Marco Legal y Protección de Víctimas en el Derecho Español
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Fases de la Victimización (Modelo de Burt)
- Los sujetos experimentan daños, ofensas o sufrimiento causados por otras personas o instituciones.
- Definirse a sí mismo como víctima.
- Los individuos, percibiéndose a sí mismos como victimizados y dañados, intentan conseguir que alguien más reconozca el daño (agentes de control social u otras personas importantes para los sujetos) y valide la reclamación de que la persona ha sido victimizada.
- Los individuos que reciben la validación a su demanda del rol de víctima. De este modo, se les considerará víctimas reales, víctimas oficiales a ojos de la sociedad y, por tanto, podrán recibir asistencia y compensación.
Clasificación de Víctimas según su Grado de Participación en el Delito
A) Víctimas No Participantes
- Accidentales
- Indiscriminadas
B) Víctimas Participantes
- Las que omiten las más elementales normas de precaución.
- Víctimas provocadoras.
- Víctimas voluntarias.
Tipologías de Víctimas
- Familiares: Aquellas con las que existe convivencia.
- Colectivas: Afectan a bienes jurídicos colectivos, como el medio ambiente.
- Especialmente Vulnerables: Como inmigrantes o niños.
- Simbólicas: Representan un ataque a un colectivo o ideología (ej. ETA, Al Qaeda).
- Falsas Víctimas: Aquellas que presentan denuncias falsas.
Factores que Influyen en la No Denuncia de Delitos
A) Factores Generales
- Reacción psicológica de la víctima.
- Sentimiento de impotencia de la víctima.
- Temor a la victimización secundaria.
- Miedo a las represalias.
B) Factores Específicos
- Síndrome de manos sucias.
- Pertenencia de la víctima a colectivos sociales minoritarios y/o marginados.
- Relación personal con el victimizador.
Factores que Impulsan la Denuncia de Delitos
- Para recuperar la propiedad perdida.
- Para solicitar beneficiarse de algún programa de ayuda a las víctimas.
- Evitar la victimización por la misma persona.
- Sentimiento de venganza.
- Sentimiento de justicia o creencia moral.
Impacto del Delito en las Víctimas
Victimización Primaria
Es aquella que deriva directamente del crimen. Este tipo de victimización refleja la experiencia individual de la víctima y las diferentes consecuencias negativas producidas por el delito, que pueden ser de índole física, económica, psicológica o social.
Victimización Secundaria
Se ha de incluir aquí todos los sufrimientos que a las víctimas o a los testigos de un delito les infieren las instituciones más o menos directamente encargadas de impartir justicia: policías, jueces, peritos, criminólogos, etc. Supone el frustrante choque entre las legítimas expectativas de la víctima y la realidad institucional.
Derechos de las Víctimas en el Sistema Jurídico Español
Según el Artículo 15 de la Ley 35/1995, en todas las fases del procedimiento de investigación, el interrogatorio de la víctima deberá hacerse con respeto a su situación personal, a sus derechos y a su dignidad.
- Derecho a la tutela efectiva de jueces y tribunales.
- Derecho a ser parte en el proceso.
- Derecho a la asistencia de un abogado y procurador de oficio.
- Protección de la víctima por el Ministerio Fiscal.
- Derecho a la restitución, reparación y resarcimiento civil.
- Derecho al resarcimiento público.
- Derecho de participación en la fase ejecutiva.
- Derecho a la salud victimal en el orden físico y psíquico.
- Derecho a ejercer acción popular.
- Derecho de asociación.
Ley 35/1995: Ayuda y Asistencia a Víctimas de Delitos Violentos y Contra la Libertad Sexual
El Artículo 1 de la Ley 35/1995 establece su objeto, que incluye:
- Víctimas directas e indirectas.
- Se excluyen los delitos imprudentes.
- El delito debe ser violento y doloso (si es contra la libertad sexual, no tiene que ser violento), por ejemplo, abuso, acoso o delitos de prostitución.
- Debe haberse producido en España.
Características Adicionales de la Ley 35/1995
- Tiene carácter subsidiario.
- No comprende los daños morales.
- Tiene límites mínimos y máximos.
Cláusulas Denegatorias (Artículo 3 de la Ley 35/1995)
- El comportamiento del beneficiario si hubiera contribuido, directa o indirectamente, a la comisión del delito o al agravamiento de sus perjuicios.
- Las relaciones del beneficiario con el autor del delito o su pertenencia a una organización dedicada a acciones delictivas violentas.