Modalidades de Contratación Laboral y Requisitos Legales en España
Enviado por Chuletator online y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en
español con un tamaño de 2,53 KB
Contrato eventual por circunstancias de la producción
Durará como máximo 6 meses dentro de un periodo de 12 meses, que se puede ampliar a 18. La extinción será la finalización del tiempo pactado. Si al acabar, el trabajador continúa prestando servicios, el contrato cambiará a indefinido. Al finalizar el contrato, tendrá derecho a 12 días de salario por año trabajado.
Contrato de interinidad
Sirve para sustituir a un trabajador con reserva de puesto y para cubrir temporalmente un puesto. Durará hasta que se reincorpore el trabajador. Acabará por la incorporación del trabajador, el fin del proceso de selección o el transcurso del plazo máximo (3 meses). Este contrato no recibirá indemnización.
Reserva de puestos a personas con discapacidad
Las empresas de más de 50 trabajadores están obligadas a que al menos un 2% de la plantilla sean trabajadores con discapacidad.
Contratos para la formación y el aprendizaje con personas con discapacidad
Las empresas que celebren contratos para la formación y el aprendizaje con estos trabajadores podrán aplicar una reducción del 50% en las cuotas empresariales a la Seguridad Social.
En estos casos, los empresarios podrán optar por esta bonificación o bien por la prevista con carácter general para los contratos para la formación.
La contratación de duración indefinida
Tiene una doble finalidad: fomentar la contratación indefinida y estable de trabajadores y apoyar a los emprendedores que deseen crear nuevos puestos de trabajo.
Requisitos por parte del empresario
- Podrán optar a estos contratos si tienen menos de 50 trabajadores.
- Deberá ser celebrada a jornada completa y por escrito.
- No podrá concertar este contrato la empresa que, en los seis meses anteriores, haya adoptado decisiones extintivas improcedentes.
Contrato a tiempo parcial
Finalidad y requisitos
Consiste en realizar la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año. Jornada: Se puede pactar la realización de las denominadas horas complementarias. Dicho pacto por escrito solo podrá realizarse en contratos a tiempo parcial con una jornada no inferior a 10 horas semanales en cómputo anual.