Modelo de carta de terminación de contrato de arrendamiento por parte del arrendatario

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Entre, BELLASEGOVIA DE TOVAR, venezolana, mayor de edad, viuda, Docente, titular de la cédula de identidad No. 4998470 y de este domicilio, quien en lo adelante se Denominará "La Arrendadora", por una parte y por la otra el ciudadano Juan DE LA CURZ OLIVARES, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la Cédula de identidad No. 4141417 y de este domicilio, quien a los mismos efectos Se denominará "El Arrendatario", se ha convenido en celebrar un Contrato de Arrendamiento contenido en las Cláusulas siguientes: = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

PRIMERA.- "La Arrendadora" Da en arrendamiento a "El Arrendatario" un (1) Inmueble de su Legítima propiedad constituido por Un (1) Local de Planta Baja, denominado “B-2” con sala de baño, propio para comercio Para que funcione el fondo mercantil “FOTO ESTUDIO OLIVARES” de TREINTITRES METROS CON SESENTA Centímetros CUADRADOS (33,60 Mts²) aproximadamente, ubicado Por la avenida Revolución cruce con Avenida Fuerzas Armadas, sin número Asignado, de esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure. Este inmueble Se encuentra en perfecto estado de habitabilidad, así como su mobiliario, de lo cual "El Arrendatario" deja constancia y asimismo se obliga entregarlo cuando se le Haga exigible.= = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

SEGUNDA.- "El Arrendatario" se obliga a utilizar el inmueble objeto de este Contrato únicamente con fines propios para el Desarrollo de la Actividad Comercial, Y por lo tanto no podrá ser utilizado para fines distintos sin el previo Consentimiento por escrito de "La Arrendadora". = = = = = = = = = = = = =

TERCERA.- El Contrato de Arrendamiento se realiza por el término De duración de UN (01) AÑO, y su periodo de pago del canon comienzan a regir a Partir de la fecha uno de Junio de dos mil quince (01/06/2015) hasta la fecha uno De Junio de dos mil dieciséis (01/06/2016), y quedará renovado automáticamente Por un período igual siempre y cuando alguna de las partes avisase a la otra Con treinta (30) días de anticipación por lo menos al vencimiento del plazo establecido, Su deseo de no darlo por terminado y continuar con un nuevo contrato.
= = = == = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

CUARTA.- El Canon de arrendamiento mensual es por la cantidad de SEIS MIL Bolívares (Bs.6.000,oo); Que "El Arrendatario" se obliga a pagar exacta e íntegramente, con Toda puntualidad al vencimiento de cada mes. El retardo de más de quince (15) días En el pago del canon de arrendamiento genera intereses a la rata del 12 % anual sobre Saldos deudores. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

QUINTA.- En caso de que "La Arrendadora" y "El Arrendatario" llegasen a Renovar el presente Contrato de Arrendamiento, será necesario hacer un nuevo Contrato de arrendamiento, para el nuevo período que se desee prorrogar; el Canon de arrendamiento mensual, se establecerá según la conveniencia de la Economía


del país Acorde con los índices inflacionarios dados por el Banco Central de Venezuela. = = = = = = = =

SEXTA.- Este Contrato se considera celebrado intuito personae con respecto a "El Arrendatario" quien no podrá ceder o traspasar el presente Compromiso de Arrendamiento, ni subarrendar total o parcialmente el inmueble objeto del mismo Sin el consentimiento previo y por escrito de "La Arrendadora". La Contravención a esta cláusula será causal para que "La Arrendadora" lo Considere rescindido de pleno derecho mediante declaración ante el Incumplimiento y pueda exigir su terminación, así como los daños y perjuicios y Gastos judiciales o extrajudiciales que se ocasionasen por razón de cualquier Procedimiento. = = = = = =

Séptima.- Los Gastos de energía eléctrica, agua potable, aseo urbano domiciliario así como la contratación de tales servicios y Demás gastos afines, serán por la sola y única cuenta de "El Arrendatario".

