Movilidad, Excedencias y Extinción del Contrato Laboral: Derechos del Trabajador

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Movilidad en el Ámbito Laboral

Movilidad Funcional

El empresario puede cambiar libremente al trabajador de puesto de trabajo, siempre que ese cambio sea para realizar funciones que se acuerden dentro de la misma categoría profesional. Es posible el cambio de puesto para realizar funciones de diferente categoría, debiendo justificarse con razones técnicas. Si se produce una disminución de funciones, el trabajador puede recibir el mismo salario que venía cobrando.

Movilidad Geográfica

El empresario puede mover al trabajador a un centro de trabajo distinto que exija cambio de residencia, cuando existan razones económicas, técnicas o de producción que lo justifiquen.

Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo

La dirección de la empresa, a causa de probadas razones económicas, técnicas o de producción, puede modificar, individual o colectivamente, condiciones de trabajo de carácter sustancial. Estas son:

  • La jornada de trabajo
  • El horario
  • El sistema de remuneración
  • El sistema de trabajo y rendimiento
  • Las funciones, cuando sobrepasen los límites de la movilidad funcional

Excedencias Laborales

La excedencia es una clase de suspensión del contrato. Es una situación del trabajador que solicita y consigue un permiso para dejar su trabajo temporalmente.

Tipos de Excedencia

Excedencia Forzosa

Se designa a un trabajador para ocupar un trabajo público que le impida la asistencia al trabajo.

Excedencia Voluntaria

Se requiere una antigüedad de al menos 1 año y pedir la excedencia por un mínimo de 4 meses y un máximo de 5 años. No tiene derecho a volver al trabajo, pero sí a ocupar una plaza libre.

Excedencia por Cuidado de Hijos

No superior a 3 años, y por cada hijo. Durante 1 año tiene derecho a la reserva de su trabajo.

Excedencia por Cuidado de un Familiar

No superior a 1 año, con reserva de trabajo para cuidar a un familiar hasta el segundo grado.

Dimisión y Extinción del Contrato

La Dimisión

El trabajador puede dar por finalizado su trabajo con previo aviso, sin dar ninguna explicación. Debe avisar con 15 días de antelación y no tiene derecho a indemnización.

Extinción Causal

El trabajador puede solicitar la finalización de su trabajo debido a alguno de los siguientes incumplimientos:

  • Modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo.
  • Falta de pago o retrasos.
  • Otro incumplimiento grave.

Realización del Despido

El despido debe realizarse mediante comunicación escrita al trabajador, en la que se haga constar la causa del despido y la fecha. Si el trabajador está afiliado a un sindicato, se deberá informar a los delegados sindicales correspondientes.

Sindicatos y Representación de los Trabajadores

Los Sindicatos

Son organizaciones que se constituyen para la defensa de los intereses y para la mejora de las condiciones laborales de los trabajadores. Pueden ser de un mismo grupo o de todos en general. Afiliarse es un derecho de todos los trabajadores. Los sindicatos representan a los trabajadores en el exterior y dentro de la empresa.

Representación de los Trabajadores en la Empresa

La representación se realiza mediante los delegados de personal y el comité de empresa.

Delegado de Personal

Se elige en empresas que cuenten con más de 10 trabajadores y menos de 50. Pueden pertenecer a un sindicato o actuar de forma independiente.

Comité de Empresa

Es el órgano de representación colegiada de los trabajadores en la empresa para la defensa de sus intereses. Se constituye en empresas con más de 50 trabajadores.

Convenio Colectivo

El convenio colectivo es un pacto entre trabajadores y empresarios a través del cual se fijan las condiciones por las que han de regirse las relaciones laborales dentro de su ámbito de aplicación.

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