La Monarquía Constitucional y la Democracia en España

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1.1. Los valores de la Monarquía Constitucional

A la muerte de Franco se estableció una Monarquía Constitucional o Parlamentaria, que mantenía como símbolos externos:

  • La bandera roja y amarilla que procede de la flota española de la época del establecimiento de los Borbones en España
  • El himno español monárquico, que procede de una marcha real de artillería del s. XVII, al que se eliminó la letra que tenía en la época franquista
  • La divisa, los escudos de Castilla, León, Navarra y Aragón, las columnas de Hércules con el emblema “Plus Ultra” (Descubrimiento de América).

España es un Estado social y de derecho: los gobernantes deben ejercer el poder siguiendo una reglas fijadas por las leyes. El Estado debe respetar las leyes y sobre todo, la Constitución.

1.2. La Democracia española

1.2.1. La Democracia Representativa

España es una Democracia Representativa, basada en la Constitución de 1978, en la que la soberanía reside en el pueblo y éste elige a sus representantes para el gobierno.

1.2.2. La Constitución de 1978

Fue redactada entre 1976 y 1978, fruto de la voluntad de consenso de los partidos políticos a la muerte de Franco, y aprobada por Referéndum (6-12-1978). Delimita el territorio del Estado, determina quiénes son ciudadanos, organiza el aparato de gobierno, sirve para garantizar la justicia, la igualdad, el pluralismo político, las libertades fundamentales de los españoles, la separación de poderes, las instituciones del Estado y establece la regla de la mayoría y los recursos contra el abuso de poder por parte del gobierno. Las libertades fundamentales de los ciudadanos se dividen en :

  • Derechos y libertades personales: (derecho a la vida, prohibición de la pena de muerte y de la tortura, derecho a la libertad personal Habeas Corpus, a la inviolabilidad del domicilio, al secreto de la correspondencia, teléfono..., a la libertad de pensamiento, religión y expresión, a la libre circulación por el territorio español y la libre salida de España.
  • Derechos económico-sociales: (derecho a la vivienda, a la educación, al trabajo con un salario justo, a la Seguridad Social (enfermedad, paro, retiro...), a descanso semanal y vacaciones anuales retribuidas. También se obliga a la protección de grupos desfavorecidos (disminuidos físicos, infancia, tercera edad...)
  • Derechos y libertades colectivos: (derecho de manifestación, de asociación (política Partidos Políticos y de otro tipo).

Para la defensa de todos los derechos fundamentales se creó el Defensor del Pueblo y el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

II LA ORGANIZACIÓN DE LOS PODERES DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA

2.1. Las Instituciones de España

2.1.1. La Corona

El Jefe del Estado es la Corona o el Rey. Es un cargo vitalicio, hereditario y no sometido a responsabilidad.

Representa a España pero no gobierna, sólo sugiere. Es el símbolo de su unidad y permanencia.

2.1.2. El Poder Ejecutivo. El Gobierno.

El Gobierno está formado por el Presidente del Gobierno (elegido por el Congreso de Diputados y nombrado por el Rey) y el Consejo de Ministros (nombrado por el Presidente). Sus funciones son:

  • Dirigir la política interior
  • Dirigir la política exterior
  • Dirigir la administración civil
  • Dirigir la administración militar

Tiene prerrogativas especiales como el derecho de gracia, etc.

2.1.3. El Poder Legislativo. El Parlamento (las Cortes Generales).

Las Cortes Generales o Parlamento están compuestas por dos Cámaras: el Congreso de los Diputados y el Senado. Sus miembros son elegidos cada 4 años. El Senado es una Cámara autonómica y las funciones del Congreso son:

  • Hacer las leyes
  • Aprobar los presupuestos del Estado
  • Controlar al Gobierno (ratifica Tratados internacionales, moción de censura, voto de confianza, Estado de excepción, Tribunal de Cuentas, interpelaciones de grupos parlamentarios, etc.)