OCTAVA.- "El Arrendatario" queda obligado de manera expresa:= = = = = = = = = = = = = = = = = =

A).- A no hacer alteración o modificación alguna en la estructura y Construcción del inmueble arrendado sin previo consentimiento por escrito de "La Arrendadora". = = = = = = = = = = = = = = = =

B).- A permitirlo inspeccionar por la persona que "La Arrendadora" Autorice por escrito y previa cita. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

C).- A conservarlo y devolverlo al final de este Contrato en el mismo Buen estado como lo ha recibido, con sus pertenencias y anexos.= = = = = = = = = = = = = = = = = = == = = = = = = = = = = =

D).- A sufragar los gastos que se ocasionen con motivo de todas las Reparaciones que él amerite, excepto reparaciones mayoresno causadas por su condición de Arrendamiento.= = = = = = = = = = ==

E).- A observar las disposiciones sobre higiene domiciliaria, Establecidas o que establezcan las respectivas autoridades, protección contra Incendios y Seguridad Industrial y pagar las multas o gastos a que diese lugar Por su incumplimientos. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = ==

F).- A no instalar en el mismo materias o materiales que por su Naturaleza causen daños al inmueble. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

NOVENA.- "El Arrendatario" Si al término del vigente Contrato no entrega Completamente desocupado el inmueble arrendado, indemnizará los daños Y perjuicios que sufra "El Arrendador" por el

incumplimiento De "El Arrendatario", los cuales se estima a razón de la cantidad de TRESCIENTOS Bolívares (Bs. 300,oo) diarios por cada día de mora en la entrega del inmueble Dado en alquiler. Igual cantidad se compromete a pagar por concepto de Cláusula Penal, por cada día que ocupe el inmueble arrendado cualquier persona distinta A "El Arrendatario".= = = = = = = = = = = = = = = = = =

Décima.- Serán de Exclusivo cargo de "El Arrendatario" las reparaciones Menores que necesite el inmueble Arrendado durante la vigencia de este Contrato, tales como:= = = = = = = = = = = = = = =

A).- Las Pinturas interiores y exteriores, reparación de paredes y Techo que se grieten por el uso normal del inmueble arrendado.= = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

B).- La Restauración y acondicionamiento de los equipos electrónicos Que se encuentren en el


inmueble Siendo de su único cargo la reparación y sustitución de los mismos.= = = = = = = = = = = = =

C).- El acondicionamiento de los servicios sanitarios cuando estos se Deterioren igualmente por el uso normal que los haga inservibles, reposición de Las cerámicas de las distintas dependencias de los locales arrendados. Asimismo Serán también de su cargo todas aquellas otras reparaciones ordenadas por la Sanidad Nacional Y que "La Arrendadora" Ponga en su conocimiento, haciéndose responsable en caso contrario de las Sanciones que fuesen impuestas por su no ejecución.= = = = = = = = = = = = = = = ===

Décima PRIMERA.- "El Arrendatario" queda obligado a poner en conocimiento por escrito A "La Arrendadora", Con la mayor urgencia, cualquier novedad dañosa o indicio de que pueda ser Necesario alguna reparación mayor del inmueble arrendado, de no hacerlo será Responsable de los perjuicios que ocasione su negligencia. En el caso de que se Requiera efectuar reparaciones mayores en el inmueble arrendado, "El Arrendatario" se obliga desocuparlo durante todo el tiempo que sea Necesario para efectuar dichos trabajos, sin que pueda reclamar a "La Arrendadora" o a Terceros indemnización por estos conceptos. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

Décima SEGUNDA.- "La Arrendadora" Efectuará el cobro del canon de arrendamiento, bien personalmente o por una Persona que autorice debidamente por escrito, en el local del inmueble Arrendado. Es entendido entre las partes que el retardo en dos (2) mensualidades Consecutivas del canon aquí convenido, dará lugara la inmediata resolución de este contrato Por parte de “La Arrendadora” en contra de “El Arrendador”, este último estará Obligado a pagar los cánones insolutos, daños y perjuicios, así como los Honorarios profesionales de abogados por los trámites judiciales ocasionados Por el incumplimiento de la presente cláusula. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

