Marco Regulatorio de las Relaciones Laborales: Representación Sindical y Extinción Contractual

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Conceptos Fundamentales en la Representación Sindical y la Negociación Colectiva

Representación Sindical (REPR. SINDICAL)

Representa a los **trabajadores afiliados al sindicato**. Está formada por **secciones sindicales** y **delegados sindicales**.

Secciones Sindicales

Son un conjunto de trabajadores de la empresa o centro de trabajo afiliados al mismo sindicato. Pueden crearse tantas secciones como sindicatos haya.

Derechos de las Secciones Sindicales
  • Celebrar **reuniones** (avisando con antelación al empresario).
  • Recaudar las **cuotas de los afiliados**.
  • Distribuir **información sindical** fuera de las horas de trabajo.

Derechos Adicionales para Secciones Sindicales más Representativas

Las secciones sindicales más representativas o con presencia en la representación unitaria gozan de derechos adicionales:

  1. Tener **tablón de anuncios** en el centro de trabajo.
  2. Participar en la elaboración de **convenios colectivos** de la empresa.
  3. Si la empresa tiene más de **250 trabajadores**, pueden disponer de un **local** y elegir uno o más delegados.

Ámbito del Convenio Colectivo (ÁMB. CONV. C)

Definición que contiene el propio convenio de las empresas a las que se aplica, y con ellas a todos sus trabajadores. Existen cuatro tipos de ámbitos que definen la vigencia de cada convenio:

Tipos de Ámbitos del Convenio

  • TERRITORIAL: Espacio geográfico en el que se aplica el convenio. Puede ser **local, provincial, autonómico o estatal**.
  • FUNCIONAL: Actividad o sector en los que se aplica. Puede ser un convenio **sectorial** (que afecte a las empresas de ese sector) o un convenio de **empresa** (que afecte a una en particular).
  • PERSONAL: Trabajadores o grupos profesionales a los que se aplica.
  • TEMPORAL: Tiempo de vigencia del convenio colectivo (aproximadamente 4 o 5 años).

Denuncia del Convenio Colectivo

La **denuncia del convenio** es el acto de avisar a la otra parte de que se quiere **renegociar el contenido** de dicho convenio. Si no se avisa, se prorroga un año.

Si hay denuncia del convenio:

  • La **Parte Normativa** sigue siendo aplicada.
  • La **Parte Obligacional** deja de estar vigente.

Se pueden adoptar **medidas de conflicto**.

Causas de Extinción del Contrato de Trabajo

Despido Disciplinario (DISCIPLIN.)

Extinción del contrato por decisión del empresario debido a **incumplimiento grave y culpable** de las obligaciones del trabajador. Incluye:

  • Ofensas verbales o físicas al empresario, trabajadores de la empresa o familiares que convivan con ellos.
  • Disminución **continuada y voluntaria** del rendimiento.
  • **Acoso**.
  • **Embriaguez habitual** o toxicomanía.

El plazo para el despido se llevará a cabo en los **60 días posteriores al conocimiento de los hechos**, y dentro de los **6 meses** de haberse cometido. Debe notificarse por **escrito** al trabajador, detallando los hechos que lo motivan y la fecha en la que tendrá efecto.

Despido Colectivo (COLECTIVO)

La decisión es **unilateral por parte del empresario**. Debe estar fundada en **causas económicas, productivas, técnicas u organizativas**.

Se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una **situación económica negativa** o cuando la extinción afecte (en un plazo de 90 días) a:

  • Al menos a **10 trabajadores** en empresas de menos de 100 empleados.
  • Al **10% de los trabajadores** en empresas de 100 a 300 empleados.
  • A la **totalidad de la plantilla** siempre que el número de afectados sea superior a 5.

Despido por Causas Objetivas (OBJETIVAS)

Decisión unilateral del empresario de extinguir contrato por:

  • **Ineptitud** del trabajador.
  • **Falta de adaptación** a modificaciones técnicas.
  • Causas económicas, técnicas, organizativas o productivas si afecta a **menos trabajadores** que el despido colectivo.
  • **Faltas de asistencia** (aún siendo justificadas si son intermitentes).

Debe notificarse por **escrito 15 días antes**. Corresponde **indemnización** para el trabajador (**20 días de salario por cada año de servicio**, con un máximo de 12 mensualidades). Además, se concede una **licencia de 6 horas semanales** durante el periodo de preaviso sin pérdida de retribución para buscar nuevos empleos. El trabajador puede recurrir como si se tratara de despido disciplinario.

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