2.1.4. El Poder Judicial.

Para garantizar que se cumplen las leyes, existen los Tribunales de Justicia. Entre ellos destaca el Tribunal Constitucional, para garantizar el respeto a la Constitución. En cada municipio existe un Juzgado, en cada capital de Provincia, una Audiencia Provincial; en las Comunidades Autónomas, un Tribunal Superior de Justicia; y en Madrid, una Audiencia Nacional y un Tribunal Supremo que actúan en todo el territorio. Existen también el Consejo Superior del Poder Judicial y el Fiscal General del Estado. La justicia emana del pueblo, es gratuita y la realizan los jueces, que son funcionarios de carrera (no elegidos) (independencia judicial). El pueblo participa por medio del jurado popular.

2.2. La organización del Estado. Las Autonomías

La organización territorial del Estado español se basa en los principios de unidad, autonomía y solidaridad. La unidad se garantiza atribuyendo al Estado una serie de competencias exclusivas: relaciones internacionales, defensa del territorio, Administración de justicia, comercio exterior, sistema monetario, planificación económica...)

La Constitución reconoce la existencia de nacionalidades y regiones con derecho al autogobierno (España = Estado plurinacional). Existen 17 Comunidades Autónomas, además de Ceuta y Melilla. Todas ellas tienen un Estatuto de Autonomía (la Constitución de la Autonomía, en el que constan las competencias que tiene, sus instituciones y sus símbolos: escudo, bandera, himno). Se gobiernan por un Gobierno Autonómico y un Parlamento Autonómico. Toman las decisiones en las materias en las que tienen competencias, fijan para ello sus objetivos y elaborando sus propias leyes (linguísticas, administrativas, an agricultura, pesca, sanidad, medio ambiente, urbanismo, educación, etc.) Se ayudan entre ellas por el Fondo de Compensación Económica Interterritorial.

2.3. Las elecciones

Son libres (todos pueden ser candidatos), se realizan por sufragio universal (mayores de 18 años) y secreto, son periódicas y pluralistas (con más de una candidatura). En España hay 4 tipos de elecciones:

  • Elecciones Generales al Congreso de los Diputados y al Senado. Son cada 4 años (o antes si el Presidente convoca elecciones anticipadas). Son 350 diputados (mínimo 2 por Provincia). Las candidaturas se presentan en listas cerradas y bloqueadas. Los escaños de cada circunscripción electoral (Provincias) se asignan proporcionalmente al número de votos de cada candidatura, pero se usa la fórmula D´Hondt, para beneficiar a las candidaturas más votadas. Los senadores se eligen en listas abiertas (4 por cada circunscripción). No obtienen escaños los que no han obtenido el 3% de los votos de cada circunscripción).
  • Elecciones Autonómicas al Parlamento Autonómico. Cada 4 años. Es similar al caso anterior.
  • Elecciones Municipales a los Ayuntamientos.Cada 4 años. Se eligen los concejales y éstos eligen al alcalde. Es similar al caso anterior, pero no obtienen escaños los que no han obtenido el 5% de los votos.
  • Elecciones Europeas al Parlamento Europeo. España elige 64 diputados al mismo. La circunscripción electoral es todo el territorio nacional. Es similar a las elecciones generales, pero no existe un tope mínimo de votos obtenidos.

Existe un sistema indirecto que es el Referéndum, que es una consulta al pueblo sobre ciertas cuestiones. Se vota a favor o en contra.

2.4. España y Europa

El derecho comunitario es único y superior al derecho nacional español. España está supeditada a la UE y adoptar sus reglas y los tratados firmados por la UE. El Acta Unica (1986) y el Tratado de Maastricht (1992) sirven para la unificación de la UE. Por este último se crea la ciudadanía europea (participando los ciudadanos en la elección del Parlamento Europeo), se crea la moneda única (euro), a implantarse en 2002, una policía europea, un ejército europeo, se dispone que no haya una lengua única pero que se usen el francés y el inglés como lenguas de trabajo de los organismos comunitarios, se permite la libre circulación de mercancías y de trabajadores en la UE y se lleva a cabo una política de inmigración común.

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