y la propiedad:-impuestos regulares sobre la propiedad inmobiliaria,-impuestos regulares sobre los activos netos,-impuestos sobre la propiedad, herencias y donaciones,-impuestos sobre las transacciones inmobiliarias,-impuestos sobre las transacciones financieas y de capital..

5

Impuestos sobre bbienes y servicios:a)Impuestos sobre la producción, ventas, transferencias, alquileres y entrega de productos y prestación de servicios:de tipo general(iva e imp. Sobre las ventas),sobre prod y serv espec(tasa exportación, beneficios de monopolios fiscales),-imp sobre el uso de bienes o la realiz de act ligadas a bienes específicos(tenecia o uso de vehículos y sobre animales domésticos.


5.4)principios de la imposición:tienen que responder a unos objetivos de diferentes tipos:carácter ético(justicia o equidad), económico(eficacia en la asignación de recursos, estabilidad económica, desarrollo económico),operativo(eficiencia tenica).

Siguien los riterios de Neumark, se establece un conjunto sistematio de 18 prinipios, que puedes ser agrupados en 3 bloques:

Políticos-sociales

1.
Generalidad: sometidos a los que puedan pagar 2
Igualdad: mismo trato impositivo en situaciones iguales 3.
Proporcionalidad:la carga fiscal proporcional a la capacidad de pago
4.Redistribución: contribuye a reducir las diferencias de renta Político-económicos
5evitar el dirigismo fiscal  6minimizar la intervención en el sector privado y en la disponibilidad económica d las personas 7.
Evitar favorecer a la competencia:neutralidad fiscal 8.
Suficiencia: el sistema fiscal ha de cubrir las necesidades dl sector pub
9.capacidad de adaptación 10.
Flexibilidad activa 11 flexibilidad pasiva 12.
Favorecer el desarrollo:influencia positiva dl crecimiento económico Técnico-tributarios

13


Congruencia y sistematización 14 transparencias: claridad en las normas 15factibilidad 16 continuidad: vigencia sostenida dl sistema fiscal 17 comodidad: facilidades para el contribuyente. 4 aspectos principales:

Simplicidad

Ha de ser sencillo, de fácil comprensión Adecuación:
Los impuestos han de ser cobrados en el momento y de forma mas cómoda a los sujetos pasivos economía:
Los costos de gestión ha de ser reducidos equidad:
La carga impositiva ha de ser distribuida para que sea igual entre los contribuyentes


6.1.1Impuesto sobre la renta personal:


es un impuesto que percibe dinero, es decir, que es un impuesto directo de carácter personal que grava la renta obtenida por el sujeto pasivo y tienen aplicabilidad sobre los estados occidentales. La ventaja de este impuesto es q la relación entre la AP y el contribuyente es directa, de modo que no solo el sujeto pasivo podrá gozar de esa relación directa.  Es el impuesto más carácterístico del Estado de Bienestar. En relación a la base imponible, el objeto de gravamen es la renta neta (RN

G generados para obtenerla). Así pues en relación a la renta fiscal se incluyen:

Rentas regulares e irregulares

Regu-percibida con periodicidad en el tiempo(cada mes,trimestres) irregu-precibida sin ningún tipo de regularidad en el tiempo.

R.Esperadas y no esperadas

Espe-renta q el preceptor tiene previsto recibir (sueldo) noespe-el preceptor la obtiene de forma inesperada (premio lotería).

R


Realizadas y no realizadas:

real-presentan un ↑ monetario por algún concepto para el preceptor no espe-representa un ↑en el valor de los bienes de un sujeto, no de disponibilidades monetarias efectivas.

R.Imputadas:

ingresos q se dejan de percibir como consecuencia de la utilización de un bien por parte del propietario. También se tiene en cuenta las rentas en especie, que se incluyen en la renta de plusvalías o ganancias del K. En relación al sujeto pasivo encontramos dos alterativas: 1) la persona permite una distribución de algunas rentas entre los miembros de la unidad familiar. 2)la unidad familiar:presenta la ventaja de un tratamiento más equitativo de la RD, el inconveniente es el trato desfavorable a las parejas de hecho en relación a los matrimonios legales, las soluciones son aplicar el gravamen a medida de la renta familiar; escalas de gravamen diferentes para los casos de las familias con +de 1perceptor de rentas. El tipo impositivo: escala progresiva con tipos impositivos crecientes a medida q ▲ el nivel de la renta.

Coordinación con otros impuestos

Para evitar la 2imposición, se tiene en cuenta las cuotas pagadas en otros impuestos.

