Modificaciones Sustanciales y Suspensión del Contrato Laboral: Aspectos Clave

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1.3 Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo

Se consideran seis materias a modificar que afectan las condiciones laborales:

  • Jornada
  • Horario y distribución del tiempo de trabajo
  • Régimen de trabajo a turnos
  • Sistema de retribución y cuota salarial
  • Sistema de trabajo y rendimiento
  • Movilidad funcional extraordinaria

La modificación individual requiere una comunicación con 15 días de antelación, dando lugar a las siguientes opciones para el trabajador:

  1. Aceptar la modificación.
  2. Recurrir la decisión.
  3. Extinguir la relación laboral.
  4. Solicitar una indemnización de 33 días por año trabajado en caso de menoscabo en su dignidad.

2. La Suspensión del Contrato

El contrato puede suspenderse por diversas causas:

  • Maternidad, paternidad y adopción.
  • Riesgo durante el embarazo o durante la lactancia.
  • Solicitud de una excelencia (posiblemente refiriéndose a excedencia o permiso especial).
  • Causas objetivas.
  • Fuerza mayor temporal.
  • Huelga legal o cierre legal.
  • Estar de baja laboral (incapacidad temporal).
  • Suspensión de sueldo y empleo.
  • Desempeño de un cargo público.
  • Privación de libertad.
  • Ser víctima de violencia de género.
  • Mutuo acuerdo o un pacto válido.

2.1 La Maternidad

Respecto al descanso por maternidad se establecen las siguientes condiciones:

  • 16 semanas seguidas, ampliables en 2 semanas adicionales por cada hijo nacido a partir del segundo.
  • 6 semanas obligatorias posteriores al parto.
  • De esas 10 semanas restantes, la madre puede repartir todas o algunas con el padre.
  • La madre puede revocar la decisión de repartir el permiso con el padre.
  • Si fallece un hijo, se mantiene el descanso de maternidad completo.

2.2 Las Excedencias

Excedencias Forzosas:

  • Por designación a un trabajo de cargo público o cargo sindical.
  • Duración: Mientras dure el cargo.
  • Reserva del puesto: Se reserva el puesto si existe la antigüedad requerida.

Excedencias Por Cuidado de Hijos:

  • Para cada menor de 3 años.
  • Duración: Hasta que el menor cumpla 3 años.
  • Reserva del puesto: Se reserva el puesto para el primer hijo; para el segundo y tercero, un puesto en su grupo profesional.
  • Computa para la antigüedad y derecho a cursos de formación.
  • La empresa no podrá limitar este derecho.

Excedencias Por Cuidado de Familiares:

  • Para un familiar hasta segundo grado.
  • Duración: Como máximo 2 años.
  • Reserva del puesto: Se reserva el puesto para el primer caso; para el segundo y tercero, un puesto en su grupo profesional.
  • Computa para la antigüedad y derecho a cursos de formación.

Excedencias Voluntarias:

  • A voluntad del trabajador, siempre que tenga al menos 1 año de antigüedad.
  • Duración: Un mínimo de 4 meses y un máximo de 5 años.

3. Extinción del Contrato

El contrato puede finalizar por múltiples causas, clasificadas de la siguiente manera:

Por Voluntad del Trabajador:

  • Dimisión.
  • Abandono del puesto.
  • Incumplimiento grave de la empresa.
  • Ser víctima de violencia de género.

Por Voluntad de la Empresa:

  • Despido disciplinario.
  • Despido por causas objetivas.
  • Despido colectivo.
  • Despido por fuerza mayor.

Por Otras Causas:

  • Finalización del contrato temporal.
  • Muerte, jubilación, etc., del trabajador o empleador.
  • Extinción de la persona jurídica de la empresa.
  • Mutuo acuerdo o pacto válido estipulado en el contrato.

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