Décima TERCERA.- "La Arrendadora" No será responsable de los daños y perjuicios que pueda sufrir "El Arrendatario" por robos, incendios, ruina, motín De guerra, deterioro en el inmueble como consecuencias de aguas pluviales o Fluviales, caso fortuito o fuerza mayor. = = = = = = = = = = = = = = Décima CUARTA.- En caso de enajenación del inmueble arrendado, por parte de "El Arrendador", el

Contrato de Arrendamiento queda sujeto a lo previsto por el Artículo 1604 del Código Civil, Y en caso de venta por parte de "El Arrendatario" de su fondo de Comercio, se requiere de otro contrato con el nuevo adquirente del fondo de Comercio.= = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = ==

Décima QUINTA.- "El Arrendatario" conoce y declara expresamente, que no podrá Atribuirse, ni invocar derechos en razón del mayor valor que pudiera tener el Inmueble arrendado por cualquier causa que fuere.

Décima SEXTA.-Este Documento contiene la totalidad de las estipulaciones convenidas entre las Partes,


en Consecuencia no será válida ninguna otra que las modifique sino está otorgada Por escrito por ellas. =

Décima Séptima.- Para todos los efectos y consecuencias derivados del presente convenio se elige Como domicilio especial y único a la ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure. A la Jurisdicción De cuyos Tribunales declaramos someternos.== = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

Décima OCTAVA.- En todo lo no previstoen el presente Convenio, se observaran las disposiciones legales pertinentes. Se hacen dos (2) Ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. = = = = = = = =

Dado en San Fernando de Apure, a los un días del mes Junio del año dos Mil quince. = = = =

Por “La Arrendadora"

Por "El Arrendatario";


Entre, BELLASEGOVIA DE TOVAR, venezolana, mayor de edad, viuda, Docente, titular de la cédula de identidad No. 4998470 y de este domicilio, quien en lo adelante se Denominará "La Arrendadora", por una parte y por la otra el ciudadano Juan DE LA CURZ OLIVARES, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la Cédula de identidad No. 4141417 y de este domicilio, quien a los mismos efectos Se denominará "El Arrendatario", se ha convenido en celebrar un Contrato de Arrendamiento contenido en las Cláusulas siguientes: = = = == = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

PRIMERA.- "La Arrendadora" Da en arrendamiento a "El Arrendatario" un (1) Inmueble de su Legítima propiedad constituido por Un (1) Local de Planta Alta, denominado “B-1” con sala de baño, propio para comercio Para que funcione el fondo mercantil “FOTO ESTUDIO OLIVARES” de TREINTITRES METROS CON SESENTA Centímetros CUADRADOS (33,60 Mts²) aproximadamente, ubicado Por la avenida Revolución cruce con Avenida Fuerzas Armadas, sin número Asignado, de esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure. Este inmueble Se encuentra en perfecto estado de habitabilidad, así como su mobiliario, de lo cual "El Arrendatario" deja constancia y asimismo se obliga entregarlo cuando se le Haga exigible.= = = = = = = = = = = = = == = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

SEGUNDA.- "El Arrendatario" se obliga a utilizar el inmueble objeto de este Contrato únicamente con fines propios para el Desarrollo de la Actividad Comercial, Y por lo tanto no podrá ser utilizado para fines distintos sin el previo Consentimiento por escrito de "La Arrendadora". = = = = = = = = = = = = =

TERCERA.- El Contrato de Arrendamiento se realiza por el término De duración de UN (01) AÑO, y su periodo de pago del canon comienzan a regir a Partir de la fecha uno de Junio de dos mil quince (01/06/2015) hasta la fecha Uno de Junio de dos mil dieciséis (01/06/2016), y quedará renovado automáticamente Por un período igual siempre y cuando alguna de las partes avisase a la otra Con treinta (30) días de anticipación por lo menos al vencimiento del plazo establecido, Su deseo de no darlo por terminado y continuar con un nuevo contrato. = = = == = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