Deducciones:

admite aplicar un amplio abanico de posibilidades, además de las de carácter personal y familiar, pueden aplicarse al ahorro, por inversión, adquisición de vivienda, etc. Se producen efectos económicos sobre la formación bruta de K (reducción de la inversión, porque se reduce su rendimiento neto y reduion del ahorro, que reduce la capacidad de ahorro porque disminuye la renta disponible por que e aplican impuestos) y sobre la oferta de trabajo (es incierto porque a medida que el impuesto e mas alto, el rendimiento neto sera menor).


6.1.2impuesto sobre la R de sociedades:


es un impuesto directo que grava la renta global de las sociedades (beneficios de su AE), cualquiera sea su origen. Su base imponible está compuesta por lo bf de las empresas, se plantea un problema de 2imposición, pq también son gravados como RP de los accionistas de las sociedades. Por esto se compensa a la hora de tributar sobre la R. Personal por los dividendos de sociedades lo que ya se ha pagado como impuesto sobre sociedades.

Tipo impositivo:

no es progresivo ya que no se tiene en cuenta la totalidad de los ingresos q obtienen los sujetos q participan en la empresa por ello no afectará al conjunto de la renta de cada individuo.

Incidencias:

tienden a favorecer el endeudamiento como forma de financiación, ya q los coste son deducibles de la BI mientras q los rendimientos de los recursos propios se incorporan al bf y quedan plenamente gravados y tienen a reducir la inversión empresarial pq reduce los recursos de las empresas q destinan a inversión (una parte de esos recursos deben hacer frente al pago del impuesto)


6.2La tributación sobre la riqueza puede incluir diversos impuestos; en algunos casos lo que se grava es su mera tenencia o la tenencia de alguna forma concreta de riqueza, mientras que en otros se grava la transmisión de la riqueza. En función de ello se pueden diferenciar dos tipos de impuestos de éste género:Sobre la simple posesión de la riqueza: impuestos sobre la propiedad o el patrimonio.Sobre la transmisión de la riqueza:De forma gratuita: sucesiones o donaciones.De forma onerosa (con contraprestación): transmisiones patrimoniales. Si bien, en este caso se trata de un impuesto indirecto de naturaleza semejante a los impuestos sobre las ventas. En el caso español los impuestos sobre la riqueza corresponden básicamente a los niveles subcentrales del gobierno, ya que tanto el impuesto sobre sucesiones y donaciones como el de transmisiones patrimoniales están cedidos a las Comunidades Autónomas y el impuesto sobre bienes inmuebles es un tributo municipal.


Sin embargo, hay que decir que la importancia en términos económicos de este grupo de impuestos es relativamente modesta, a pesar de lo cual, dada la limitada capacidad de recaudación de la que disponen los niveles subcentrales de gobierno, constituyen para ellos una fuente significativa de ingresos.Impuesto sobre el patrimonio: impuesto directo y general que recae únicamente sobre las personas físicas y que afecta a todos los bienes y derechos con contenido económico del sujeto. Grava el patrimonio definido como el conjunto de activos propiedad del sujeto pasivo, del cual se deduce habitualmente el endeudamiento del mismo sujeto.Por lo tanto, el objetivo que persigue es el de gravar al riqueza neta que poseen los individuos. La normativa reguladora del impuesto sobre el patrimonio3 establece que se trata de un tributo cedido a las comunidades autónomasen los términos siguientes: a) Se cedieron a las CCAA. Los rendimientos producidos en su territorio, atendiendo a la residencia  habitual del contribuyente; b) Se cedieron a las CCAA. Competencias normativas, con la condición de cumplir un conjunto de requisitos relativos al mínimo exento, tarifa y deducciones del impuesto.  Cómo se ha dicho, se trata de un impuesto en el cual el sujeto pasivo es el individuo, de forma que no existe la posibilidad de declaración por unidad familiar. El conjunto de exenciones que incorporaba la ley es relativamente amplio; así, la vivienda habitual estaba exenta de tributación estableciendo también un mínimo exento sobre el patrimonio neto que era diferente según las autonomías y que se aplicaba igualmente a título de reducción. También quedaban exentos de tributación los objetos de arte y antigüedades.Desde el punto de vista económico el impuesto beneficia las rentas del trabajo que no es gravado, frente del capital financiero o real que sí que lo es. De hecho, algunos teóricos entienden que se tendrían que considerar como riqueza  el capital humano, puesto que es el resultado de la inversión en educación y formación y los salarios percibidos son el resultado de esta inversión.

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