Medidas Judiciales en Justicia Juvenil: Factores Sociofamiliares y Efecto Disuasorio de la Pena
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Contexto y Evolución de la Justicia Juvenil
Sí se había podido observar que existía una práctica discriminatoria en el momento en que le tocaba intervenir al control social formal. Podemos afirmar que esta situación ha sido superada, ya que los menores enjuiciados viven tanto en situaciones personales normalizadas como muy desfavorables. Sus familias suelen tener una posición económica desahogada, aunque también las hay que pasan dificultades en este aspecto, y el entorno social del que provienen se caracteriza tanto por ser problemático como por estar ausente de factores desestabilizadores.
Factores Sociofamiliares y Aplicación de Medidas en la Justicia Juvenil
Situación Socioeconómica y Familiar de los Menores Infractores
La situación social, económica y familiar de algunos menores está más deteriorada. Estos son miembros de familias con bajos ingresos, con relaciones familiares conflictivas y con una situación general de abandono, que ni trabajaban ni asistían a la escuela. Estos menores presentan problemas a nivel educativo, de salud mental y de consumo de drogas o alcohol.
Por otro lado, a pesar de vivir en un entorno social normalizado, otros menores pueden presentar carencias familiares como falta de habilidades educativas, bajo nivel de afectividad o falta de recursos económicos suficientes. A menudo, enfrentan graves problemas escolares, con una alta presencia de ambientes familiares desestructurados o precarios y con una situación económica problemática.
Criterios para la Aplicación de Medidas Judiciales
Para la aplicación de medidas se consideran diversos factores, entre los que se incluyen:
- Gravedad de la infracción cometida
- Reincidencia o no del menor
- Sexo y edad
- Situación escolar
- Personalidad del menor
- Estructuración familiar
- Economía familiar
- Entorno social
Para la imposición de una sanción, se tienen en cuenta características legales y extralegales del menor infractor. Esto resulta acorde a lo pretendido por la justicia de menores: que no solo se tome en consideración la infracción o la posible reincidencia del menor de cara a la adjudicación de una medida, sino que sean determinantes también las circunstancias personales y sociales en las que vive.
Es importante recordar que el principio de individualización de las medidas judiciales hace que se tenga que optar por la más idónea para cada menor. La decisión de imponer una sanción de internamiento o de medio abierto ha de venir determinada tanto por factores de control como por las características del menor infractor. Si el menor tiene una situación personal y social difícil en la que no cuenta con apoyo familiar ni del entorno, parece revelarse que la opción es acudir a una medida de internamiento (frente a la de medio abierto) con la finalidad de que el menor pueda comenzar a subsanar sus carencias en un entorno en el que estará absolutamente controlado y, por tanto, con menos opciones para sustraerse al contenido educativo que toda sanción para menores lleva implícita.
Efecto Disuasorio de las Penas: Investigaciones Empíricas
La pena sí tiene un efecto preventivo general sobre el delito, y la certeza en su imposición es más importante que la severidad de la misma. Los sujetos que han cometido delitos y no han sido detectados ni detenidos por la policía presentarán, como consecuencia, menos temor a sufrir una pena. Por el contrario, los que no han delinquido nunca tendrán la percepción personal de que el riesgo a ser detenido y sufrir un castigo es mayor.
Las penas son efectivas en la prevención general del delito, pero con un efecto moderado y difícil de deslindar de la función policial a la hora de detener a los sujetos o de la certeza de recibir finalmente un castigo. No ocurre lo mismo en la relación entre disuasión y severidad de las penas.
La pena de prisión tiene efectos criminógenos, y un régimen penitenciario más suave (con la aplicación de la libertad condicional, tercer grado y permisos de salida) contribuye a una menor reincidencia. Dado que las personas que sufren una mayor privación de libertad cuentan con mayores posibilidades de reincidir en un comportamiento delictivo, parece claro que se debería apostar por la búsqueda y aplicación de medidas alternativas a la prisión.