Marco Jurídico del Empresario y la Propiedad Industrial

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Concepto de Empresario y Empresa

El concepto de empresario se define como la persona física o jurídica que profesionalmente y en nombre propio ejerce una actividad económica organizada. Es fundamental explicar este concepto atendiendo a sus exclusiones, donde destacan los profesionales liberales.

Notas características del concepto de empresario

  • a) Actividad de organización: El empresario coordina los factores de producción (capital y trabajo).
  • b) Actividad profesional: La actividad debe ser habitual, constante y dirigida al mercado.
  • c) Actuación en nombre propio: El empresario es quien asume la responsabilidad y las consecuencias jurídicas de los actos realizados.

Capacidad del Empresario

Para ser empresario se requiere capacidad legal. Se debe explicar el concepto de capacidad y los supuestos de continuación del negocio, especialmente en casos de menores o incapacitados que heredan una empresa.

Prohibiciones al ejercicio de la actividad

  • a) Generalidades: Limitaciones legales para el ejercicio del comercio.
  • b) Incompatibilidades: Restricciones por razón del cargo o función pública.
  • c) Autorización administrativa: Requisitos previos necesarios para ciertas actividades reguladas.

Responsabilidad del Empresario

La responsabilidad debe analizarse desde el punto de vista económico y jurídico:

  • a) Bienes: El empresario responde con todos sus bienes presentes y futuros (responsabilidad patrimonial universal).
  • b) Actos: Se divide en la esfera contractual (incumplimiento de contratos) y extracontractual (daños a terceros).
  • c) Personas: El empresario responde por los actos de sus dependientes en el ejercicio de sus funciones.

Empresario y Consumidores

En la relación entre el empresario y los consumidores, es vital manejar la definición de consumidor y el carácter imperativo de las normas de protección. El ordenamiento jurídico establece mecanismos de protección civil y mercantil para equilibrar la posición del consumidor frente al empresario.

Colaboradores del Empresario

El estudio de los colaboradores se aborda desde el punto de vista mercantil y del derecho laboral:

  • a) Colaboradores dependientes: Vinculados por un contrato de trabajo, mantienen una relación estable y operan en el espacio de trabajo del empresario.
  • b) Colaboradores independientes: Actúan de forma autónoma, aunque bajo directrices mercantiles.

Apoderados Generales

El apoderado general actúa como un alter ego del empresario. Debe ser mayor de 18 años y estar autorizado para administrar, dirigir y contratar en nombre de la empresa. Generalmente, está vinculado mediante un contrato de trabajo.

  • a) Relación jurídica: Basada en la confianza, debe constar preferiblemente por escrito.
  • b) Ámbito del poder de representación: No debe desnaturalizarse la esencia del encargo recibido.

Tipos de Representación

La representación puede ser directa o indirecta. Entre sus características destacan:

  • a) Prohibición de competencia: El representante no puede competir con el empresario principal.
  • b) Extinción de la relación: Causas por las que finaliza el poder de representación.

El Registro Mercantil

El Registro Mercantil es una institución administrativa que busca la transparencia y seguridad jurídica. Sus funciones principales son:

  • a) El registro como instrumento de publicidad legal: Garantiza la publicidad oficial de los actos inscritos.
  • b) Legalización de libros: Control de la contabilidad obligatoria.
  • c) Nombramiento de expertos: Designación de peritos y auditores.
  • d) Depósito de cuentas: Obligación anual de presentar los estados financieros.

Eficacia del Registro como Instrumento de Publicidad

El registro es el instrumento más importante de publicidad legal, beneficiando a terceros de buena fe. Se manifiesta a través de certificaciones y notas simples.

  • Eficacia legitimadora: El contenido del registro se presume exacto y válido ante los tribunales. Es un sistema riguroso donde los actos inscritos son oponibles a terceros de buena fe tras 15 días de su publicación.

Concepto y Modalidades de Propiedad Industrial

La propiedad industrial protege las creaciones técnicas y los signos distintivos. En cuanto a la patente, se otorga una por cada invento, con un plazo de prioridad de 6 meses.

Requisitos de Patentabilidad

  • Aplicación industrial: El objeto debe poder ser fabricado.
  • Novedad: No debe existir previamente en el estado de la técnica.
  • Actividad inventiva: No debe ser obvio para un experto en la materia.

Derecho de Patente e Invenciones Laborales

Se debe explicar quién tiene el derecho a la patente, la explotación y la paternidad del invento ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). Las invenciones laborales se clasifican en:

  • De servicio: Realizadas durante el contrato.
  • Mixtas: Relacionadas con la actividad pero con medios propios.
  • Libres: Sin relación con la empresa.

Contenido y Transmisión del Derecho

El derecho a la patente otorga un monopolio de explotación, pero conlleva la obligación de explotarla, bajo pena de nulidad. La transmisión puede realizarse por todos los medios conocidos (comunidad de bienes, derechos reales, etc.), distinguiendo entre transmisión plena y licencia.

Licencias de Explotación

  1. Contractuales: Acordadas entre partes.
  2. De pleno derecho: Ofrecidas públicamente.
  3. Obligatorias: Impuestas por la administración por falta de explotación o interés público.

Marcas y Signos Distintivos

La marca es el signo que identifica productos o servicios en el mercado.

  • a) Marca notoria: Aquella ampliamente conocida por el público.
  • b) Duración del derecho: El registro dura 10 años, renovables, condicionado al uso efectivo.
  • c) Licencia de marcas: Considerada un activo empresarial, puede ser objeto de derechos reales y es indivisible.

Tipos de Licencia de Marca

Pueden clasificarse según el servicio, el territorio o la exclusividad concedida. Finalmente, se deben considerar las causas de extinción del derecho de marca, como la caducidad o la renuncia.

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