CUARTA.- El Canon de arrendamiento mensual es por la cantidad de SEIS MIL Bolívares (Bs.6.000,oo); Que "El Arrendatario" se obliga a pagar exacta e íntegramente, con Toda puntualidad al vencimiento de cada mes. El retardo de más de quince (15) días En el pago del canon de arrendamiento genera intereses a la rata del 12 % anual sobre Saldos deudores. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

QUINTA.- En Caso de que "La Arrendadora" y "El Arrendatario" llegasen a Renovar el presente Contrato de Arrendamiento, será necesario hacer un nuevo Contrato de arrendamiento, para el nuevo período que se desee prorrogar; el Canon de arrendamiento mensual, se establecerá según la conveniencia de la Economía


del país acorde con los índices inflacionarios Dados por el Banco Central de Venezuela. = = = = = = = =

SEXTA.- Este Contrato se considera celebrado intuito personae con respecto a "El Arrendatario" quien no podrá ceder o traspasar el presente Compromiso de Arrendamiento, ni subarrendar total o parcialmente el inmueble objeto del mismo Sin el consentimiento previo y por escrito de "La Arrendadora". La Contravención a esta cláusula será causal para que "La Arrendadora" lo Considere rescindido de pleno derecho mediante declaración ante el Incumplimiento y pueda exigir su terminación, así como los daños y perjuicios y Gastos judiciales o extrajudiciales que se ocasionasen por razón de cualquier Procedimiento. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

Séptima.- Los Gastos de energía eléctrica, agua potable, aseo urbano domiciliario así como la contratación de tales servicios y Demás gastos afines, serán por la sola y única cuenta de "El Arrendatario".

OCTAVA.- "El Arrendatario" queda obligado de manera expresa:= = = = = = = = = = = = = = = = = =

A).- A no hacer alteración o modificación alguna en la estructura y Construcción del inmueble arrendado sin previo consentimiento por escrito de "La Arrendadora". = = = = = = = = = = = = = = = =

B).- A permitirlo inspeccionar por la persona que "La Arrendadora" Autorice por escrito y previa cita. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

C).- A conservarlo y devolverlo al final de este Contrato en el mismo Buen estado como lo ha recibido, con sus pertenencias y anexos.= = = = = = = = = = = = = = = = = = == = = = = = = = = = = =

D).- A sufragar los gastos que se ocasionen con motivo de todas las Reparaciones que él amerite, excepto reparaciones mayoresno causadas por su condición de Arrendamiento.= = = = = = = = = = ==

E).- A observar las disposiciones sobre higiene domiciliaria, Establecidas o que establezcan las respectivas autoridades, protección contra Incendios y Seguridad Industrial y pagar las multas o gastos a que diese lugar Por su incumplimientos. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = ==

F).- A no instalar en el mismo materias o materiales que por su Naturaleza causen daños al inmueble. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

NOVENA.- "El Arrendatario" Si al término del vigente Contrato no entrega Completamente desocupado el inmueble arrendado, indemnizará los daños Y perjuicios que sufra "El Arrendador" por el

incumplimiento De "El Arrendatario", los cuales se estima a razón de la cantidad de TRESCIENTOS Bolívares (Bs. 300,oo) diarios por cada día de mora en la entrega del inmueble Dado en alquiler. Igual cantidad se compromete a pagar por concepto de Cláusula Penal, por cada día que ocupe el inmueble arrendado cualquier persona distinta A "El Arrendatario".= = = = = = = = = = = = = = = = = =

Décima.- Serán de Exclusivo cargo de "El Arrendatario" las reparaciones Menores que necesite el inmueble Arrendado durante la vigencia de este Contrato, tales como:= = = = = = = = = = = = = = =

