Nacionalidad, Vecindad Civil y Domicilio: Fundamentos del Derecho Civil Español

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La Nacionalidad: Concepto y Modos de Adquisición

La nacionalidad es un estado civil de la persona que se concreta por su vinculación a un Estado y que determina el conjunto de derechos y deberes de esta persona con relación a dicho Estado. Se distingue entre:

  • Nacionalidad originaria: Adquirida en el momento del nacimiento.
  • Nacionalidad derivativa: Adquirida con posterioridad al nacimiento.

Adquisición de la Nacionalidad

  • Iure sanguinis: Son españoles de origen los nacidos de padre o madre españoles.
  • Iure soli: Los nacidos en España de padres extranjeros si, al menos, uno de ellos hubiera nacido también en España.
  • Otros supuestos: Adquisición por adopción y por posesión de estado.

Modos Derivativos

Los modos derivativos implican una adquisición sobrevenida de la nacionalidad española por una persona que anteriormente ha poseído otra distinta:

  • Derecho de opción.
  • Naturalización: Petición o solicitud de nacionalidad mediante carta de naturaleza o por residencia continuada.

La Vecindad Civil

La vecindad civil es determinante para establecer el sometimiento al derecho foral (o derecho civil autonómico) o al derecho civil común. Esta materia se regula en el artículo 14 del Código Civil, aplicable tanto a la vecindad común como a la foral o especial.

Formas de Adquisición

  • Originaria: Por ius sanguinis (hijos de padres con determinada vecindad) o ius soli (lugar de nacimiento, cuando no pueda aplicarse la atribución por los progenitores).
  • Derivada: Incluye la regla favorable a la vecindad común, la opción como medio de adquisición y la adquisición por residencia.

El Domicilio: Definición y Tipología

El concepto de domicilio es fundamental para el Derecho, puesto que la persona requiere un lugar determinado para ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones. Según el artículo 40 del Código Civil, se define como el lugar de la residencia habitual de las personas naturales.

Requisitos de la Residencia Habitual

  1. Presencia física: Estancia de la persona en un lugar determinado.
  2. Intención: Voluntad de que dicha residencia sea de forma más o menos indefinida.

Domicilios Especiales

El concepto de domicilio es relevante para la adquisición de la nacionalidad o vecindad civil. Asimismo, existen domicilios especiales según la condición de la persona:

  • Personas casadas y domicilio familiar.
  • Sometidos a patria potestad, tutela o incapacitados.
  • Empleados, diplomáticos, militares y comerciantes.
  • Sociedades y domicilio electivo.

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