A).- Las Pinturas interiores y exteriores, reparación de paredes y Techo que se grieten por el uso normal del inmueble arrendado.= = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

B).- La Restauración y acondicionamiento de los equipos electrónicos Que se encuentren en el


inmueble Siendo de su único cargo la reparación y sustitución de los mismos.= = = = = = = = = = = = =

C).- El acondicionamiento de los servicios sanitarios cuando estos se Deterioren igualmente por el uso normal que los haga inservibles, reposición de Las cerámicas de las distintas dependencias de los locales arrendados. Asimismo Serán también de su cargo todas aquellas otras reparaciones ordenadas por la Sanidad Nacional Y que "La Arrendadora" Ponga en su conocimiento, haciéndose responsable en caso contrario de las Sanciones que fuesen impuestas por su no ejecución.= = = = = = = = = = = = = = = ===

Décima PRIMERA.- "El Arrendatario" queda obligado a poner en conocimiento por escrito A "La Arrendadora", Con la mayor urgencia, cualquier novedad dañosa o indicio de que pueda ser necesario Alguna reparación mayor del inmueble arrendado, de no hacerlo será responsable De los perjuicios que ocasione su negligencia. En el caso de que se requiera Efectuar reparaciones mayores en el inmueble arrendado, "El Arrendatario" se obliga desocuparlo durante todo el tiempo que sea Necesario para efectuar dichos trabajos, sin que pueda reclamar a "La Arrendadora" o a Terceros indemnización por estos conceptos.= = = = = = = == = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

Décima SEGUNDA.- "La Arrendadora" Efectuará el cobro del canon de arrendamiento, bien personalmente o por una Persona que autorice debidamente por escrito, en el local del inmueble Arrendado. Es entendido entre las partes que el retardo en dos (2) Mensualidades consecutivas del canon aquí convenido, dará lugara la inmediata resolución de este contrato Por parte de “La Arrendadora” en contra de “El Arrendador”, este último estará Obligado a pagar los cánones insolutos, daños y perjuicios, así como los Honorarios profesionales de abogados por los trámites judiciales ocasionados Por el incumplimiento de la presente cláusula. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

Décima TERCERA.- "La Arrendadora" No será responsable de los daños y perjuicios que pueda sufrir "El Arrendatario" por robos, incendios, ruina, motíndeguerra,deterioro en el inmueble como consecuencias de aguas pluviales o Fluviales, caso fortuito o fuerza mayor. = = = = = = = = = = = = = = Décima CUARTA.- En caso de enajenación del inmueble arrendado, por parte de "El Arrendador", el

Contrato de Arrendamiento queda sujeto a lo previsto por el Artículo 1604 del Código Civil, Y en caso de venta por parte de "El Arrendatario" de su fondo de Comercio, se requiere de otro contrato con el nuevo adquirente del fondo de Comercio.= = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = ==

Décima QUINTA.- "El Arrendatario" conoce y declara expresamente, que no podrá Atribuirse, ni invocar derechos en razón del mayor valor que pudiera tener el Inmueble arrendado por cualquier causa que fuere.

Décima SEXTA.-Este Documento contiene la totalidad de las estipulaciones convenidas entre las Partes,


en Consecuencia no será válida ninguna otra que las modifique sino está otorgada Por escrito por ellas.

Décima Séptima.- Para todos los efectos y consecuencias derivados del presente Convenio se elige como domicilio especial y único a la ciudad de San Fernando De Apure, Estado Apure. A la Jurisdicción de cuyos Tribunales declaramos someternos.== = = = = = = = = = = = = = = = = = =

Décima OCTAVA.- En todo lo no previstoen el presente Convenio, se observaran las disposiciones legales pertinentes. Se hacen dos (2) Ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

Dado en San Fernando de Apure, a los un días del mes Junio del año dos Mil quince. = = =

Por “La Arrendadora"

Por "El Arrendatario";

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